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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 8 de enero de 2011 433813 Lima; materia de la resolución Nº 146-2009-MP-FN, de fecha 10 de febrero del 2009 . Artículo Segundo.- Nombrar al doctor Javier Eduardo Jiménez Vivas, como Fiscal Adjunto Superior Provisional del Distrito Judicial de Lima, designándolo en el Despacho de la Primera Fiscalía Superior Civil de Lima, con retención de su cargo de carrera. Artículo Tercero.- Nombrar a la doctora Miriam Luisa Malqui Moscoso, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Lima, designándola en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Civil de Lima. Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Fiscal Superior Titular - Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Lima, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los Fiscales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLADYS MARGOT ECHAIZ RAMOS Fiscal de la Nación 587265-3 Dan por concluido nombramiento de Fiscal del Distrito Judicial de San Martín y su designación en el Despacho de la Fiscalía Superior Mixta Descentralizada de Mariscal Cáceres - Juanjuí RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 018-2011-MP-FN Lima, 7 de enero de 2011 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, por necesidad de servicio y estando a las facultades concedidas por el Artículo 64° del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del doctor Fernando Abraham Alcántara Vélez, como Fiscal Adjunto Superior Provisional del distrito judicial del San Martín, y su designación en el Despacho de la Fiscalía Superior Mixta Descentralizada de Mariscal Cáceres - Juanjuí, con sede en Juanjuí; materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 596-2010-MP-FN, de fecha 30 de marzo de 2010, sin perjuicio de las acciones legales que pudiesen ser pertinentes por las quejas y/o denuncias interpuestas en el ejercicio de su función fiscal. Artículo Segundo.- Facultar al Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del distrito judicial de San Martín, para que disponga lo conveniente respecto a la atención de los requerimientos que presente el Despacho de la Fiscalía Superior Mixta Descentralizada de Mariscal Cáceres - Juanjuí, con sede en Juanjuí, mientras se designe al Fiscal Adjunto Superior. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, al Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del distrito judicial de San Martín, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y al interesado, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLADYS MARGOT ECHAIZ RAMOS Fiscal de la Nación 587265-4 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan a Cardif del Perú Compañía de Seguros la comercialización de productos de seguros a través de los canales “Puntos de Venta”, “Comercializadores” y “Sistemas de comercialización a distancia” RESOLUCIÓN SBS Nº 18073-2010 Lima, 28 de diciembre de 2010 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por CARDIF DEL PERÚ COMPAÑÍA DE SEGUROS para que se le autorice comercializar productos de seguros a través del canal “Puntos de Venta”; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS Nº 2996-2010, de fecha 25 de marzo de 2010, se aprobó el Reglamento Marco de Comercialización de Productos de Seguros, que establece las normas a las que deberán sujetarse las empresas aseguradoras para la comercialización de productos de seguros; Que, la citada empresa ha cumplido con remitir a este órgano de control la documentación señalada en el Procedimiento Nº 145 del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, aprobado por Resolución SBS Nº 131-2002; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión del Sistema de Seguros “B”, mediante Informe Nº 131-2010-DSSSB; y, De conformidad con lo dispuesto en numeral 21 del Reglamento Marco de Comercialización de Productos de Seguros. RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a CARDIF DEL PERÚ COMPAÑÍA DE SEGUROS la comercialización de productos de seguros a través del canal “Puntos de Venta”. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARMANDO CÁCERES VALDERRAMA Superintendente Adjunto de Seguros 586460-1 RESOLUCIÓN SBS Nº 18074-2010 Lima, 28 de diciembre de 2010 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por CARDIF DEL PERÚ COMPAÑÍA DE SEGUROS para que se le autorice comercializar productos de seguros a través del canal “Comercializadores”; y,