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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 30 de diciembre de 2011 457254 Artículo 9.- Encargar a la Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Administración, Gerencia de Imagen Institucional, Sub Gerencia de Logística, Sub Gerencia de Recaudación y Control el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. DANIEL A. LECCA RUBIO Alcalde 734513-1 MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA Establecen montos por concepto de emisión, determinación, distribución y liquidación del Impuesto Predial y de los Arbitrios Municipales correspondiente al Ejercicio Fiscal 2012 ORDENANZA Nº 017 La Punta, 21 de diciembre de 2011 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PUNTA POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad Distrital de La Punta, en sesión celebrada el 21 de diciembre de 2011, con el voto aprobatorio de los Regidores Distritales y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972 y el Reglamento Interno el Concejo; VISTO: El Proyecto de Ordenanza remitido por la Gerencia de Rentas a través del Informe Nº 073-2011-MDLP-GR; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Distrital de La Punta, ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE LOS MONTOS POR CONCEPTO DE EMISIÓN, DETERMINACIÓN, DISTRIBUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DEL IMPUESTO PREDIAL Y DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL 2012 Artículo Único.- Establecer, que por concepto de emisión, determinación, distribución y liquidación del Impuesto Predial y de los Arbitrios Municipales correspondiente al Ejercicio Fiscal 2012, se mantendrá los mismos montos aprobados para los Ejercicios Fiscales 2008, 2009, 2010 y 2011 que son los siguientes: - Emisión, determinación, distribución y liquidación del Impuesto Predial: S/. 12.80 anual. - Emisión, determinación, distribución y liquidación de Arbitrios Municipales: S/. 1.03 mensual. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. PIO SALAZAR VILLARÁN Alcalde 734905-1 Modifican el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de la Municipalidad ORDENANZA N° 018 La Punta, 21 de diciembre de 2011 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PUNTA POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad Distrital de La Punta, en sesión celebrada el 21 de diciembre de 2011, con el voto aprobatorio de los Regidores Distritales y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley 27972 y el Reglamento Interno del Concejo VISTO: El Informe Nº 083-2011-MDLP/OPP, de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, que propone la modifi cación parcial del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y del Cuadro de Asignación de Personal (CAP) de la Municipalidad Distrital de La Punta; y CONSIDERANDO: Que, según el Artículo 194º de la Constitución Política, modifi cado por la Ley de Reforma Constitucional Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización – Ley Nº 27680, y posteriormente modifi cado por la Ley Nº 28607, las municipalidades provinciales y distritales son órganos de Gobierno Local, que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. En concordancia con éste se pronuncia el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Nº 27972, que agrega que dicha autonomía radica en ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico, por lo que están sujetos a las leyes y disposiciones que, de manera general y de conformidad a la Constitución Política del Perú, regulan las actividades y funcionamiento del Sector Público, así como a las normas técnicas referidas a los sistemas administrativos del Estado que, por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorios; Que, con relación a la autonomía de la que gozan las Municipalidades, el numeral constitucional antes señalado ha otorgado expresamente al Concejo la función normativa en los asuntos de su competencia; cumpliéndose precisamente esta función, entre otros mecanismos, a través de las Ordenanzas Municipales, mediante las cuales se aprueba el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local, así como otras materias en las que la municipalidad tiene competencia, tal y como se recoge en los Numerales 3); 8) y 32) del Artículo 9º y el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Nº 27972. Cabe precisar que las ordenanzas son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal a las que el numeral 4 del Artículo 200º de la Constitución Política del Perú les otorga rango de Ley; Que, conforme al Artículo 26º de esta última, la administración municipal se basa en principios de programación, dirección, ejecución, supervisión, control recurrente y posterior, rigiéndose por los principios de legalidad, economía, transparencia, simplicidad, efi ciencia, efi cacia, participación y seguridad ciudadana; Que, el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM modifi cado por el Decreto Supremo Nº 018-2007-PCM, aprueba los lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF por parte de las entidades de la administración pública mientras que el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, aprueba los lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro Para Asignación de Personal – CAP de las entidades de la Administración Pública, en los cuales se establece que el CAP es un documento de gestión institucional que contiene los cargos defi nidos y aprobados de la Entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su ROF; Que, mediante Ordenanza Nº 015-2007-MDLP/ALC, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 24 de Noviembre del 2007, y modifi catorias, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y el Cuadro Para Asignación de Personal (CAP) de la Municipalidad Distrital de La Punta; Que, según el Artículo 3º de la Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, Nº 27293, y modifi catorias, conforman el Sistema Nacional de Inversión Pública el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de su Dirección General de Programación Multianual del Sector Público y las Ofi cinas de Programación e Inversiones, en cada Sector, gobierno regional y gobierno local; así como las Unidades Formuladoras y Ejecutoras, entre otros;