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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 14 de diciembre de 2011 454834 Cancelatorios – Tesoro Público a favor del Pliego Ministerio de Defensa, para el pago de la deuda tributaria por concepto de Impuesto General a las Ventas, derivada de las contrataciones por operaciones de importación de bienes y utilización de servicios en el país, así como por operaciones de adquisición local de bienes o servicios, asimismo para el pago del Impuesto a la Renta que como agente de retención le corresponda abonar al fi sco por las rentas pagadas o acreditadas a sujetos no domiciliados; Que, en el marco de lo señalado en el considerando precedente, mediante el Decreto Supremo Nº 038-2011- EF, se autorizó una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, por la suma de SETENTA Y OCHO MILLONES CIENTO CINCUENTA Y UN MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 78 151 754,00), a fi n de ejecutar Documentos Cancelatorios para el Primer Semestre del presente año en el presupuesto institucional del pliego 026 Ministerio de Defensa, para atender el pago de obligaciones tributarias derivadas de las adquisiciones y contrataciones de bienes y servicios que conforman el Núcleo Básico de Defensa, así como los vinculados a la modernización, repotenciación, renovación tecnológica, reparación y mantenimiento del equipamiento de las Fuerzas Armadas; Que, con el objetivo de continuar ejecutando en el último trimestre del presente año, Documentos Cancelatorios – Tesoro Público en el Presupuesto Institucional del Pliego Ministerio de Defensa y en el marco de lo establecido por la Ley Nº 29266, mediante el Ofi cio Nº 1557-2011-MINDEF/ VRD/DIGPP/01, el señor Ministro de Defensa ha solicitado una transferencia de partidas hasta por la suma de TREINTA MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 30 574 559,00), que se destinará a fi nanciar el pago del Impuesto General a las Ventas hasta por el importe de ONCE MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.11 465 460,00) y el pago del Impuesto a la Renta hasta por la suma de DIECINUEVE MILLONES CIENTO NUEVE MIL NOVENTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.19 109 099,00), derivados de las contrataciones de servicios de mantenimiento que conforman el Núcleo Básico de Defensa, solicitud que no excede los montos máximos autorizados en el artículo 3º de la Ley Nº 29266; Que, los créditos presupuestarios requeridos por el Ministerio de Defensa para el pago de las obligaciones tributarias mencionadas en el considerando precedente, no se encuentran previstos en el presupuesto institucional de dicho pliego, autorizado en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, aprobado por la Ley Nº 29626; por tanto, se atenderán con cargo a la Reserva de Contingencia del pliego Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma de TREINTA MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 30 574 559,00); De conformidad con lo establecido por el artículo 45º de la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; DECRETA: Artículo 1º.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, hasta por la suma de TREINTA MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 30 574 559,00), para ser destinados al pago de obligaciones tributarias, derivadas de las contrataciones de servicios de mantenimiento que conforman el Núcleo Básico de Defensa, en el marco de lo establecido por la Ley Nº 29266, de acuerdo al siguiente detalle: (En Nuevos Soles) DE LA: SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General FUNCIÓN 03 : Planeamiento, Gestión y Reserva de Contingencia PROGRAMA FUNCIONAL 008 : Reserva de Contingencia SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0014 : Reserva de Contingencia ACTIVIDAD 000010 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.0. Reserva de Contingencia 30 574 559,00 --------------------- TOTAL EGRESOS 30 574 559,00 =========== A LA: SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 026 : Ministerio de Defensa UNIDAD EJECUTORA 005 : Fuerza Aérea del Perú FUNCIÓN 04 : Defensa y Seguridad Nacional PROGRAMA FUNCIONAL 013 : Defensa y Seguridad Nacional SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0026 : Defensa Nacional ACTIVIDAD 001725 : Mantenimiento y Recuperación de la Capacidad Operativa FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.3. Bienes y Servicios 30 574 559,00 --------------------- TOTAL EGRESOS 30 574 559,00 ============ Artículo 2º.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del Pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueba, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1º de la presente norma, a nivel funcional programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. 2.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3º.- Emisión y Destino de los Documentos Cancelatorios – Tesoro Público 3.1 En el marco de lo dispuesto en el artículo 2º de la Ley Nº 29266, el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, emitirá adicionalmente los Documentos Cancelatorios – Tesoro Público que requiera el Pliego 026 Ministerio de Defensa, hasta por el importe aprobado en el artículo 1º del presente Decreto Supremo. 3.2 El referido Pliego utilizará los Documentos Cancelatorios – Tesoro Público para el pago de los impuestos que a continuación se indican: 3.2.1 Impuesto General a las Ventas, que como contribuyente le corresponda abonar al fi sco por las operaciones de importación de bienes y utilización de servicios en el país y por aquel que le fuera trasladado en las operaciones de adquisición local de Bienes o Servicios hasta por la suma de ONCE MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 11 465 460,00)