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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2011 (29/12/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 27

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 29 de diciembre de 2011 456717 323.11 (Ciento sesenta mil trescientos veintitrés con 11/100 nuevos soles) para el pago de bonifi cación económica por formulación de proyectos; Que, mediante Memorando Nº 1674-2011- DVMPEMPE/CP-OPPM, la Ofi cina de Planifi cación, Presupuesto y Monitoreo, otorga la Certifi cación de Crédito Presupuestario PCA N° 1221-2011-MTPE/4/11, por el monto de S/. 314 665.00 (Trescientos catorce mil seiscientos sesenta y cinco con 00/100 nuevos soles) para el pago de los responsables técnicos; Que, mediante Memorando Nº 596-2011-DVMPEMPE/ TP-DP, la Dirección de Proyectos comunica al Secretario Ejecutivo, las Certifi caciones de Créditos otorgadas por la Ofi cina de Planifi cación, Presupuesto y Monitoreo, a efectos de solicitar la transferencia fi nanciera para los Organismos Ejecutores Públicos, por un monto total ascendente S/.299,463.05 (Doscientos noventa y nueve mil cuatrocientos sesenta y tres con 05/100 nuevos soles), para los Proyectos de Acción de Contingencia Excepcional AC-46; Con las visaciones del Viceministro de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, del Director Ejecutivo, del Secretario Ejecutivo, de la Jefa de la Dirección de Proyectos, del Jefe de la Ofi cina de Planifi cación, Presupuesto y Monitoreo del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”; y del Jefe de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, y; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; el artículo 16º de la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año 2011; el numeral 8) del artículo 25º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el artículo 8º de la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y el literal d) del artículo 7º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2010-TR; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia fi nanciera del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú” a favor de los Organismos Ejecutores Públicos correspondientes a los Proyectos de Contingencia Excepcional 46 (AC 46) por la suma total de S/.299,463.05 (Doscientos noventa y nueve mil cuatrocientos sesenta y tres con 05/100 nuevos soles), para el Pago de Otros, conforme al anexo que forma parte integrante de la presente resolución ministerial. Artículo 2º.- Disponer que el anexo a que se refi ere el artículo precedente se publique en la página Web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo: www. trabajo.gob.pe, el mismo día de su publicación en el Diario Ofi cial el Peruano, siendo responsable de dicha acción la Ofi cina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Artículo 3º.- Encargar al Secretario General del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo el trámite de la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANDRÉS VILLENA PETROSINO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 735013-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 361-2011-TR Lima, 28 de diciembre de 2011 VISTOS; El Memorando Nº 596-2011-DVMPEMPE/ TP-DP, de la Dirección de Proyectos del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”; los Memorandos Nºs. 1500 y 1678-2011-DVMPEMPE/TP-OPPM de la Ofi cina de Planifi cación, Presupuesto y Monitoreo del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”; el Informe N° 446-2011-DVMPEMPE/TP- UAL, de la Jefa de la Unidad de Asesoría Legal del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”; el Ofi cio Nº 702-2011-DVMPEMPE/3/24.1, del Director Ejecutivo del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Decreto de Urgencia N° 130-2001, concordado con la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria y Final de la Ley 29035 – Ley que Autoriza el Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007 y dicta otras medidas, el Programa de Emergencia Social Productivo “Construyendo Perú” (en adelante el Programa), es una Unidad Ejecutora del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo que cuenta con autonomía administrativa, fi nanciera y presupuestal; Que, por Decreto Supremo N° 012-2011-TR, se crea el Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”, sobre la base de la Unidad Ejecutora 005 – Programa de Emergencia Social Productivo “Construyendo Perú”, con el objeto de generar empleo, desarrollar capacidades productivas y promover el empleo sostenido y de calidad en la población desempleada y subempleada de las áreas urbanas y rurales, en condición de pobreza y pobreza extrema manteniéndose la continuidad de la actividad administrativa y presupuestaria del referido Programa; Que, la Segunda Disposición Final, Complementaria y Transitoria del citado Decreto Supremo establece que las normas especiales sobre adquisiciones de bienes, contratación de servicios, régimen de personal, aspectos presupuestales y administración interna aplicable al Programa “Construyendo Perú” continúan vigentes y son íntegramente aplicables al Programa, precisándose de igual modo, en la Tercera Disposición Final Complementaria y Transitoria que, en tanto se culmine la elaboración y aprobación del Manual de Operaciones, los componentes vinculados al Programa “Construyendo Perú” se continuarán ejecutando de acuerdo a lo dispuesto en su Manual de Operaciones y demás documentos; Que, para el cumplimiento de sus fi nes el Programa efectúa transferencias fi nancieras a diversos organismos que ejecutan proyectos de obras y servicios intensivos en mano de obra; Que, la Resolución Ministerial Nº 105-2008-TR, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 11 de abril de 2008, aprueba las “Disposiciones para la tramitación de las transferencias fi nancieras que realiza el Programa a favor de entidades privadas”; Que, el artículo 3º de la referida disposición, establece que serán aprobadas por Resolución Ministerial aquellas transferencias fi nancieras correspondientes a proyectos de obras o servicios cuyo fi nanciamiento individual respecto al rubro “Otros” o de la Bonifi cación Económica por Formulación de Proyectos superen las diez (10) Unidades Impositivas Tributarias; Que, mediante Resolución Ministerial N° 330-2011- TR, de fecha 15 de diciembre del 2011, se modifi ca los numerales 1 y literal b), inciso 1) punto 6.1 del numeral 6 de la Directiva “Procedimientos para los Desembolsos del Programa de Emergencia Social Productivo Construyendo Perú”, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 371- 2008-TR, asimismo, se incorpora el inciso 1), numeral 5, y el numeral 8, en la mencionada Directiva; Que, mediante Resolución Directoral N° 080- 2011-DVMPEMPE/CP, se aprobaron los expedientes, fi nanciamiento y ejecución de los proyectos de contingencia excepcional por la suma total de S/. 9 939 319.99 (Nueve millones novecientos treinta y nueve mil trescientos diecinueve con 99/100 nuevos soles), que comprenden los Proyectos en Acción de Contingencia 46 (AC-46) en las ofi cinas zonales de Amazonas, Ancash, Ayacucho, Huancavelica, Huánuco, Junín, La Libertad, Lima Norte, Lima Este, Lima Sur, Piura y Puno, según anexo de la referida resolución; Que, mediante Memorandos Nºs. 1330, 1388, 1389, 1390, 1391, 1392, 1393, 1394 y 1400-2011-DVMPEMPE/ TP-OPPM, la Ofi cina de Planifi cación, Presupuesto y Monitoreo otorga la asignación presupuestal por la cantidad de S/. 9 939 319.99 (Nueve millones novecientos treinta y nueve mil trescientos diecinueve con 99/100 nuevos soles); Que, mediante Memorando Nº 524-2011-DVMPEMPE/ TP/UATEP, la Unidad de Asistencia Técnica y Evaluación de Proyectos remite la relación de 72 convenios suscritos en el marco de Acción de Proyectos de Contingencia Excepcional 2011-I (AC-46), por un aporte total del Programa de S/. 8 963 515.34 (Ocho millones novecientos sesenta y tres mil quinientos quince con 34/100 nuevos soles);