Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2011 (31/12/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, sabado 31 de diciembre de 2011

NORMAS LEGALES

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Articulo 22º.- De la revocacion 22.1 La Licencia de Uso de la MORDAZA MORDAZA, concluira anticipadamente en caso que el organo competente, previa evaluacion, resuelva su revocacion. 22.2 La revocacion se producira en los siguientes casos: a. Incumplimiento de cualquiera de las normas establecidas en el presente Reglamento. b. Verificacion de falsedad en la documentacion o informacion presentada por el Licenciatario. c. Falta de subsanacion de las observaciones que han dado lugar a la suspension de la Licencia de Uso, en el plazo otorgado para tal fin. 22.3 Producida una o mas causales de revocacion, el organo competente comunicara al solicitante las observaciones correspondientes a fin de que presente sus descargos, otorgandole a tal efecto un plazo no mayor de cinco (05) dias habiles. 22.4 Vencido dicho plazo, el organo competente procedera a efectuar la evaluacion que corresponde y emitira su pronunciamiento; el cual de ser desfavorable, producira la revocacion de la Licencia de Uso de la MORDAZA Pais. 22.5 El pronunciamiento del organo competente no es impugnable. 22.6 En caso de revocacion de la Licencia de Uso, el Licenciatario no podra solicitar a PROMPERU nueva Licencia de Uso, del mismo o distinto MORDAZA de la que fue materia de revocacion, sino hasta despues de vencido el plazo de un ano computado desde la notificacion correspondiente. 22.7 En el caso que se verifique que el Licenciatario ha trasgredido el MORDAZA de veracidad, mediante la MORDAZA de documentacion o informacion falsa y similares, el Licenciatario, previa evaluacion del organo competente, puede ser inhabilitado para solicitar el uso de nueva Licencia de Uso, hasta por el plazo de cinco anos, sin perjuicio de las acciones administrativas, civiles y penales que pudiera iniciar PROMPERU, por danos y perjuicios. Articulo 23º.-De las consecuencias de revocacion Cuando se produce la revocacion de la Licencia de Uso, el Licenciante queda obligado a: a. MORDAZA en el uso de la MORDAZA MORDAZA Peru. b. Retirar del MORDAZA los productos que son motivo de la infraccion; c. Destruir el material relacionado con la MORDAZA MORDAZA que hubiera venido utilizando d. Devolver a PROMPERU los disenos, aplicaciones o cualquier otro material relacionado con la MORDAZA MORDAZA Peru entregado por PROMPERU y que obren en su poder.

a. Utilizar la MORDAZA MORDAZA Peru para el cumplimiento de los fines para los cuales ha sido creada, es decir, de promocion del turismo, las exportaciones, las inversiones y la imagen del pais. b. Mantener una conducta adecuada que contribuya al cumplimiento de los fines y objetivos de promocion de la MORDAZA MORDAZA Peru. c. Utilizar la MORDAZA MORDAZA Peru en las condiciones que establezca PROMPERU, quedando prohibida expresamente la alteracion o modificacion de los elementos que la componen. d. No desarrollar cualquier MORDAZA, logotipo, diseno, signo u obra que incorpore total o parcialmente la MORDAZA MORDAZA Peru; o cualquier signo que se asemeje o induzca a confusion con el mismo, asumiendo el compromiso de no proceder a su registro ni en Peru, ni en ningun otro pais. e. Presentar a requerimiento de PROMPERU, la informacion y/o cualquier otro MORDAZA de documentacion referida a la MORDAZA MORDAZA Peru, su utilizacion y/o aplicacion. f. Colaborar con PROMPERU en el cumplimiento de los fines de la MORDAZA MORDAZA Peru.

CAPITULO IV SUPERVISION
Articulo 26º.- De la supervision PROMPERU supervisara el correcto uso de la MORDAZA MORDAZA Peru, para lo cual podra: a. Observar la correcta aplicacion de la MORDAZA MORDAZA Peru. b. Verificar el cumplimiento de las condiciones por las cuales se otorgo la autorizacion de uso. c. Requerir informacion a fin de verificar el correcto uso de la MORDAZA MORDAZA Peru.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES
Primera.- PROMPERU llevara un control sistematizado del registro de las Licencias otorgadas, indicando el plazo y objeto de la misma y demas informacion que PROMPERU considere conveniente. Asimismo, publicara, a traves de su pagina web, la base de datos de Licenciatarios indicando sus datos basicos de contacto. Segunda.- PROMPERU por el periodo de introduccion de la MORDAZA MORDAZA Peru, otorgara las Licencias de Uso de la MORDAZA MORDAZA de manera gratuita. PROMPERU evaluara el termino de dicho periodo. Tercera.- PROMPERU podra suscribir convenios de colaboracion interinstitucional con organismos publicos, gremios miembros de su directorio u otros aliados ligados directamente con la promocion del turismo, las exportaciones, las inversiones del MORDAZA, contando con el sustento tecnico correspondiente, con el fin de reforzar la promocion de la MORDAZA MORDAZA Peru. Cuarta.- Por la naturaleza del derecho de objeto de Licencia de Uso el presente procedimiento no esta sujeto al silencio administrativo positivo normado en la Ley del Silencio Administrativo, Ley Nº 29060; asimismo, el pronunciamiento emitido por el organo competente no podra ser materia de revision en la via administrativa o judicial.

SUB CAPITULO V DE LOS DERECHOS Y COMPROMISOS DEL LICENCIATARIO
Articulo 24º.- De los derechos del Licenciatario 24.1 El Licenciatario adquiere el derecho de utilizar el logo de la MORDAZA MORDAZA Peru en las caracteristicas y dentro del plazo establecidos en el Certificado de Licencia de Uso. 24.2 Podra participar, previa coordinacion, en las actividades que PROMPERU realice dirigidas a los Licenciatarios. 24.3 PROMPERU brindara al licenciatario el soporte complementario para la correcta aplicacion del logo de la MORDAZA MORDAZA Peru. Articulo 25º.De los compromisos del Licenciatario Los compromisos que asume el licenciatario son los siguientes:

DISPOSICION COMPLEMENTARIA TRANSITORIA
Unica.- Las Licencias de Uso otorgadas a la fecha por PROMPERU, quedan extendidas hasta el 31 de enero de 2012, en que concluye su vigencia, pudiendo ser renovadas a solicitud del Licenciatario sujetandose a las normas del presente Reglamento.

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