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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2011 (30/12/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 91

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 30 de diciembre de 2011 457253 GAJ-MDS, de fecha 27.DIC.2011 y de conformidad con lo establecido en la Primera Disposición Complementaria y Final de la Ordenanza Nº 268-2011-MDS, y a las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972- . Que, en uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del artículo 20º, y artículos 39º y 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- DISPONER la prórroga hasta el 31 de Enero de 2012, del plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 268-2011-MDS, la misma que aprobó el Régimen Temporal de Benefi cios Tributarios denominado “Navidad Tributaria Surquillana 2011”, orientada a brindar facilidades a los contribuyentes que mantengan obligaciones pendientes de pago correspondiente a los ejercicios anteriores al ejercicio 2011 correspondientes a tributos municipales esto es Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales, con benefi cios de descuentos en general. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas, Sub-Gerencia de Administración Tributaria, la Subgerencia de Ejecutoría Coactiva, la Subgerencia de Fiscalización Tributaria, la Gerencia de Estadística e Informática y la Sub-Gerencia de Imagen Institucional, y demás áreas competentes el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía. Artículo Tercero.- ENCARGAR la publicación del presente Decreto a la Secretaria General. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JOSÉ LUIS HUAMANÍ GONZÁLES Alcalde 735345-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE CARMEN DE LA LEGUA REYNOSO Establecen beneficio por única vez en el pago de tasa establecida para el procedimiento de licencia de funcionamiento a propietarios y/o conductores de locales comerciales ORDENANZA Nº 022-2011-MDCLR Carmen de la Legua Reynoso, 23 de diciembre del 2011 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARMEN DE LA LEGUA REYNOSO POR CUANTO: Visto en la Orden del día de la Sección Ordinaria del Concejo Celebrado el de Noviembre del 2011, por la cual la Gerencia de Administración Tributaria presenta el Proyecto de Ordenanza para EXONERACION EL 50% DE LAS TASAS ESTABLECIDAS EN EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LA MUNICIPALIDAD PARA LOS PROCEDIMIENTOS DE AUTORIZACION DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO, en el Distrito Carmen de la Legua Reynoso, que de acuerdo al Memorándum Nº 0346-2011-GAT-MDCLR de fecha 24 de Noviembre del 201, se propone al pleno del Concejo el presente proyecto, el mismo que cuenta con el Informe Nº 1018-2011-GAL/MDCLR-TPB, de fecha 28 Noviembre del 2011, que determina que es PROCEDENTE, la viabilidad de la presente Ordenanza. Estando a lo expuesto con el voto unánime de los señores Regidores, y en uso de sus facultades conferidas en el inciso 8) del artículo 9º y del artículo 40º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, se ha aprobado la siguiente; ORDENANZA MUNICIPAL QUE EXONERA EL 50% DE LAS TASAS ESTABLECIDAS EN EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LA MUNICIPALIDAD PARA LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO EN EL DISTRITO DE CARMEN DE LA LEGUA REYNOSO Artículo 1.- El objeto de la presente ordenanza municipal es fl exibilizar la aplicación de las Normas técnicas y legales que regulan los procedimientos administrativos de la autorización de Licencias de funcionamiento; a fi n de incentivar la formalización, el desarrollo económico en Distrito de Carmen de la Legua Reynoso - Callao a fi n de mejorar la calidad de vida de los ciudadanos Carmelinos, con el propósito de Incentivar el crecimiento comercial en la jurisdicción, ofreciendo facilidades y exoneraciones a los Conductores de los establecimientos comerciales, y artesanales, profesionales y de servicios a efecto que pueden integrarse al mercado laboral formal, estimulando de esta manera la creación de fuentes de trabajo y la formalización de las actividades económicas. Artículo 2.- Exonerar, excepcionalmente y por única vez el pago del 50% del derecho de la tasa Establecida en el texto Único de procedimiento administrativo de la municipalidad distrital de Carmen de la Legua Reynoso - Callao para el procedimiento de licencia de funcionamiento municipal a los propietarios y/o Conductores de los locales comerciales, que desarrollen actividades comerciales y Económicas. Artículo 3.- Las solicitudes de autorización de Licencia de Funcionamiento acogidas a la presente Ordenanza serán aceptada siempre que cumplan con presentar su Certifi cado de Compatibilidad de Uso y una Declaración Jurada Post Fiscalización de acuerdo al Reglamento de Inspección Técnicas de Seguridad en Defensa Civil, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 066-2007- PCM, si el local es menor de 100 mt2; con la fi nalidad de evitar trámites infructuosos, una vez completada la documentación la Gerencia de Administración Tributaria – Sub Gerencia de Recaudación y Control se expedirá una orden de pago correspondiente para el trámite administrativo por cada autorización solicitada, la cual una vez emitida la Autorización el expediente será derivado a la Sub Gerencia de Defensa Civil para que cumpla con emitir su informe correspondiente, para las acciones que correspondan. Artículo 4.- La Gerencia de Administración Tributaria y la Sub Gerencia de Recaudación y Control y la Sub Gerencia de Fiscalización Tributaria realizarán la verifi cación del cumplimiento de la presente medida para la expedición de la Autorización solicitada. la presentación de los documentos se hará ante la Sub Gerencia de Trámite Documentario de la Municipalidad de Carmen de la Legua Reynoso, para el acogimiento de la presente ordenanza. Artículo 5.- Exonérese excepcionalmente y por única vez el pago del cien por ciento (100%) de la multa administrativa, derivada de una notifi cación de infracción, por carecer de autorización de Licencia de Funcionamiento a los propietarios y/o conductores de los locales comerciales, que desarrollen actividades comerciales Con respecto a la exoneración a la multa administrativa, derivada de una notifi cación de infracción, los administrados que estuvieran incursos en estos casos, deberán solicitar por escrito la respectiva anulación de la notifi cación y/o de la resolución de multa administrativa, para lo cual deberán adjuntar copia legible de la Autorización obtenida de Licencia de funcionamiento municipal, ingresado por ante la ofi cina de trámite documentario. Artículo 6.- El incumplimiento a lo dispuesto a la presente ordenanza y de más normas municipales, estará sujeto a las sanciones y acciones administrativa descritas en el régimen de aplicación de sanciones-RAS, aprobada mediante ordenanza municipal Nº 002-2004-MDCLR. Artículo 7.- Disponer que la Gerencia de Imagen se encargue de la difusión y la publicidad de la presente Ordenanza Municipal, de la misma forma a la Sub Gerencia de informática la publicación en el portal institucional de la municipalidad la presente ordenanza. Artículo 8.- En la presente ordenanza rige a partir del día siguiente de su publicación, hasta el 31 de Diciembre del 2011, Autorizando a Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía determine su ampliación respectiva si lo estima conveniente.