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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 30 de diciembre de 2011 457251 VISTO: El Documento Simple Nº 2014952011 del 18 de Enero de 2011, presentado por Doña Aura Violeta Diaz Delgado quien solicita acceder al nombramiento previsto en el Decreto de Urgencia Nº 113-2009 y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Quincuagésima Segunda Disposición Final de la Ley Nº 29465 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el año 2010, se autoriza el nombramiento de personal contratado en entidades del sector público, que a la fecha de entrada en vigencia de la presente ley cuenten con tres (3) años de servicios consecutivos en calidad de contratados por servicios personales y que ocupen plazas presupuestadas vacantes; Que, de la revisión del documento de Visto, se desprende que la recurrente viene prestando sus servicios en el Cargo de Especialista en Educación - Nivel SPC en forma continua hasta el primer día hábil de 2010 contando con contrato vigente al 31 de diciembre de 2010; asimismo obra en autos el Memorándum Nº 122-2011-SGEDU- GDHE-MSS de la Subgerencia de Educación, en el cual se deja constancia del desempeño laboral favorable de la recurrente; Que, el Art. 1º del Decreto Supremo Nº 111-2010- PCM – Aprueba lineamientos para el nombramiento de personal contratado del sector público, elaborado por la Autoridad Nacional de Servicio Civil – SERVIR según las competencias otorgadas por el Decreto de Urgencia Nº 113-2009; asimismo el Art. 2º del mismo dispositivo legal establece que el “Nombramiento del servidor contratado para realizar funciones de carácter permanente que hubiera ingresado por concurso público de meritos a la entidad pública donde aspira ser nombrado, se realizará a través de un proceso abreviado sin que sea necesario someterse a un nuevo concurso público de méritos”; Que, el numeral 7.1 de los lineamientos para el nombramiento del personal nombrado por servicios personales en el sector público, señala que dentro de los requisitos para acceder al nombramiento a través del proceso abreviado es: “a) Que, el personal cumpla con los requisitos para el primer nivel de carrera del grupo ocupacional del régimen de carrera al que pertenezca. b) Exista evaluación favorable del personal en los últimos tr4es años por parte de la entidad. Cuando las entidades públicas no hayan realizado dichas evaluaciones el superior jerárquico inmediato deberá evaluar el desempeño laboral de los solicitantes en el último año. De no contarse con evaluación favorable, el personal no podrá ser nombrado en el presente período presupuestal. c) El interesado haya sido contratado mediante concurso público de méritos. d) El interesado no posea antecedentes penales ni policiales. e) el interesado reúna los requisitos y/o atributos propios del cargo en el cual solicitó ser nombrado. f) No encontrarse impedido para contratar con el Estado o para ingresar a la entidad en la cual solicita su nombramiento. g) Los demás que señala las normas legales pertinentes”; Que, el Art. 1º de la Ley Nº 29753, autoriza a las entidades del sector público a concluir en el año 2011 el proceso de nombramiento del personal contratado, iniciado al amparo de la Quincuagésima Segunda Disposición Final de la Ley Nº 29465 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010 y modifi catorias, aplicando los artículos pertinentes del Decreto Supremo Nº 111- 2010-PCM mediante el cual se aprueba los lineamientos para el personal contratado; Que, el Informe Técnico Nº 006-2011-SGRH-GAF- MSS de fecha 23 de Noviembre del 2011, emitido por el responsable de la Subgerencia de Recursos Humanos, concluye que la recurrente, ha cumplido con todos los requisitos establecidos en la Ley Nº 29753 y en los establecidos en el Decreto Supremo Nº 111-2010-PCM, siendo procedente nombrar a doña Aura Violeta Díaz Delgado, en el cargo de Especialista en Educación Nivel SPC en el Centro de Costo de la Subgerencia de Educación; Que, mediante Memorándum Nº 540-2011-SGPRE- GPPF-MSS del 24 de noviembre de 2011, la Subgerencia de Presupuesto informa que lo solicitado – cobertura presupuestal para nombramiento por concurso abreviado - se encuentra considerado en el Presupuesto Institucional de Apertura para el presente Año Fiscal 2011, dentro de la Genérica del Gasto 2.1 Personal y Obligaciones Sociales, por lo que otorga la respectiva disponibilidad presupuestal; De acuerdo a lo expuesto y estando a las atribuciones conferidas en el Art. 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972 así como a las facultades otorgadas mediante Resolución Nº 920-2011-RASS del 23 de Agosto de 2011; RESUELVE: Artículo Primero.- NOMBRAR a partir del 30 de diciembre de 2011, a Doña Aura Violeta Díaz Delgado, en el Cargo de Especialista en Educación, Nivel SPC, Centro de Costo: Subgerencia de Educación, por los considerandos expuestos en esta Resolución. Artículo Segundo.- NOTIFÍQUESE la presente Resolución e inclúyase copia en el Legajo Personal de la servidora nombrada en el artículo precedente. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CESAR ZAPATA PARDO Gerente de Administración y Finanzas 735059-10 RESOLUCIÓN GERENCIAL Nº 163-2011-GAF-MSS Santiago de Surco, 27 de diciembre del 2011 EL GERENTE DE ADMINISTRACION Y FINANZAS VISTO: El Informe Técnico Final de fecha 21 de diciembre del 2011, suscrito por el Presidente de la Comisión Evaluadora designado por Resolución Nº 1235- 2011-RASS, de fecha 15 de noviembre del 2011; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 15° de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público - Decreto Legislativo Nº 276, establece que el servidor que haya venido desempeñando labores de naturaleza permanente en la condición de contratado, podrá ingresar a la Carrera Administrativa, previa evaluación favorable y siempre que exista la plaza vacante; Que, el Artículo 40° del Reglamento de la Carrera Administrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005- 90 PCM, estipula que: “El servidor contratado puede ser incorporado a la Carrera Administrativa mediante nombramiento, por el primer nivel del grupo ocupacional para el cual concursó, en caso de existir plaza vacante y de contar con evaluación favorable sobre su desempeño laboral favorable, después del primer año de servicios ininterrumpidos, vencido el plazo máximo de contratación, tres (3) años, la incorporación del servidor a la Carrera Administrativa constituye el derecho reconocido”; Que, la Ley de Presupuesto para el año 2010 Ley Nº 29626, contempla en la Quincuagésima Segunda Disposición Final modifi cada por el Artículo 1º del Decreto de Urgencia Nº 113-2009, el nombramiento progresivo de personal contratado por servicios personales, aprobándose los Lineamientos para el Nombramiento por Decreto Supremo Nº 111-2010-PCM publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 19 de diciembre del 2010; Que, el Decreto Supremo Nº 111-2010-PCM, contempla dos procedimientos para llevar a cabo los nombramientos en el año 2011, por el Procedimiento Abreviado y por el Procedimiento por Concurso, para ambos casos se ha considerado una etapa previa en la que la Ofi cina de Personal o quien haga sus veces deberá revisar información de los servidores que soliciten su nombramiento por cualquiera de los dos procesos; dicha evaluación previa concluyó con la publicación de las Listas Finales el 07 de Noviembre del 2011, considerando a diez (10) trabajadores que cumple con los requisitos para nombramiento a través del Proceso Abreviado, dieciocho (18) trabajadores aptos para postular en caso de haber convocatoria de plazas, remitiéndose dicho listado por medio electrónico a la Autoridad Nacional del Servicios Civil –SERVIR, que incluía al personal que no reúne los requisitos. Que, mediante Resolución Nº 1235-2011-RASS de fecha 15 de Noviembre del 2011, se conformo el Comité Evaluador