Norma Legal Oficial del día 20 de enero del año 2011 (20/01/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES
3. MORDAZA 4. MORDAZA Crnl. 5. MORDAZA MORDAZA 6.Teniente MORDAZA

El Peruano MORDAZA, jueves 20 de enero de 2011

Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, a personal militar de la MORDAZA de Brasil, detallado a continuacion, para realizar una reunion de coordinacion con la MORDAZA de MORDAZA del Peru, del 25 al 27 de enero de 2011. 1. Contralmirante Roberio da Cunha Coutinho. 2. Capitan de Navio MORDAZA Ferreira Botelho. Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificado por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA THORNE MORDAZA Ministro de Defensa
591853-1 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 033-2011-DE/SG

MORDAZA MORDAZA Arraco MORDAZA MORDAZA Serra Llopart MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Olombrada MORDAZA

Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificado por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA THORNE MORDAZA Ministro de Defensa
591853-2

EDUCACION
Aprueban Normas y Procedimientos para el reconocimiento y valor legal pleno en el Peru de titulos otorgados por universidades acreditadas por parte de los Estados con los cuales se suscriba acuerdos comerciales, convenios culturales y otros
RESOLUCION MINISTERIAL N° 0035-2011-ED

MORDAZA, 18 de enero de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Facsimil (DGS) Nº 1307 de fecha 20 de diciembre de 2010, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar del Reino de Espana, sin MORDAZA de guerra; Que, en el mes de enero se realizara la IV Reunion de la Comision Mixta Hispano Peruana de Defensa, establecida en el MORDAZA del Acuerdo de Cooperacion, suscrito entre el Ministerio de Defensa del Reino de Espana y el Ministerio de Defensa del Peru el ano 2006; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856 - Ley de requisitos para la autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica, modificado por Ley Nº 28899, establece que "el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores"; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa y de conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley No. 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica de personal militar del Reino de Espana, detallado a continuacion, para participar en la IV Reunion de la Comision Mixta Hispano Peruana de Defensa, del 18 al 20 de enero de 2011: 1. Contralmirante 2. MORDAZA MORDAZA Horcada Rubio MORDAZA Alaves Lledo

MORDAZA, 19 de enero de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1087, se declara de interes nacional el impulso a la inversion en la educacion para el mejor aprovechamiento del Acuerdo de Promocion Comercial Peru - Estados Unidos y su Protocolo de Enmienda, asi como de los acuerdos comerciales internacionales analogos celebrados o por celebrarse por el Estado peruano, con el proposito de alcanzar el mayor desarrollo del capital humano y el desarrollo economico sostenible; Que, el articulo 7º del citado Decreto Legislativo prescribe que un Comite integrado por un representante de la Asamblea Nacional de Rectores, un representante del Ministerio de Educacion y un representante del Consejo de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad de la Educacion Superior Universitaria - CONEAU, organo operador del Sistema Nacional de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad Educativa SINEACE, establecera las normas y procedimientos para el reconocimiento y valor legal pleno en el Peru de los titulos profesionales, MORDAZA de bachiller, de magister, maestro o master y de doctor otorgados por universidades acreditadas por parte de los Estados con los cuales el Peru suscriba acuerdos comerciales, convenios culturales y otros similares, siempre y cuando, estos establezcan compromisos de reconocimiento reciproco; Que, asimismo la Unica Disposicion Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 021-2008-ED, autoriza al Ministerio de Educacion expedir las normas complementarias necesarias para la aplicacion de dicho Decreto Supremo; Que, en tal sentido, el Comite aludido, ha presentado las normas y procedimientos para el reconocimiento y valor legal pleno en el Peru de los titulos profesionales, MORDAZA de bachiller, de magister, maestro o master y de doctor otorgados por universidades acreditadas por parte de los Estados con los cuales el Peru suscriba acuerdos comerciales, convenios culturales y otros similares, siempre y cuando, estos establezcan compromisos de reconocimiento reciproco, por lo que resulta necesario aprobar las mismas;

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