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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE ENERO DEL AÑO 2011 (20/01/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 20

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 20 de enero de 2011 434592 Otorgan a Iberopesca permiso de pesca para operar embarcaciones de bandera ecuatoriana RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 789-2010-PRODUCE/DGEPP Lima, 23 de Diciembre del 2010 Visto el escrito con registro Nº 00093176-2010, del 01, 10, 15 y 21 de diciembre del 2010, presentado por doña CLAUDIA MARIA CONSUELO LEON ROSAS, con domicilio legal en la Av. La Encalada Nº 1257 Ofi cina Nº 303, Distrito de Santiago de Surco, Provincia de Lima, Depamento de Lima, en representación de la empresa INDUSTRIAL PESQUERA IBEROAMERICANA S.A.-IBEROPESCA. CONSIDERANDO: Que, el inciso c), del Artículo 43° del Decreto Ley N° 25977, Ley General de Pesca, dispone que las personas naturales o jurídicas requerirán de permiso de pesca para la operación de embarcaciones pesqueras de bandera nacional y extranjera. Asimismo, el Artículo 47° de dicha norma establece que las operaciones de embarcaciones de bandera extranjera en aguas jurisdiccionales peruanas, se efectuarán sobre el excedente de la captura permisible no aprovechada de recursos hidrobiológicos por la fl ota existente en el país, sujetándose a los términos y condiciones establecidos en la legislación interna sobre preservación y explotación de los recursos hidrobiológicos y sobre los procedimientos de inspección y control, para lo cual los armadores extranjeros deberán acreditar domicilio y representación legal en el país; Que, los Artículos 44° y 45° del Decreto Ley N° 25977, Ley General de Pesca, establecen que el permiso de pesca es un derecho específi co que el Ministerio de la Producción otorga a plazo determinado para el desarrollo de las actividades pesqueras, previo pago de los derechos correspondientes; Que, el inciso c), del Artículo 48° de la referida Ley dispone que la pesca en aguas jurisdiccionales peruanas podrá llevarse a cabo por embarcaciones de bandera extranjera, para la extracción de recursos de oportunidad o altamente migratorios o aquellos otros subexplotados que determine el Ministerio de la Producción, mediante el pago de derechos por permiso de pesca; Que, mediante Decreto Supremo N° 032-2003- PRODUCE del 04 de noviembre del 2003, se aprobó el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atún, estableciéndose en su numeral 7.3 del Artículo 7º el monto de los derechos de pesca para las embarcaciones pesqueras atuneras de bandera extranjera en US$ 50.00 (cincuenta dólares de los Estados Unidos de América) por cada tonelada de Arqueo Neto, por un período de tres (3) meses; Que, mediante el escrito del visto, doña CLAUDIA MARIA CONSUELO LEON ROSAS en representación de la empresa INDUSTRIAL PESQUERA IBEROAMERICANA S.A.-IBEROPESCA, solicita permiso de pesca para operar la embarcación pesquera denominada “DON BARTOLO”, con matrícula P-04-00637 de bandera ecuatoriana, en la extracción del recurso hidrobiológico atún, con destino al consumo humano directo, dentro de las aguas jurisdiccionales peruanas, por el período de tres (03) meses a partir del 04 de enero del 2011; Que, de la evaluación efectuada a los documentos que obran en el expediente, la recurrente acredita que la embarcación pesquera “DON BARTOLO” cumple con los requisitos sustantivos exigidos en el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atún aprobado por Decreto Supremo N° 032-2003-PRODUCE, así como los requisitos exigidos en el Procedimiento Nº 9 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE, por lo que resulta procedente otorgar el permiso de pesca solicitado; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Producción mediante Informe Nº 740-2010-PRODUCE/DGEPP-Dch, y con el Informe Legal Nº xxx; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atún, aprobado por Decreto Supremo Nº 032-2003-PRODUCE; el Procedimiento Nº 9 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2010-PRODUCE; y, En uso de las atribuciones conferidas en el artículo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y por el literal c) del artículo 21º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Otorgar a la empresa INDUSTRIAL PESQUERA IBEROAMERICANA S.A.-IBEROPESCA, representada en el país por doña CLAUDIA MARIA CONSUELO LEON ROSAS, permiso de pesca para operar la embarcación pesquera de cerco de bandera ecuatoriana, denominada “DON BARTOLO” la cual cuenta con características que se detallan en el siguiente cuadro, para la extracción del recurso hidrobiológico atún en aguas jurisdiccionales peruanas fuera de las diez (10) millas de la costa, con destino al consumo humano directo, equipada con redes de cerco de 110 mm de longitud de abertura de malla, por un plazo determinado de tres meses contados a partir del 04 de enero del 2011. Nº NOMBRE DE LA EMBARCACIÓN MATRÍCULA TIPO DE CASCO TIPO DE RÉGIMEN ZONA 23 TASA 216 CE-6353-PM ACERO NAVAL DECRETO LEY Nº 25985 NORTE-CENTRO 24 TASA 217 PS-0859-PM ACERO NAVAL DECRETO LEY Nº 26002 NORTE-CENTRO 25 TASA 219 (EX - GALO 1) CE-0193-PM ACERO NAVAL DECRETO LEY Nº 25997 NORTE-CENTRO 26 TASA 24 CE-4028-PM ACERO NAVAL DECRETO LEY Nº 26010 NORTE-CENTRO 27 TASA 25 MO-4666-PM ACERO NAVAL DECRETO LEY Nº 26003 NORTE-CENTRO 28 TASA 27 CE-2453-PM ACERO NAVAL DECRETO LEY Nº 25991 NORTE-CENTRO 29 TASA 28 MO-02478-PM ACERO NAVAL DECRETO LEY Nº 25977 NORTE-CENTRO 30 TASA 316 (EX - CARLOS ALBERTO) PS-2416-PM ACERO NAVAL DECRETO LEY Nº 25998 NORTE-CENTRO 31 TASA 33 HO-12147-PM ACERO NAVAL DECRETO LEY Nº25994 NORTE-CENTRO 32 TASA 410 PT-06559-PM ACERO NAVAL DECRETO LEY Nº 25990 NORTE-CENTRO 33 TASA 421 CE-0947-PM ACERO NAVAL DECRETO LEY Nº 26000 NORTE-CENTRO 34 TASA 422 PL-2035-PM ACERO NAVAL DECRETO LEY Nº 25977 NORTE-CENTRO 35 TASA 48 HO-6512-PM ACERO NAVAL DECRETO LEY Nº 25992 NORTE-CENTRO 36 TASA 49 PS-6144-PM ACERO NAVAL DECRETO LEY Nº 26001 NORTE-CENTRO 591585-1