Norma Legal Oficial del día 29 de diciembre del año 2011 (29/12/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano MORDAZA, jueves 29 de diciembre de 2011

NORMAS LEGALES

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Que, tal como se advierte del Examen Especial, la situacion expuesta se ha presentado por la falta de diligencia en el cumplimiento de sus funciones por parte de los responsables de la Oficina de Logistica, area encargada de las adquisiciones y contrataciones de la entidad y de la ejecucion contractual, asi como de los funcionarios que autorizaron el pago, sin contar con el sustento necesario que acredite las contraprestaciones por parte del consultor ni del informe del area usuaria dando la conformidad del servicio; Que, de acuerdo con el articulo 166º del Reglamento de la MORDAZA Administrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios tiene la facultad de calificar las denuncias que le MORDAZA remitidas y pronunciarse sobre la procedencia de abrir MORDAZA administrativo disciplinario; Que, en atencion a lo expuesto, la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, en uso de sus facultades, en sesion extraordinaria de fecha 19 de diciembre de 2009, se pronuncio en forma unanime por instaurar MORDAZA administrativo disciplinario a los senores MORDAZA MORDAZA Moscol MORDAZA (Observacion 02), MORDAZA MORDAZA MORDAZA (Observaciones 01 y 03), MORDAZA MORDAZA Pingus Gomes (Observaciones 01 y 03), MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (Observacion 03), MORDAZA Edilber MORDAZA MORDAZA (Observacion 03) y MORDAZA del MORDAZA MORDAZA Patino Patroni (Observacion 02); por el presunto incumplimiento de sus obligaciones establecidas en los incisos a), b), d) y h) del articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276 Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, incurriendo presuntamente en la comision de las faltas de caracter disciplinario tipificadas en los incisos a) y d) del articulo 28º del mismo cuerpo legal, en concordancia con los articulos 126º y 129º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90PCM; Que, segun lo expresa el literal "f" del articulo 15 de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, son atribuciones del Sistema Nacional de Control el "emitir, como resultado de las acciones de control efectuadas, los informes respectivos con el debido sustento tecnico y legal, constituyendo prueba preconstituida para el inicio de las acciones administrativas y/o legales que MORDAZA recomendadas en dichos informes": Que, por otro lado, las recomendaciones establecidas en un informe de control emitido por cualquier Organo del Sistema Nacional de Control, como es el caso, son de obligatoria implementacion, bajo responsabilidad, segun lo dispone el articulo 11º de la Ley Nº 27785 ­ Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica; Estando a lo recomendado en el Informe Nº 037-2011CEPAD/MINSA, de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, y; Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la MORDAZA Administrativa, Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud y la Resolucion Ministerial Nº 1879-2002-SA-DM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Instaurar MORDAZA administrativo disciplinario a los senores MORDAZA MORDAZA Moscol MORDAZA (Observacion 02), MORDAZA MORDAZA MORDAZA (Observaciones 01 y 03), MORDAZA MORDAZA Pingus Gomes (Observaciones 01 y 03), MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (Observacion 03), MORDAZA Edilber MORDAZA MORDAZA (Observacion 03) y MORDAZA MORDAZA del MORDAZA MORDAZA Patino Patroni (Observacion Nº 02); por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Remitir los antecedentes administrativos a la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios para su respectivo diligenciamiento. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Salud (e)

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Aprueban transferencias financieras del Programa para la Generacion de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Peru" a favor de organismos ejecutores publicos y privados
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 360-2011-TR
MORDAZA, 28 de diciembre de 2011 VISTOS: El Memorando Nº 596-2011-DVMPEMPE/ TP-DP, de la Direccion de Proyectos del Programa para la Generacion de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Peru"; los Memorandos Nºs. 649, 672, 696, 700, 724 y 7502011-DVPEMPE/TP-DPSC de la Direccion de Promocion Social y Capacitacion del Programa para la Generacion de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Peru"; los Memorandos Nºs. 1444, 1874, 1769, 1774, 1830, 1445, 1772, 1873 y 1674-2011-DVMPEMPE/TP-OPPM, de la Oficina de Planificacion, Presupuesto y Monitoreo del Programa para la Generacion de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Peru"; el Informe Nº 448-2011-DVMPEMPE/TP-UAL, de la Jefa de la Unidad de Asesoria Legal del Programa para la Generacion de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Peru"; el Oficio Nº 706-2011-DVMPEMPE-TP/3/24.1, del Director Ejecutivo del Programa para la Generacion de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Peru"; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Decreto de Urgencia N° 130-2001, concordado con la Vigesima Cuarta Disposicion Complementaria y Final de la Ley 29035 ­ Ley que Autoriza el Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007 y dicta otras medidas, el Programa de Emergencia Social Productivo "Construyendo Peru" (en adelante el Programa), es una Unidad Ejecutora del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo que cuenta con autonomia administrativa, financiera y presupuestal; Que, por Decreto Supremo Nº 012-2011-TR, se crea el Programa para la Generacion de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Peru", sobre la base de la Unidad Ejecutora 005 ­ Programa de Emergencia Social Productivo "Construyendo Peru", con el objeto de generar empleo, desarrollar capacidades productivas y promover el empleo sostenido y de calidad en la poblacion desempleada y subempleada de las areas urbanas y rurales, en condicion de pobreza y pobreza extrema manteniendose la continuidad de la actividad administrativa y presupuestaria del referido Programa; Que, la MORDAZA Disposicion Final, Complementaria y Transitoria del citado Decreto Supremo establece que las normas especiales sobre adquisiciones de bienes, contratacion de servicios, regimen de personal, aspectos presupuestales y administracion interna aplicable al Programa "Construyendo Peru" continuan vigentes y son integramente aplicables al Programa, precisandose de igual modo, en la Tercera Disposicion Final Complementaria y Transitoria que, en tanto se culmine la elaboracion y aprobacion del Manual de Operaciones, los componentes vinculados al Programa "Construyendo Peru" se continuaran ejecutando de acuerdo a lo dispuesto en su Manual de Operaciones y demas documentos; Que, para el cumplimiento de sus fines el Programa efectua transferencias financieras a diversos organismos que ejecutan proyectos de obras y servicios intensivos en mano de obra; Que, el literal c) del numeral 75.4 del articulo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, dispone que se aprueban por Resolucion del Titular del Pliego, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, las transferencias financieras que realiza el Programa de Emergencia Social Productivo MORDAZA "A Trabajar Urbano", hoy Programa para la Generacion de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Peru"; asimismo, el articulo 16º de la Ley Nº 29626, Ley de

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