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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 20 de enero de 2011 434581 De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762 modifi cado por la Ley Nº 26510, el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED, sus modifi catorias y la Ley Nº 29158; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar las Normas y Procedimientos para el reconocimiento y valor legal pleno en el Perú de los títulos profesionales, grados de bachiller, de magíster, maestro o master y de doctor otorgados por universidades acreditadas por parte de los Estados con los cuales el Perú suscriba acuerdos comerciales, convenios culturales y otros similares, siempre y cuando, éstos establezcan compromisos de reconocimiento recíproco, documento que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Las normas y procedimientos aprobados en el artículo precedente, serán publicados en el Portal Electrónico del Ministerio de Educación, www.minedu. gob.pe en la misma fecha de la publicación ofi cial de la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Ministro de Educación 592287-2 Aprueban disposiciones para conocimiento y valoración de la vida y obra de José María Arguedas RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 005-2011-ED Lima, 19 de enero de 2011 CONSIDERANDO: Que, el artículo 79° de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por fi nalidad defi nir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado; Que, por Ley N° 28898 se instituye el Premio Nacional de Narrativa y Ensayo “José María Arguedas”, cuya principal fi nalidad es mantener latente el mensaje multicultural del insigne escritor y antropólogo peruano; Que, en el presente año se conmemora el centenario del nacimiento de José María Argüedas, por lo que en reconocimiento a su creación literaria en sus diversas formas narrativas y recuperación de tradiciones orales y escritas pertenecientes a las diversas expresiones culturales existentes en el país, y en el marco del PLAN LECTOR es conveniente que entre los estudiantes de la Educación Básica en sus tres modalidades, de Educación Básica Regular, Especial y Alternativa, se incorporen las obras de su autoría como recurso para el desarrollo de las habilidades comunicativas; así como, de valores y actitudes de creación literaria y afi rmación de la identidad peruana; Que, la Direcciones Regionales de Educación y las Unidades de Gestión Educativa Local organizarán programas de movilización en las Instituciones Educativas, espacios y situaciones de aprendizaje que permitan promover actitudes de reconocimiento y valoración de la creación literaria y antropológica de José María Arguedas, mediante la producción de textos literarios orales y escritos en base a la obra de José María Argüedas; Que, asimismo, es necesario que los Juegos Florales Escolares Nacionales organizados para el presente año por la Dirección de Promoción Escolar, Cultura y Deporte, lleven el nombre del ilustre escritor y antropólogo peruano; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 0386- 2006-ED, se aprueba la Directiva que contiene las Normas para la Organización y Aplicación del PLAN LECTOR, estrategia pedagógica básica para promover, organizar y orientar la práctica de la lectura en los estudiantes de Educación Básica Regular; Que, asimismo mediante Resolución Directoral Nº 0295-2007-ED del 26 de julio del 2007, se aprueban las “Orientaciones para la Organización y Aplicación del Plan Lector de Educación Básica Alternativa”; Estando a lo opinado mediante el Informe N° 004- 2011-VMGP-DIGEBR- DEP-DES, de las Direcciones de Educación Primaria y Secundaria de la Dirección General de Educación Básica Regular; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, modifi cado por la Ley Nº 26510, Ley Nº 28044 y el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Disponer, que en el área de comunicación y en la programación curricular que desarrollen las Instituciones Educativas de Educación Básica se promueva el conocimiento y valoración de la vida y obra del escritor y antropólogo peruano José María Arguedas. Artículo 2°.- Promover la lectura de las obras de José María Arguedas, en el marco del desarrollo del PLAN LECTOR. Artículo 3°.- Establecer que los Juegos Florales que organiza en el presente año la Dirección de Promoción Escolar, Cultura y Deporte, lleve el nombre del distinguido escritor y antropólogo José María Arguedas. Artículo 4°.- Encargar, a las Direcciones Regionales de Educación, Unidades de Gestión Educativa Local e Instituciones Educativas, la difusión y aplicación de las disposiciones aprobadas en la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. IDEL VEXLER T. Viceministro de Gestión Pedagógica 592287-1 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0026-2011-ED Mediante Ofi cio Nº 49-2011-ME/SG el Ministerio de Educación solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Ministerial Nº 0026-2011-ED, publicada el 14 de enero de 2011 En el artículo 1º, al modifi car el Art. 41º de los “Lineamientos y Procedimientos para el Concurso Público para el nombramiento de profesores 2009 al I nivel de la Carrera Pública Magisterial de la Ley Nº 29062” (página 434156): “Artículo 41º.- Proceso de Evaluación (...) c. Formación Profesional (...) 2. Estudios de Especialización, Diplomados y Capacitaciones...” DICE: “2.1 Especialización en Áreas Pedagógicas o de la Especialidad 6 puntos -Duración no menor de dos (02) años académicos (...) DEBE DECIR: “2.1 Especialización en Áreas Pedagógicas o de Especialidad 06 puntos -Duración no menor de un (01) año académico (...) 591669-1