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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2011 (30/12/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 78

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 30 de diciembre de 2011 457240 - Agencia Cusco, ubicada en Av. Garcilaso N° 505-509, distrito de Wanchaq, provincia y departamento de Cusco. Artículo Segundo.- Autorizar al Banco Financiero del Perú el cierre de dos (02) ofi cinas especiales, según el siguiente detalle: - Ofi cina Especial Abancay, ubicada en Av. Arenas N° 196, distrito de Abancay, provincia y departamento de Apurímac. - Ofi cina Especial Moyobamba, ubicada en Av. Almirante Grau N° 204, distrito y provincia de Moyobamba, y departamento de San Martin. Artículo Tercero.- Autorizar al Banco Financiero del Perú el cierre temporal de una (01) agencia del 24 de diciembre de 2011 al 02 de enero de 2012, según el siguiente detalle: - Agencia Jesús María, ubicada en Av. Arnaldo Márquez N° 1394-1398, distrito de Jesús María, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. RUBÉN MENDIOLAZA MOROTE Intendente General de Banca 734419-1 Autorizan a El Pacífico Peruano Suiza Compañía de Seguros y Reaseguros S.A. la apertura de oficinas especiales permanentes en los departamentos de Arequipa, La Libertad y Piura RESOLUCIÓN SBS N° 12144-2011 Lima, 26 de diciembre de 2011 EL INTENDENTE GENERAL DE SUPERVISIÓN DE INSTITUCIONES PREVISIONALES Y DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por la empresa EL PACÍFICO PERUANO SUIZA COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A., para que se le autorice la apertura de tres (03) Ofi cinas Especiales Permanentes, ubicadas en los departamentos de Arequipa, La Libertad y Piura; y, CONSIDERANDO: Que, en aplicación de los numerales 5.1 y 9.4 del Reglamento de Apertura, Conversión, Traslado o Cierre de Ofi cinas, Uso de Locales Compartidos, Cajeros Automáticos y Cajeros Corresponsales, aprobado mediante Resolución SBS Nº 775-2008, la empresa solicitante ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para la apertura de tres (03) Ofi cinas Especiales Permanentes; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión de Seguros “B”, mediante Informe Nº 196- 2011-DSSB; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 30° de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y sus modifi catorias, la Resolución SBS Nº 775-2008 y el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, aprobado mediante Resolución SBS N° 3082- 2011; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a EL PACÍFICO PERUANO SUIZA COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A., la apertura de tres (03) Ofi cinas Especiales Permanentes, ubicadas en las siguientes direcciones: - Ofi cina N° 1: Av. Porongoche N° 500 (Centro Comercial Mall Aventura Plaza), distrito de Paucarpata, provincia y departamento de Arequipa. - Ofi cina N° 2: Av. América Oeste N° 750 (Centro Comercial Mall Aventura Plaza), Urb. El Ingenio, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad. - Ofi cina N° 3: Av. Andrés Avelino Cáceres N° 147, Urb. Mirafl ores, distrito de Castilla, provincia y departamento de Piura. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS IZAGUIRRE CASTRO Intendente General de Supervisión de Instituciones Previsionales y de Seguros 735490-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO Relación de concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados de enero a octubre de 2011 DIRECCIÓN REGIONAL DE ENERGÍA Y MINAS RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL N° 060-2011-GRA/GG-GRDE-DREMA. Ayacucho, 27 de octubre de 2011 VISTO: El Informe Nº 374-2011-GRA/GG-GRDE- DREM-ATN de fecha 25 de Octubre del 2011, del Área Técnica Normativa de la Dirección Regional de Energía y Minas del Gobierno Regional de Ayacucho y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 24º del Decreto Supremo 018 -92 – EM, haciendo referencia al artículo 124º del Texto Único Ordenado de la Ley General de la Minería, establece que para los efectos de lo dispuesto en el artículo 124 de la Ley, El Registro Público de Minería, dentro de los primeros 15 días de cada mes publicará en el Diario Ofi cial “ El Peruano” la Relación de las Concesiones Mineras cuyos títulos hubieran sido otorgadas durante el mes inmediato anterior. Que, de conformidad con el Informe Nº 374-2011- GRA/GG-GRDE-DREM-ATN de fecha 25 de Octubre del 2011, del Área Técnica Normativa de la Dirección Regional de Energía y Minas, existen veintidós (22) títulos de concesiones mineras otorgadas de Enero a Octubre del presente año, que se encuentran expeditos para la publicación correspondiente en Normas Legales del Diario Ofi cial “ El Peruano”. De conformidad a la Resolución Ministerial Nº 550-2006- MEM- DM, publicada con fecha 18 de Noviembre del 2006 se declaró que el Gobierno Regional de Ayacucho, concluyó el proceso de transferencia de funciones sectoriales en materia de Energía y Minas, siendo competente a partir de la Fecha para el ejercicio de la misma, y de conformidad al Decreto Supremo Nº 084-2007- EM; y, De conformidad con la atribución establecida en el artículo 59 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, aprobada por Ley Nº 27867 y asumiendo competencia la Dirección Regional de Energía y Minas de Ayacucho; SE RESUELVE: Artículo Primero.- PUBLÍQUESE en el diario ofi cial “El Peruano” las concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados de Enero a Octubre del año 2011, de acuerdo a la relación adjunta, que es parte integrante de la presente resolución y para los efectos a que se contraen los artículos 124º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM. Regístrese, comuníquese y archivese. GILBERTO GALLO MELGAREJO Director