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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 12 de diciembre de 2011 454756 PODER EJECUTIVO ECONOMIA Y FINANZAS Precios CIF de referencia para la aplicación del derecho variable adicional o rebaja arancelaria a que se refiere el D.S. Nº 115-2001-EF a importaciones de maíz, azúcar, arroz y leche entera en polvo RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 024-2011-EF/15.01 Lima, 7 de diciembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 115-2001-EF y modifi catorias, se estableció el Sistema de Franja de Precios para las importaciones de los productos señalados en el Anexo I del citado Decreto Supremo; Que, por Decreto Supremo Nº 184-2002-EF se modifi có el Artículo 7º del Decreto Supremo Nº 115-2001- EF y se dispuso que los precios CIF de referencia fueran publicados por Resolución Viceministerial del Viceministro de Economía; Que, por Decreto Supremo Nº 278-2010-EF se actualizaron las Tablas Aduaneras aplicables a la importación de los productos incluidos en el Sistema de Franjas de Precios y se dispuso que tengan vigencia hasta el 30 de junio de 2011; Que, por Decreto Supremo Nº 117-2011-EF se dispuso que las Tablas Aduaneras aprobadas por el Decreto Supremo Nº 278-2010-EF tengan vigencia hasta el 31 de diciembre de 2011; Que, corresponde publicar los precios CIF de referencia para el período del 16 al 30 de noviembre de 2011; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 7º del Decreto Supremo Nº 115-2001-EF modifi cado por el Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 184-2002-EF; SE RESUELVE: Artículo Único.- Publíquese los precios CIF de referencia para la aplicación del derecho variable adicional o rebaja arancelaria a que se refi ere el Decreto Supremo Nº 115-2001-EF y modifi catorias: PRECIOS CIF DE REFERENCIA (DECRETO SUPREMO Nº 115-2001-EF) US$ por T.M. Fecha Maíz Azúcar Arroz Leche entera en polvo Del 16/11/2011 al 30/11/2011 288 642 667 3 959 Regístrese, comuníquese y publíquese. LAURA CALDERÓN REGJO Viceministra de Economía 726766-1 PRODUCE Aprueban cambio de titularidad de permisos de pesca a favor de personas naturales RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 666-2011-PRODUCE/DGEPP Lima, 11 de noviembre del 2011 Visto; el escrito de Registro N° 00046025-2011, de fecha 30 de mayo de 2011, presentado por el señor JORGE LUIS SANTISTEBAN CHAPOÑAN; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 1° de la Resolución Directoral N° 389-2008-PRODUCE/DGEPP, de fecha 22 de julio de 2008, se otorgó a favor del señor MÁXIMO SANTISTEBAN TEJADA y su cónyuge LUCIA CHAPOÑAN DE SANTISTEBAN, permiso de pesca a plazo determinado para operar la embarcación pesquera de madera denominada ROSA MARIA MS-4, de matrícula PL-28538- PM, vía sustitución de igual capacidad de bodega de su embarcación pesquera ROSA MARIA MS-4 de matrícula PL-19897-CM y 51.33 m3 de capacidad de bodega, para la extracción del recurso hidrobiológico anchoveta con destino al consumo humano indirecto, utilizando red de cerco con longitud mínima de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm), en el ámbito del litoral peruano y fuera de las cinco (05) millas marinas adyacentes a la costa; Que, mediante el artículo 1° de la Resolución Directoral N° 791-2008-PRODUCE/DGEPP, de fecha 12 de diciembre de 2008, se otorgó al señor MÁXIMO SANTISTEBAN TEJADA y su cónyuge LUCIA CHAPOÑAN DE SANTISTEBAN, autorización de incremento de fl ota para ampliar la capacidad de bodega de la embarcación pesquera ROSA MARIA MS 4 con matrícula PL-28538- PM, de 51.33 m3 hasta 88.33 m3, vía sustitución de 37.00 m3 de la capacidad de bodega de la embarcación ROSA MARIA MS 3 con matrícula PL-13780-CM y dedicarla a la extracción del recurso anchoveta con destino al consumo humano indirecto, utilizando para ello red de cerco con longitud mínima de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm), en el ámbito del litoral peruano y fuera de las cinco (05) millas marinas adyacentes a la costa; Que, mediante el artículo 4° de la Resolución Directoral N° 640-2009-PRODUCE/DGEPP, de fecha 24 de agosto de 2009, se otorgó a favor de la EMPRESA PESQUERA FERDASA S.R.L., el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcación pesquera de madera denominada ROSA MARIA MS-4, de matrícula PL-28538-PM y 51.33 m3 de capacidad de bodega, en los mismos términos y condiciones en que fue otorgado por Resolución Directoral N° 389-2008-PRODUCE/DGEPP; Que, mediante el artículo 1° de la Resolución Directoral N° 919-2009-PRODUCE/DGEPP, de fecha 19 de noviembre de 2009, se aprobó la acumulación de las solicitudes de cambio de titular de la autorización de incremento de fl ota, de la embarcación pesquera ROSA MARIA MS 4 con matrícula PL-28538-PM, por ampliación de bodega vía sustitución de la embarcación pesquera ROSA MARIA MS 3 con matrícula PL-13780-CM, y la modifi cación del permiso de pesca de la embarcación pesquera ROSA MARIA MS 4 con matrícula PL-28538-PM, en el extremo de su capacidad de bodega; solicitado por EMPRESA PESQUERA FERDASA S.R.L.; así mismo, en el artículo 2° se aprobó a favor de la EMPRESA PESQUERA FERDASA S.R.L., el cambio de titular de la autorización de incremento de fl ota de la embarcación pesquera ROSA MARIA MS 4 con matrícula PL-28538-PM, por ampliación de bodega vía sustitución de la embarcación pesquera ROSA MARIA MS 3 con matrícula PL-13780-CM, otorgada mediante Resolución Directoral N° 791-2008-PRODUCE/DGEPP; en el artículo 3° se resuelve modifi car la Resolución Directoral N° 389-2008-PRODUCE/DGEPP, modifi cada en su titularidad con Resolución Directoral N° 640-2009- PRODUCE/DGEPP, con la que se otorgó permiso de pesca para operar la embarcación pesquera de madera ROSA MARIA MS-4 de matrícula PL-28538-PM, en el extremo de su capacidad de bodega, entendiéndose que la citada embarcación cuenta con 88.33 m3 de volumen de bodega; Que, mediante la Resolución Directoral N° 955-2009- PRODUCE/DGEPP, de fecha 03 de diciembre de 2009, en su artículo 1° se incorporó al Listado de los Porcentajes Máximos de Captura por Embarcación - PMCE, aprobado por Resolución Directoral N° 843-2008-PRODUCE/DGEPP, de fecha 31 de diciembre del 2008, a la embarcación pesquera ROSA MARIA MS-4 con matrícula PL-28538- PM, con un PMCE de 0,05477% para la Zona Norte – Centro; así mismo, en su artículo 2° se incorpora al Listado de los Límites Máximos de Captura por Embarcación - LMCE, aprobado por Resolución Directoral N° 872-2009- PRODUCE/DGEPP, de fecha 30 de octubre del 2009, a la embarcación pesquera ROSA MARIA MS-4 con matrícula PL-28538-PM, con un LMCE de 1 095. 63 TM;