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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 29 de diciembre de 2011 456701 CONSIDERANDO: Que, el Comandante de la Marina de Brasil, ha cursado invitación para que un (1) Ofi cial Superior de la Marina de Guerra del Perú, participe en el Curso Estado Mayor para Ofi ciales Superiores (C/EMOS-2012), a realizarse en la Escuela de Guerra Naval, ciudad de Río de Janeiro, República Federativa del Brasil, del 29 de diciembre de 2011 al 26 de diciembre de 2012; Que, la designación de Personal Naval para que participe en la referida especialización, responde a la necesidad de capacitar a los Ofi ciales Superiores en Instituciones Militares Extranjeras, brindándoles mayores conocimientos y experiencias para que desempeñen efi cientemente cargos de Comando y Estado Mayor y de Educadores en la Escuela Superior de Guerra Naval, dentro del marco de los compromisos bilaterales de cooperación mutua asumido por nuestro país, con el objeto de fomentar e incrementar las medidas de confi anza con Instituciones Armadas de otros países; Que, el citado viaje se encuentra considerado en el Rubro 3: Instrucción Militar Superior (Perfeccionamiento), Ítem 52, Anexo 1 (RO), mediante Resolución Suprema Nº 529-2011-DE, de fecha 7 de noviembre de 2011, que modifi ca el Plan Anual de Comisiones al Exterior Priorizado del Sector Defensa para el Año Fiscal 2011, aprobado con Resolución Suprema Nº 015-2011-DE/SG, de fecha 13 de enero de 2011 y sus modifi catorias; Que, en consecuencia, resulta conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Capitán de Corbeta Anthony Luis SOTOMAYOR Herrera, para que participe en el Curso Estado Mayor para Ofi ciales Superiores (C/EMOS-2012), a realizarse en la Escuela de Guerra Naval, ciudad de Río de Janeiro, República Federativa del Brasil, del 29 de diciembre de 2011 al 26 de diciembre de 2012; por cuanto las experiencias a adquirirse redundarán en benefi cio de la Seguridad Nacional dentro del ámbito de competencia de la Marina de Guerra del Perú; Que, la duración de la referida Misión Estudios incluye los años fi scales 2011 y 2012, por lo que el pago del 29 al 31 de diciembre de 2011, se efectuará con cargo al presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011 y para el período del 1 de enero al 26 de diciembre de 2012, se efectuará con cargo al presupuesto del Sector Público del Año Fiscal 2012; Que, para la designación del mencionado Oficial Superior, se ha tenido en cuenta su participación en el correspondiente proceso de selección, promovido por el Director General de Educación de la Marina, de acuerdo a sus antecedentes académicos, desempeño profesional y competencias adquiridas durante su línea de carrera; Que, de conformidad con el Artículo 26º de la Ley Nº 28359 - Ley de Situación Militar de los Ofi ciales de las Fuerzas Armadas, modifi cado por la Ley N° 29598, el Ofi cial nombrado en Comisión de Servicio o Misión de Estudios por cuenta del Estado en el exterior, está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en el mismo Artículo y conforme al Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 007-2005- DE/SG, de fecha 14 de febrero de 2005, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 010-2010-DE, de fecha 20 de noviembre de 2010; Que, el Artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 778-2008-DE/SG de fecha 25 de julio de 2008, dispone que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias; De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la Ley Nº 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 001-2011-DE, de fecha 29 de marzo de 2011, la Ley Nº 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Capitán de Corbeta Pablo Anthony Luis SOTOMAYOR Herrera, CIP. 00914484, DNI. 43306501, para que participe en el Curso Estado Mayor para Ofi ciales Superiores (C/EMOS-2012), a realizarse en la Escuela de Guerra Naval, ciudad de Río de Janeiro, República Federativa del Brasil, del 29 de diciembre de 2011 al 26 de diciembre de 2012. Artículo 2°.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasaje Aéreo Ida: Lima – Río de Janeiro (BRASIL) US$ 1,109.35 x 1 persona (Incluye TUUA) Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero: US$ 2,900.00 / 31 x 3 días x 1 persona Gastos de Traslado (Ida): (Equipaje, Bagaje e Instalación) US$ 2,900.00 x 1 compensación x 1 persona El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias. Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Artículo 4º.- El Ofi cial Superior comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 5°.- El mencionado Personal Naval revistará en la Dirección General de Educación de la Marina, por el período que dure la Misión de Estudios. Artículo 6º.- El citado Oficial Superior está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Artículo 7°.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a la exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 8°.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ÓSCAR VALDÉS DANCUART Presidente del Consejo de Ministros LUIS ALBERTO OTAROLA PEÑARANDA Ministro de Defensa 735040-7 Aceptan y aprueban donación dineraria efectuada a favor de la Marina de Guerra para financiar el desarrollo del “XXII Curso de Operaciones Ribereñas” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1501-2011-DE/MGP Lima, 26 de diciembre de 2011