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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 8 de diciembre de 2011 454532 por Servicio en el Extranjero, que corresponda de acuerdo a la modalidad de la misión, por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias. Artículo 3º.- El citado Ofi cial continuará revistando en la Ofi cina Administrativa del Cuartel General del Ejército del Perú, por el período que dure el cumplimiento de la Comisión Especial en el Exterior. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República SALOMÓN LERNER GHITIS Presidente del Consejo de Ministros DANIEL MORA ZEVALLOS Ministro de Defensa 726668-9 Autorizan viaje de personal militar y civil FAP con la finalidad de trasladar al Presidente de la República y Comitiva Oficial a Argentina RESOLUCIÓN SUPREMA N° 598-2011-DE/FAP Lima, 7 de diciembre de 2011 Visto la Papeleta de Trámite NC-55-SGFA-Nº 5947 de fecha 30 de noviembre de 2011 del Secretario General de la Fuerza Aérea del Perú y el Ofi cio NC-60-E841-Nº 2289 de fecha 29 de noviembre de 2011 del Comandante del Grupo Aéreo Nº 8 de la Fuerza Aérea del Perú. CONSIDERANDO: Que, es necesario autorizar el viaje al exterior en comisión de servicio a la República Argentina, al Personal Militar y Civil FAP que conformarán las tripulaciones de la aeronave principal BOEING 737-528 FAP Nº 356 y la aeronave alterna BOEING 737-200 FAP Nº 352, con la fi nalidad de trasladar al Señor Presidente de la República y Comitiva Ofi cial a la ciudad de Buenos Aires, del 09 al 10 de diciembre de 2011; Que, el pago correspondiente a la presente autorización, se efectuará con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011; Que, de conformidad con la Ley N° 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, la Ley N° 29605 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y su reglamento aprobado con el Decreto Supremo 001-2011- DE/ de fecha 29 de marzo de 2011, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002, el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, el Decreto Supremo Nº 024-2009 DE/SG del 19 de noviembre de 2009 y la Ley Nº 29626 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011; y, Estando a lo informado por el Jefe del Estado Mayor General, a lo opinado por el Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en comisión de servicio a la República Argentina, al Personal Militar y Civil FAP que se detalla a continuación, quienes conformarán las tripulaciones de la aeronave principal BOEING 737-528 FAP Nº 356 y la aeronave alterna BOEING 737-200 FAP Nº 352, con la fi nalidad de trasladar al Señor Presidente de la República y Comitiva Ofi cial a la ciudad de Buenos Aires, del 09 al 10 de diciembre de 2011: AERONAVE PRINCIPAL BOEING 737-528 FAP Nº 356 TRIPULACION PRINCIPAL Mayor General FAP SEGUNDO BUENAVENTURA GAMBOA SANDOVAL Piloto Comandante FAP DELGADO GONZALES OSCAR GUILLERMO Piloto Mayor FAP VICTOR ALFREDO VARGAS BLACIDO Piloto Empleado Civil FAP LUIS ALFREDO MUÑOZ VIGNES Piloto Técnico Inspector FAP MARIO CRUZ PACHECO Mecánico Técnico de 2da. FAP ELVIS TEDDY GARCIA REATEGUI Mecánico Empleada Civil FAP JULIA GLADYS ORTEGA LYAUTEY Hostess Empleada Civil FAP ROSA LIZ GONZALES RUIZ Hostess Empleada Civil FAP FIORELLA GUILIANA OLIVA BOSLEMAN Hostess Empleada Civil FAP CLAUDIA MARCELA ORTEGA FIGUEROA Hostess TRIPULACION ALTERNA Comandante FAP MARCO ANTONIO APARICIO BACA Piloto Técnico de 2da. FAP ORLANDO VALENCIA MALDONADO Mecánico Empleada Civil FAP ELIZABETH MARIEL FIGUEROA PARRA Hostess AERONAVE ALTERNA BOEING 737-200 FAP Nº 352 TRIPULACION PRINCIPAL Coronel FAP RAUL GUSTAVO CASTELLARES ROSAS Piloto Coronel FAP RICARDO ABSALON GUERRA DIAZ Piloto Comandante FAP GUILLERMO MARTIN MENENDEZ LOPEZ Piloto Comandante FAP OMAR MARTIN SANCHEZ GUILNET LEON Piloto Técnico Inspector FAP NICOLAS ARTURO DAMIAN CHANGANA Mecánico Técnico de 1ra. FAP JULIO ANTONIO QUICAÑA CONTRERAS Mecánico Empleada Civil FAP JULIA GLADYS ORTEGA LYAUTEY Hostess Empleada Civil FAP ROSA LIZ GONZALES RUIZ Hostess Empleada Civil FAP FIORELLA GUILIANA OLIVA BOSLEMAN Hostess Empleada Civil FAP CLAUDIA MARCELA ORTEGA FIGUEROA Hostess TRIPULACION ALTERNA Comandante FAP LUIS ALBERTO HUISA CORNEJO Piloto Técnico de 3ra. FAP JULIO CESAR ROMAN RIVERA Mecánico Empleada Civil FAP ELIZABETH MARIEL FIGUEROA PARRA Purser Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Viáticos: US $ 200.00 x 02 días x 10 Personas Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 4º.- El Ofi cial General, los Ofi ciales Superiores, los Técnicos y los Empleados Civiles comisionados, deberán cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país, así como la rendición de cuentas por los viáticos entregados, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5º de la Ley 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos. Artículo 5º.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República SALOMÓN LERNER GHITIS Presidente del Consejo de Ministros DANIEL MORA ZEVALLOS Ministro de Defensa 726668-10