Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2011 (31/12/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA, sabado 31 de diciembre de 2011

NORMAS LEGALES

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ENERGIA Y MINAS
Otorgan autorizacion a favor de SDE MORDAZA S.A.C. para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en instalaciones de la Central Termica El Tablazo Colan
RESOLUCION MINISTERIAL N° 515-2011-MEM/DM
MORDAZA, 9 de diciembre de 2011 VISTO: El Expediente N° 33281811, organizado por SDE MORDAZA S.A.C., persona juridica inscrita en la Partida N° 11078816 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA, sobre solicitud de otorgamiento de autorizacion para generacion de energia electrica; CONSIDERANDO: Que, SDE MORDAZA S.A.C., mediante documento con registro Nº 2129505, de fecha 22 de setiembre de 2011, ha solicitado autorizacion para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Termica El Tablazo Colan, con una potencia instalada de 31,45 MW, ubicada en el distrito y provincia de Paita, departamento de MORDAZA, cuyas coordenadas UTM figuran en el Expediente; Que, la peticion se ampara en las disposiciones contenidas en el articulo 38° del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas y, en el articulo 67° de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 00993-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentacion; Que, de acuerdo con el Cronograma de Ejecucion de Obras de la Central Termica El Tablazo Colan presentado por SDE MORDAZA S.A.C., las obras de esta central termoelectrica se iniciaron el 29 de octubre de 2010 y la conclusion de dichas obras esta prevista para el 15 de diciembre de 2011; Que, en el numeral 19.3 del articulo 19º del Decreto Supremo Nº 023-2011-EM, Reglamento del Procedimiento para la aplicacion del Derecho de Consulta a los Pueblos Indigenas para las actividades Minero Energeticas, establece que, "Si en el area de un proyecto de generacion termoelectrica se ubicaran uno o mas pueblos indigenas, el otorgamiento de la autorizacion de generacion termoelectrica estara sujeto al MORDAZA de Consulta que sera llevado a cabo por la Direccion General de Electricidad"; Que, teniendo en cuenta que el proyecto de la Central Termica El Tablazo Colan se encuentra ubicado dentro de la propiedad de SDE MORDAZA S.A.C., segun consta en los planos, Memoria Descriptiva y la Ficha Registral (Asiento G00001 de la Partida N° 11097527 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Piura), obrante en el Expediente, se ha determinado que no existen pueblos indigenas con los cuales realizar el MORDAZA de Consulta; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Electricas y su Reglamento, ha emitido el Informe N° 3072011-DGE-DCE, que concluye que procede otorgar la autorizacion solicitada; Estando a lo dispuesto por el articulo 38° de la Ley de Concesiones Electricas, y el item AE01 del Anexo N° 1 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energia y Minas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 061-2006-EM; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Otorgar autorizacion por tiempo indefinido a favor de SDE MORDAZA S.A.C., que se identificara con el codigo N° 33281811, para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en las instalaciones de la Central Termica El Tablazo Colan, con una potencia

instalada de 31,45 MW, ubicada en el distrito y provincia de Paita, departamento de Piura. Articulo 2°.- Las obras correspondientes a la Central Termica El Tablazo Colan concluiran el 15 de diciembre de 2011, de acuerdo al Cronograma de Ejecucion de Obras de este proyecto. La falta de ejecucion de dichas obras de acuerdo con el cronograma de ejecucion, conllevara a la cancelacion de la presente autorizacion. Articulo 3°.- La titular esta obligada a operar cumpliendo las normas tecnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nacion, asi como, al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y otras normas legales pertinentes. Articulo 4°.- La presente Resolucion Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 67° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, sera publicada en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez y por cuenta del titular, dentro de los cinco (05) dias calendario siguientes a su expedicion, y entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA DESCALZI Ministro de Energia y Minas

733812-1

Actualizan el Inventario Inicial de Pasivos Ambientales Mineros
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 531-2011-MEM/DM
MORDAZA, 26 de diciembre de 2011 Visto el Informe N° 1174-2011-MEM-DGM/DNM emitido por la Direccion Normativa de Mineria y el Informe Nº 026-2011-MEM-DGM/DTM/PAM de la Direccion Tecnica Minera; CONSIDERANDO: Que, el articulo 3° de la Ley N° 28271, Ley que regula los Pasivos Ambientales de la Actividad Minera, establece que la identificacion, elaboracion y actualizacion del inventario de los pasivos ambientales mineros estan a cargo del Ministerio de Energia y Minas, a traves de su organo tecnico competente; Que, el articulo 6° del Reglamento de Pasivos Ambientales de la Actividad Minera, aprobado por Decreto Supremo N° 059-2005-EM, modificado por el Decreto Supremo N° 003-2009-EM, indica que el Ministerio de Energia y Minas, a traves de la Direccion General de Mineria, esta facultado para realizar todas las acciones que resulten necesarias para la identificacion de los pasivos ambientales mineros, la elaboracion y actualizacion del inventario, y la determinacion de los responsables de las medidas de remediacion ambiental correspondiente; Que, el articulo 7° del reglamento MORDAZA citado, modificado por el Decreto Supremo N° 003-2009-EM, dispone que el inventario inicial de Pasivos Ambientales Mineros sera aprobado mediante resolucion ministerial publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, mediante Decreto Supremo N° 031-2007-EM se aprobo el MORDAZA Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Energia y Minas, donde se precisa que la Direccion Tecnica Minera tiene, entre otras funciones, las de realizar acciones para la identificacion y priorizacion de los pasivos ambientales mineros, asi como para la elaboracion y actualizacion del inventario correspondiente; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 290-2006-MEM/ DM, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 19 de junio de 2006, se aprobo el Inventario Inicial de Pasivos Ambientales Mineros, que consta de veinte y siete (27) folios; Que, mediante Resoluciones Ministeriales N° 4872007-MEM-DM, N° 079-2008-MEM/DM, N° 591-2008MEM/DM, N° 243-2009-MEM/DM, N° 246-2009-MEM/DM, N° 096-2010-MEM/DM, N° 371-2010-MEM/DM, N° 4712010-MEM/DM, N° 506-2010-MEM/DM y N° 267-2011MEM/DM, se actualizo el Inventario Inicial de Pasivos Ambientales Mineros aprobado mediante Resolucion Ministerial N° 290-2006-MEM/DM;

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