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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 15 de enero de 2011 434257 a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios y Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito que se produzcan durante el año se incorporan por Resolución del Titular del Pliego; Que, asimismo, el artículo 69° de la Ley a que hace referencia el considerando precedente, establece instituciones nacionales o internacionales, públicas o privadas diferentes a las provenientes de los convenios de cooperación técnica no reembolsable, serán aprobadas por Resolución del titular de la Entidad, consignando la fuente donante y el destino de estos fondos públicos; Que, en atención a las consideraciones expuestas, resulta necesario aceptar la donación por la diferencia de la contribución, la cual asciende a US$ 468, 267.00 (CUATROCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE DÓLARES AMERICANOS), teniendo en cuenta que ya se realizó la aceptación de donación de un primer desembolso (US$ 31,733.00), para el fi nanciamiento del Convenio de Cooperación Técnica no Reembolsable N° ATN/OC- 11570-PE “Fundamentos Técnicos y Operativos del Servicio Nacional de Empleo de Perú (SENEP)”; Con las visaciones del Viceministro de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, de la Directora General (e) del Servicio Nacional del Empleo, de la Jefa de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, de la Jefa (e) de la Ofi cina General de Cooperación y Asuntos Internacionales, y del Jefe de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 25° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y el artículo 69° de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Objeto Aceptar la donación efectuada por el Banco Interamericano de Desarrollo - BID a favor del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo equivalente a US$ 468, 267.00 (CUATROCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE DÓLARES AMERICANOS), para el financiamiento del Convenio de Cooperación Técnica No Reembolsable N° ATN/ OC-11570-PE “Fundamentos Técnicos y Operativos del Servicio Nacional de Empleo de Perú (SENEP)”. Artículo 2º.- Agradecimiento Agradecer al Banco Interamericano de Desarrollo- BID por la donación otorgada a favor del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUELA GARCÍA COCHAGNE Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 590270-2 Aprueban la “Matriz de Metas e Indicadores de Desempeño del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, correspondiente al Año Fiscal 2011” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 023-2011-TR Lima, 14 de enero de 2011 VISTO: El Ofi cio N° 043-2011-MTPE/4/9 del Jefe de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo es el organismo rector en materia de trabajo y promoción del empleo; Que, el artículo 4° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece como competencia exclusiva del Poder Ejecutivo, el diseño y supervisión de las políticas nacionales y sectoriales, las cuales son de cumplimiento obligatorio para todas las entidades del Estado en todos los niveles de gobierno; Que, asimismo, el literal a) del numeral 22.2 del artículo 22º de la referida Ley, prescribe que corresponde a los Ministerios ejecutar y supervisar políticas nacionales y sectoriales; Que, mediante Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM y modifi catorias, se establecieron las Políticas Nacionales de Obligatorio Cumplimiento para todas las Entidades del Gobierno Nacional, a fi n de que el conjunto de las instituciones y funcionarios públicos del Estado impulsen transversalmente su promoción y ejecución, en adición al cumplimiento de las políticas sectoriales; Que, el citado dispositivo en su artículo 3° establece que mediante Resolución Ministerial cada Ministerio deberá aprobar y publicar las metas concretas y los indicadores de desempeño para evaluar semestralmente el cumplimiento de las Políticas Nacionales y Sectoriales de su competencia; Que, en cumplimiento del citado dispositivo legal, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto ha elaborado la “Matriz de Metas e Indicadores de Desempeño del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo correspondiente al Año Fiscal 2011”, que como Anexo forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial, el mismo que es necesario aprobar; Con las visaciones de la Viceministra de Trabajo, del Viceministro de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral y de los Jefes de las Ofi cinas Generales de Asesoría Jurídica y Planeamiento y Presupuesto; y, En uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del artículo 25º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el literal b) del artículo 7º de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2010-TR; y el Decreto Supremo N° 027-2010-PCM, que defi ne y establece las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la “Matriz de Metas e Indicadores de Desempeño del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, correspondiente al Año Fiscal 2011”, que en Anexo adjunto forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2°.- Los Directores, Jefes y Coordinadores de las Unidades Orgánicas, Programas y/o Proyectos del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo son responsables del cumplimiento de las metas e indicadores a que hace referencia el artículo precedente. Artículo 3°.- La Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto es el Órgano responsable de consolidar la información y de realizar el seguimiento y evaluación correspondiente a la Matriz aprobada por la presente Resolución Ministerial. Artículo 4°.- Publíquese la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial “El Peruano” y el Anexo integrante de la misma, en el Portal Institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www. mintra.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUELA GARCIA COCHAGNE Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 590506-1