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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE ENERO DEL AÑO 2011 (07/01/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 56

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 7 de enero de 2011 433764 Aceptan renuncia de fiscal superior provisional y su designación en el despacho de la Fiscalía Superior Civil y de Familia de Cajamarca RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 005-2011-MP-FN Lima, 6 de enero de 2011 VISTO Y CONSIDERANDO: El fax Nº10851-2010-MP-PJFS-DJ-CAJAMARCA, cursado por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Cajamarca, mediante el cual eleva el documento de la doctora Gladys Jesús Begazo Álvarez, Fiscal Superior Provisional del Distrito Judicial de Cajamarca, designada en el Despacho de la Fiscalía Superior Civil y de Familia de Cajamarca, en la que comunica su renuncia al cargo, por motivos estrictamente familiares y profesionales. Estando a lo expuesto y a lo dispuesto por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por la doctora Gladys Jesús Begazo Álvarez, como Fiscal Superior Provisional del Distrito Judicial de Cajamarca y su designación en el Despacho de la Fiscalía Superior Civil y de Familia de Cajamarca, materia de las Resoluciones N°706-2006-MP-FN y Nº575-2010-MP-FN, de fechas 09 de junio del 2006 y 30 de marzo del 2010, respectivamente. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, al Fiscal Superior Titular - Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Cajamarca, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a la Fiscal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLADYS MARGOT ECHAIZ RAMOS Fiscal de la Nación 586692-2 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Actualización del capital social mínimo correspondiente al trimestre enero - marzo de 2011 CIRCULAR Nº G-154-2011 Lima, 4 de enero de 2011 ------------------------------------------------------ Ref.: Actualización del capital social mínimo correspondiente al trimestre enero – marzo de 2011 ------------------------------------------------------ Señor Gerente General: Sírvase tomar conocimiento que en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 9 del artículo 349º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modifi catorias, la Superintendencia dispone mediante la presente norma de carácter general, la actualización trimestral, correspondiente al período enero – marzo de 2011, de los capitales sociales mínimos de las empresas indicadas en los artículos 16º y 17º de la referida Ley General, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18º de dicha norma, según se indica a continuación, disponiéndose su publicación en virtud de lo señalado en el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS: Actualización del capital social mínimo de las empresas supervisadas correspondientes al trimestre enero – marzo 2011 (en nuevos soles) CAPITAL SOCIAL MÍNIMO (*) A. Empresas de Operaciones Múltiples 1. Empresas Bancarias. 23,544,983 2. Empresas Financieras. 11,840,376 3. Caja Municipal de Ahorro y Crédito. 1,070,370 4. Caja Municipal de Crédito Popular. 6,314,867 5. Entidad de Desarrollo a la Pequeña y Micro Empresa - EDPYME. 1,070,370 6. Cooperativas de Ahorro y Crédito autorizadas a captar recursos del público. 1,070,370 7. Caja Rural de Ahorro y Crédito. 1,070,370 B. Empresas Especializadas 1. Empresa de Capitalización Inmobiliaria. 11,840,376 2. Empresa de Arrendamiento Financiero. 3,852,069 3. Empresa de Factoring. 2,140,740 4. Empresa Afi anzadora y de Garantías. 2,140,740 5. Empresa de Servicios Fiduciarios. 2,140,740 6. Empresas Administradoras Hipotecarias 3,864,469 C. Bancos de Inversión 23,544,983 D. Empresas de Seguros 1. Empresa que opera en un solo ramo (de riesgos generales o de vida). 4,281,480 2. Empresa que opera en ambos ramos (de riesgos generales y de vida). 5,885,456 3. Empresa de Seguros y Reaseguros. 14,983,602 4. Empresa de Reaseguros. 9,098,145 E. Empresas de Servicios Complementarios y Conexos 1. Almacén General de Depósito. 3,852,069 2. Empresa de Transporte, Custodia y Administración de Numerario. 15,787,169 3. Empresa Emisora de Tarjetas de Crédito y/o Débito. 1,070,370 4. Empresa de Transferencia de Fondos. 1,070,370 Índice Base: Octubre 1996, factor IPM octubre 1996 – diciembre 2010: 1.5787169 * Las actualizaciones se realizan respecto del Índice de Precios al Por Mayor (IPM) base de octubre de 1996, artículo 18º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modifi catorias. Atentamente, FELIPE TAM FOX Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 585827-1 TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Declaran infundadas demandas de inconstitucionalidad interpuestas contra la Ordenanza Municipal Nº 025-2008-MDM emitida por la Municipalidad Distrital de Majes EXPEDIENTE Nº 00010 Y 00011-2009-PI/TC ACUMULADOS LIMA ALCALDE PROVINCIAL DE CAYLLOMA Y 1,140 CIUDADANOS DEL DISTRITO DE MAJES RAZÓN DE RELATORÍA En el proceso de inconstitucionalidad de autos no se ha logrado conseguir 5 votos conformes (como lo prevé el