Norma Legal Oficial del día 15 de enero del año 2011 (15/01/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 15 de enero de 2011

las condiciones establecidas en la autorizacion, en las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion y en el Reglamento Especifico del Servicio de Radiodifusion; Que, con Informe Nº 1379-2004-MTC/18.01.1 del 07 de diciembre de 2004, la entonces Subdireccion de Control de MORDAZA de la Direccion de Monitoreo e Inspeccion de Telecomunicaciones, dando cuenta de la verificacion tecnica efectuada a la mencionada estacion el dia 15 de noviembre de 2004, comunica que la estacion perteneciente a la empresa RADIO HORIZONTE LA VOZ DEL AGRO S.A. se encuentra operando el servicio autorizado; Que, mediante Resolucion Viceministerial Nº 082-2004MTC/03, ratificada mediante Resolucion Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03 y modificada mediante Resolucion Viceministerial Nº 147-2009-MTC/03, se aprobaron los Planes de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias en la Banda de Frecuencia Modulada (FM) para diversas localidades del departamento de Ica, entre las cuales se encuentra la localidad de Chincha, la misma que incluye al distrito de Pueblo MORDAZA, provincia de Chincha, departamento de Ica; Que, con Informe Nº 4572-2010-MTC/28, e Informe Ampliatorio Nº 4859­2010-MTC/28, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, considera que es procedente otorgar a la empresa RADIO HORIZONTE LA VOZ DEL AGRO S.A., autorizacion por el plazo de diez (10) anos, por periodos sucesivos, que incluye el periodo de instalacion y prueba otorgado mediante Resolucion Viceministerial Nº 273-98-MTC/15.03. y que por tanto, debera culminar el 08 de octubre de 2018, plazo computado desde el dia siguiente de la publicacion de la citada Resolucion; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29370, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC, el Texto Unico Ordenado del Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004MTC, la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005MTC, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio aprobado por Decreto Supremo Nº 0082002-MTC y modificado por Resoluciones Ministeriales Nº 644-2007-MTC/01 y Nº 846-2009-MTC/01, el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias en la banda de Frecuencia Modulada (FM) para las localidades correspondientes al departamento de Ica, aprobado con Resolucion Viceministerial Nº 082-2004-MTC/03, ratificado con Resolucion Viceministerial Nº 746-2008MTC/03, y modificado con Resolucion Viceministerial Nº 147-2009-MTC/03, el Decreto Supremo Nº 038-2003MTC, modificado por el Decreto Supremo Nº 038-2006MTC, que establece los Limites Maximos Permisibles de Radiaciones No lonizantes en Telecomunicaciones, las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion aprobados por Resolucion Ministerial Nº 358-2003MTC/03 y su modificatorias; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la empresa RADIO HORIZONTE LA VOZ DEL AGRO S.A., autorizacion por el plazo de diez (10) anos, por periodos sucesivos, para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Chincha, distrito de Pueblo MORDAZA, provincia de Chincha, departamento de Ica. Articulo 2º.- El plazo de vigencia de la autorizacion a que se refiere el articulo precedente, comprende el periodo de instalacion y prueba, computandose a partir del dia siguiente de publicada la Resolucion

Viceministerial Nº 273-98-MTC/15.03, el cual vencera el 08 de octubre de 2018. La Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones procedera a extender la correspondiente Licencia de Operacion. Articulo 3º.- Conforme a lo establecido en el articulo 5º del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, la titular adoptara las medidas necesarias para garantizar que las radiaciones que emita la estacion de radiodifusion que se autoriza no excedan los valores establecidos como limites maximos permisibles en el acotado Decreto Supremo. Articulo 4º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones, para los fines de su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones
588019-1

Declaran aprobada solicitud de transferencia de autorizacion a favor de Magic Sistems S.R.L. para prestar servicio de radiodifusion sonora comercial en la localidad de MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 1018-2010-MTC/03

MORDAZA, 23 de diciembre de 2010 VISTO, el escrito de Registro No. 2003-009824 del 22 de MORDAZA de 2003, sobre transferencia de autorizacion a favor de la empresa MAGIC SISTEMS S.R.L.; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Ministerial No. 434-93-TCC/15.17 del 29 de octubre de 1993, se otorgo autorizacion a la EMPRESA DE RADIODIFUSION MORDAZA E.I.R.L., por el plazo de diez (10) anos, para el establecimiento de una estacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Onda Media (OM), en el distrito de Paucarpata, provincia y departamento de Arequipa; Que, con escrito de registro No. 2003-009824 del 22 de MORDAZA de 2003, la empresa MAGIC SISTEMS S.R.L., comunico que se encontraba adquiriendo la autorizacion otorgada mediante Resolucion Ministerial No. 43493-TCC/15.17 a la EMPRESA DE RADIODIFUSION MORDAZA E.I.R.L., para lo cual, remitio una propuesta de transferencia; dicho escrito fue reiterado mediante escritos de registro No. 022672, No. 2004-007255 y No. 070030; Que, al respecto cabe indicar que el numeral 2) del articulo 64º del Decreto Supremo No. 005-2005-MTC dispone que el titular de la autorizacion es quien puede transferir la autorizacion, previa aprobacion del Ministerio, de lo cual se desprende que este es el unico que puede comunicar y gestionar la transferencia de su autorizacion; en ese sentido, debera tomarse en cuenta el escrito de registro No. 2003-009824 ademas de los escritos de registro No. 2005-000007 del 3 de enero de 2005 y No. 062985 del 12 de octubre de 2005, en los cuales, la EMPRESA DE RADIODIFUSION MORDAZA E.I.R.L., ratifica la voluntad de las partes de suscribir la transferencia de la aludida autorizacion, quedando convalidada dicha solicitud al 22 de MORDAZA de 2003; Que, con Resolucion Viceministerial No. 456-2006MTC/03, del 28 de agosto de 2006, se renovo por el plazo de diez (10) anos, la autorizacion otorgada por Resolucion Ministerial No. 434-93-TCC/15.17, cuyo periodo vencera el 26 de octubre de 2013; Que, la Primera Disposicion Final y Transitoria del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado por Decreto Supremo No. 005-2005-MTC, dispone que los

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