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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 14 de diciembre de 2011 454830 ECONOMIA Y FINANZAS Aprueban Presupuesto Consolidado de Ingresos y Egresos para el Año Fiscal 2012 de los Organismos Públicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales DECRETO SUPREMO Nº 227-2011-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 53º numeral 53.1 punto 3 literal c) de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, la Dirección General de Presupuesto Público basada en los proyectos de presupuesto revisados, en las sustentaciones realizadas y en el resultado de las coordinaciones efectuadas con cada una de las Entidades, aprueba el Presupuesto Consolidado de los Organismos Públicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, dentro de lo que dispone el Título II Capítulo VI de la citada Ley, dichas Entidades en lo referente a la programación y formulación, aprobación, ejecución y evaluación presupuestaria, se sujetan, en las partes que les sean aplicables, a lo establecido en la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, la Ley de Presupuesto del Sector Público, así como a las directivas que, para tal efecto, emita la Dirección General de Presupuesto Público; Que, asimismo, en el marco de lo que dispone el artículo 74º de la mencionada Ley Nº 28411, corresponde a la Dirección General de Presupuesto Público emitir las directivas que contemplan los procedimientos y los plazos correspondientes al Proceso Presupuestario de las entidades bajo su ámbito; Que, el artículo 36º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003- PCM, señala que las entidades del Sector Público cuyo presupuesto no forme parte del Presupuesto General de la República, deben aprobar éste a más tardar el 15 de diciembre del año previo a su entrada en vigencia, por el órgano correspondiente establecido en las normas vigentes; Que, en consecuencia es necesario dictar las medidas que permitan a los Organismos Públicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales regular su proceso presupuestario para el Año Fiscal 2012; De conformidad con el artículo 118º numerales 8) y 17) de la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, el artículo 36º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado con Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas aprobado por Resolución Ministerial Nº 223-2011-EF/43; DECRETA: Artículo 1º.- Aprobación del Presupuesto Consolidado de Ingresos y Egresos Apruébase el Presupuesto Consolidado de Ingresos y Egresos para el Año Fiscal 2012, de los Organismos Públicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, ascendente a la suma de UN MIL QUINIENTOS TREINTA Y CINCO MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL NOVENTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 535 758 099,00), conforme al detalle siguiente: En nuevos soles INGRESOS Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados 1 237 253 473,00 Donaciones y Transferencias 248 292 376,00 Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito 50 212 250,00 ------------------------ TOTAL INGRESOS 1 535 758 099,00 ============= En nuevos soles EGRESOS Gastos Corrientes 1 258 978 917,00 Gastos de Capital 247 785 769,00 Servicio de la Deuda 28 993 413,00 ------------------------ TOTAL EGRESOS 1 535 758 099,00 ============= Artículo 2º.- Desagregado del Presupuesto de Apertura El desagregado del Presupuesto aprobado en el artículo precedente, a nivel de Organismo Público Descentralizado y Empresa del Gobierno Regional y Gobierno Local, se detalla en los Anexos que forman parte de la presente norma legal, los cuales son publicados en el Portal Institucional del Ministerio de Economía y Finanzas www.mef.gob.pe, de acuerdo a lo siguiente: Descripción Anexo Distribución del Egreso de los Organismos Públicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales - Por Fuente de Financiamiento y Genérica del Gasto. Distribución del Ingreso de los Organismos Públicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales - Por Fuente de Financiamiento. Anexo Nº I Anexo Nº II Distribución del Egreso de los Organismos Públicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales - Por Genérica del Gasto – Recursos Públicos. Anexo Nº III Distribución del Egreso de los Organismos Públicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales - Por Genérica del Gasto – Recursos Directamente Recaudados. Anexo Nº III-1 Distribución del Egreso de los Organismos Públicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales - Por Genérica del Gasto – Donaciones y Transferencias. Anexo Nº III-2 Distribución del Egreso de los Organismos Públicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales - Por Genérica del Gasto – Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito. Anexo Nº III-3 Artículo 3º.- Reporte Ofi cial Para fi nes de aprobación del Presupuesto Institucional de Apertura, la Dirección General de Presupuesto Público remite a las Entidades el Reporte Ofi cial “Presupuesto Institucional de Apertura del Año Fiscal 2012”, antes del inicio del año fi scal, que contiene el desagregado del Presupuesto de Ingresos y de Egresos, resultante del proceso de programación y formulación. Artículo 4º.- Plazo de Aprobación y Remisión Los Titulares de los Organismos Públicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales aprueban mediante Resolución o Acuerdo de Directorio, según corresponda, el Presupuesto Institucional de Apertura para el Año Fiscal 2012 a más