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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 8 de diciembre de 2011 454531 el Exterior al Coronel EP José Cruz FLORES GUERRERO, para que participe en el Colegio Interamericano de Defensa (CID) y Adjunto a la Delegación del Perú ante la Junta Interamericana de Defensa (JID), en la ciudad de Washington D.C. - Estados Unidos de América, en el período comprendido del 16 de julio de 2010 al 15 de julio de 2012, a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores; sin embargo, considerando que la duración de la Comisión está programado al 15 de julio de 2012, se estableció que los gastos correspondientes a los períodos anuales siguientes, se efectuará con cargo al ejercicio presupuestal de los años 2010, 2011 y 2012, debiendo expedirse la correspondiente autorización de ampliación de permanencia en el exterior, en cada ejercicio presupuestal; Que, conforme a lo expuesto en el considerando precedente, el Ejército del Perú ha considerado dentro de sus prioridades para el año 2011, autorizar la ampliación de permanencia en Comisión Especial en el Exterior del Coronel EP José Cruz FLORES GUERRERO, en el período comprendido entre el 1 de enero al 31 de diciembre del 2011; Que, la autorización de ampliación de permanencia en Comisión Especial en el Exterior, se encuentra considerado en el ítem 22 del Rubro 3 - Instrucción Militar Superior (Perfeccionamiento), y en el ítem 3 del Rubro 7 - Representación Nacional en Organismos Internacionales, del Anexo 01 (RO) del Plan Anual de Comisiones al Exterior Priorizado del Sector Defensa AF-2011, aprobado mediante Resolución Suprema Nº 015-2011-DE/SG, de 13 de enero de 2011; Que, la autorización de ampliación de Permanencia en Comisión Especial en el Exterior, deberá efectuarse con efi cacia anticipada a partir del 1 de enero del presente año, en aplicación del numeral 17.1 del artículo 17º de la Ley Nº 27444 -Ley del Procedimiento Administrativo General- , a fi n de no afectar el derecho del Ofi cial, a percibir la Compensación Extraordinaria mensual establecida conforme a lo normado por el artículo 18º del Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2004- DE/SG, modifi cado por Decreto Supremo Nº 004-2009- DE/SG del 3 de febrero de 2009; Que, de conformidad con la Ley Nº 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, Ley Nº 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de 5 de junio de 2002 y Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias; y, Estando a lo propuesto por el señor General de Ejército Comandante General del Ejército y lo acordado con el señor Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la ampliación de permanencia en Comisión Especial en el Exterior, con efi cacia anticipada a partir del 1 de enero y hasta el 31 de diciembre de 2011, del Coronel EP José Cruz FLORES GUERRERO, identifi cado con DNI Nº 43297583 y CIP Nº 113400000, para que continúe como Participante en el Colegio Interamericano de Defensa (CID) y Adjunto a la Delegación del Perú ante la Junta Interamericana de Defensa (JID), en la ciudad de Washington D.C. - Estados Unidos de América, a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores, en el período comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2011. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Ejército del Perú, efectuará el pago de la Compensación Extraordinaria Mensual REQUISITOS PARA PUBLICACIÏN EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario Ofi cial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su fi rma ante el Diario Ofi cial. 2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justifi car; si incluyen gráfi cos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. 6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: cotiza@editoraperu.com.pe; en caso de tener más de 3 páginas o de incluir cuadros se cotizará con originales. 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