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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 18 de enero de 2011 434416 autorizado mediante el presente Acuerdo, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, deberá presentar un informe a este órgano colegiado, así como al Despacho Viceministerial de Pesquería, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. 4º.- El presente Acuerdo no otorgará derecho de exoneración o liberación de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. 5º.- DISPONER la publicación del presente Acuerdo en el Diario Ofi cial El Peruano. El acuerdo que antecede se adoptó con dispensa del trámite de lectura y aprobación previa de la presente Acta. Callao, 14 de enero de 2011. CRISTINA REYES SORIA Secretaria Consejo Directivo Instituto Tecnológico Pesquero del Perú I.T.P. 591079-1 SALUD Aprueban el Documento Técnico: Lineamientos de Política para la Vigilancia Ciudadana en Salud RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 040-2011/MINSA Lima, 14 de enero del 2011 Visto el expediente Nº 10-082828-001, que contiene el Informe Nº 037-2010-JGG/DPCS/DGPS/MINSA, de la Dirección General de Promoción de la Salud, e Informe Nº 800-2010-OGAJ/MINSA, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el artículo 2º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud, establece que el Ministerio de Salud es el ente rector del Sector Salud que conduce, regula y promueve la intervención del Sistema Nacional de Salud, con la fi nalidad de lograr el desarrollo de la persona humana, a través de la promoción, protección, recuperación y rehabilitación de su salud y del desarrollo de un entorno saludable, con pleno respeto de los derechos fundamentales de la persona, desde su concepción hasta su muerte natural; Que, el numeral 7) del artículo 4º de la Ley Nº 29344, Ley Marco del Aseguramiento Universal en Salud, dispone que la participación es el ejercicio de la ciudadanía en la formulación y seguimiento de políticas de aseguramiento universal en salud y, asimismo, el artículo 6º de la misma Ley estipula que el Ministerio de Salud en ejercicio de su rol rector es responsable de establecer de manera descentralizada y participativa las normas y las políticas relacionadas con la promoción, la implementación y el fortalecimiento del aseguramiento universal en salud; Que, el artículo 9º del Reglamento de la Ley Marco del Aseguramiento Universal en Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2010-SA, dispone que el Ministerio de Salud establecerá los mecanismos de vigilancia ciudadana a ser desarrollados por los Gobiernos Regionales y Locales con miras al cumplimiento de los derechos de la población en el aseguramiento universal en salud, con especial atención de sus garantías de calidad, oportunidad y fi nanciamiento; Que, el artículo 60º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2005-SA, dispone que la Dirección General de Promoción de la Salud, es el órgano técnico- normativo, responsable de la conducción del proceso de Promoción de la Salud, así como de contribuir al desarrollo integral de la persona, familia y comunidad cuyas acciones inciden en los determinantes sociales que infl uyen en la salud de la población; Que, en el marco de sus competencias, la Dirección General de Promoción de la Salud ha propuesto para su aprobación el Documento Técnico: Lineamientos de Política para la Vigilancia Ciudadana en Salud, con la fi nalidad de contribuir a garantizar el ejercicio de los derechos y responsabilidades en salud de la población a través del fortalecimiento de la participación en vigilancia ciudadana en salud, optimizando los procesos de la atención integral de la salud; Estando a lo propuesto por la Dirección General de Promoción de la Salud; Con el visado del Director General de la Dirección General de Promoción de la Salud, del Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y de la Viceministra de Salud; De conformidad con el inciso I) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Documento Técnico: Lineamientos de Política para la Vigilancia Ciudadana en Salud, que en documento adjunto forma parte de la presente resolución. Artículo 2º.- Encargar a la Dirección General de Promoción de la Salud la difusión, supervisión y evaluación de lo dispuesto en el citado documento técnico. Artículo 3º.- Las Direcciones de Salud de Lima y las Direcciones Regionales de Salud, o quien haga sus veces en el ámbito regional, son los responsables de la implementación, supervisión y aplicación del presente documento técnico, dentro de sus respectivas jurisdicciones. Artículo 4º.- Disponer que la Ofi cina General de Comunicaciones publique la presente Resolución Ministerial en la dirección electrónica http://www.minsa. gob.pe/transparencia/dge_normas.asp del Portal de Internet del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR RAÚL UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 591139-1 Constituyen Comisión Sectorial para la elaboración del “Plan de Acción para la Transferencia de Funciones Sectoriales a la Municipalidad Metropolitana de Lima” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 041-2011/MINSA Lima, 14 de enero del 2011 Visto el expediente Nº 11-003115-001, que contiene el Informe Nº 001-2011-OD/MINSA, de la Ofi cina de Descentralización, e Informe Nº 030-2011-OGAJ/MINSA, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 1976-2002- SA/DM se constituyó la Comisión Sectorial de Transferencia del Ministerio de Salud, encargada de efectuar el proceso de transferencia de competencias y recursos a los gobiernos regionales y locales correspondientes al Sector Salud, disponiéndose su recomposición mediante las Resoluciones Ministeriales Nº 1292-2003-SA/DM, Nº 569- 2004/MINSA, Nº 425-2006/MINSA y 558-2007/MINSA; Que, el numeral 8) de la Directiva Nº 001-2007-PCM/ SD “Normas para la Ejecución de la Transferencia del año 2007 a los Gobiernos Regionales y Locales, de las Funciones Sectoriales incluidas en los Planes Anuales de Transferencia”, aprobada por Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 003-2007-PCM-SD, establece que la transferencia de Funciones Sectoriales y recursos al Gobierno Regional de Lima Metropolitana, se realizará a través de una Comisión Bipartita de Transferencia, integrada por representantes de la Secretaría de Descentralización de la PCM y de la Municipalidad Metropolitana de Lima,