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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 18 de enero de 2011 434419 técnicos, aeroclubes, centros de instrucción y asociaciones aerodeportivas en general, así como fomentar la creación y el desarrollo de aeródromos públicos y privados, otorgando las facilidades que sean convenientes para este propósito; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 119-2009- MTC/02, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones declaró de interés nacional el Proyecto de Construcción de un aeródromo de uso público, así como las instalaciones necesarias para el desarrollo de actividades formativas de la aviación civil y todas aquellas que le son inherentes, en el terreno de 11 766 758,34 m2, a la altura de los kms. 181 y 183 de la Carretera Panamericana Sur, distrito de Grocio Prado, provincia de Chincha, departamento de Ica; Que, el citado Proyecto está básicamente orientado a la promoción de la Aviación General, ya que contribuirá a promover la capacitación de personal aeronáutico nacional, así como permitirá la creación de infraestructura necesaria para la escuela de aviación de tripulantes técnicos; Que, en el presente año, se conmemoran cien años del primer vuelo en aeronave en el territorio nacional, hazaña ejecutada por el señor Juan Bielovucic Cavalié, ilustre peruano, propulsor de la aviación en el Perú y artífi ce de la llegada de nueva tecnología a nuestro país en materia de aeronáutica, el cual asimismo sobresale por su importante labor como primer Director - Instructor de la Escuela Nacional de Aviación, manifestando de este modo su dedicación a las labores de instrucción de vuelo, compartiendo con la aviación nacional su conocimiento y experiencia; Que, por lo antes expuesto se ha considerado denominar al Aeródromo que se construirá en el marco del citado Proyecto como “Aeródromo Juan Bielovucic Cavalié”; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú; SE RESUELVE: Artículo Único.- Determinar que las instalaciones que se construirán en el marco del Proyecto declarado de interés nacional mediante Resolución Ministerial Nº 119- 2009-MTC/02 mencionada en la parte considerativa de la presente Resolución, se denominarán “Aeródromo Juan Bielovucic Cavalié”. Regístrese y comuníquese. ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 591180-1 VIVIENDA Aceptan renuncia de Viceministro de Construcción y Saneamiento y encargan sus funciones al Viceministro de Vivienda y Urbanismo RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 001-2011-VIVIENDA Lima, 17 de enero de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 002-2010- VIVIENDA, se designó al señor Guillermo Enrique Vivanco Dueñas en el cargo de Viceministro de Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, el citado funcionario ha formulado renuncia al cargo que venía desempeñando, por lo que resulta necesario dictar el acto de administración aceptando la renuncia acotada; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes N° 27594, 27792 y 29158 y su modificatoria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Guillermo Enrique Vivanco Dueñas al cargo de Viceministro de Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Artículo 2º.- Encargar a partir de la fecha, el cargo de Viceministro de Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, al señor David Alfonso Ramos López, Viceministro de Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JUAN SARMIENTO SOTO Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 591182-7 Modifican R.M. 002-2011-VIVIENDA sobre delegación de facultades RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 005-2011-VIVIENDA Lima, 12 de enero del 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, se defi ne las funciones generales y la estructura orgánica de los Ministerios, precisando en el último párrafo de su artículo 25, que los Ministros de Estado pueden delegar en los funcionarios de cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función, siempre que la normatividad lo autorice; Que, el literal k) del artículo 12 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en adelante ROF, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, modifi cado por Decreto Supremo Nº 045-2006-VIVIENDA, establece que es función del Ministro delegar en los Viceministros y en otros funcionarios del Sector, las atribuciones y facultades que no sean privativas de su función de Ministro de Estado; Que, con fecha 13 de septiembre de 2003, se suscribió el Acuerdo de Préstamo N° 7142-PE entre el Gobierno Peruano y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), destinado a fi nanciar parcialmente la ejecución del Programa Nacional de Agua y Saneamiento Rural - PRONASAR, por un valor ascendente a la suma de US $ 50 000 000,00; Que, por Decreto Supremo Nº 006-2007-VIVIENDA, se crea el Programa Agua Para Todos en el Viceministerio de Construcción y Saneamiento, como la Unidad Ejecutora 004 del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, que integra las acciones administrativas y otras que se requieren para el desarrollo de las actividades que se ejecuten, entre otros, en el ámbito de la Unidad de Gestión del PRONASAR; Que, en mérito de la Enmienda al Convenio de Préstamo N° 7142-PE suscrita el 05 de mayo de 2006, que modifi có el modelo de ejecución del proyecto bajo la administración del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, mediante Resolución Ministerial N° 207- 2006-VIVIENDA se aprobó el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Agua y Saneamiento Rural - UGP PRONASAR en el marco de la Enmienda al Convenio de Préstamo N° 7142-PE; Que, con fecha 14 de diciembre de 2010, se realizó la Tercera Enmienda al Convenio de Préstamo N° 7142-PE, mediante la cual se amplía la vigencia del mismo hasta el 31 de diciembre de 2013. Asimismo, en esa misma fecha se suscribió el Convenio de Préstamo N° 7978-PE, mediante el cual se acordó un fi nanciamiento adicional para la ejecución parcial de las obras de PRONASAR enmarcadas en el Convenio de Préstamo N° 7142-PE; Que, resulta necesario modifi car el artículo 1 de la Resolución N° 002-2011-VIVIENDA, por la cual se delegó