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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE ENERO DEL AÑO 2011 (29/01/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 57

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 29 de enero de 2011 435217 comercial en onda media (OM), ubicada en el distrito de Illimo, provincia y departamento de Lambayeque. Dicha resolución se publicó el 18 de marzo de 1998; Que, el artículo 53º del entonces Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, concordado con el artículo 162º del entonces Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC, establecen que las autorizaciones otorgadas para la prestación de los servicios de radiodifusión se otorgan por un plazo máximo de diez (10) años, iniciándose con un período de instalación y prueba de doce (12) meses improrrogable; Que, asimismo, el artículo 21º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, Ley Nº 28278, establece que las autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusión se conceden por el plazo máximo de diez (10) años, iniciándose con un período de instalación y prueba de doce (12) meses improrrogable; Que, los artículos 184º y 185º del entonces Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, aplicable en virtud de la Primera Disposición Final y Transitoria del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, señalan que otorgada la autorización para prestar el servicio de radiodifusión, se inicia un período de instalación y prueba, dentro del cual el titular instalará los equipos requeridos para la prestación del servicio autorizado y realizará las pruebas de funcionamiento respectivas, lo que será verifi cado por el órgano competente del Ministerio, para cuyo efecto se emitirá el informe técnico correspondiente; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 4º de la Resolución Ministerial Nº 146-98-MTC/15.19, si las instalaciones de la estación hubieran concluido y las pruebas de funcionamiento resultasen satisfactorias, como consecuencia de la inspección técnica realizada, se procederá a conceder a la empresa RADIO CALIFORNIA S.A. autorización hasta por el plazo máximo de diez (10) años, contando para dicho efecto el presente período de instalación y prueba; Que, con Informe Nº 0733-99-MTC/15.19.03.3 del 11 de noviembre de 1999, la entonces Subdirección de Control de Estaciones Radioeléctricas de la entonces Dirección de Administración de Frecuencias, dio cuenta los resultados de la inspección técnica realizada el 24 de octubre de 1999, concluyendo que se encuentra apta para continuar con el trámite solicitado, es decir, que la inspección técnica es satisfactoria; Que, de acuerdo al Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias para el servicio de radiodifusión sonora en onda media (OM), para las localidades correspondientes al departamento de Lambayeque, aprobado con Resolución Viceministerial Nº 413-2005-MTC/03, se advierte que dentro de la localidad denominada Chiclayo-Ferreñafe- Lambayeque, se incluye al distrito de Illimo, provincia y departamento de Lambayeque; Que, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 5433-2010- MTC/28, considerando el informe técnico que da cuenta de la inspección técnica realizada a la estación del servicio de radiodifusión sonora comercial en onda media (OM), en la localidad de Chiclayo-Ferreñafe-Lambayeque, departamento de Lambayeque, autorizada a la empresa RADIO CALIFORNIA S.A., donde se concluye que es satisfactoria, considera procedente otorgarle autorización por el plazo de diez (10) años, por períodos sucesivos, que incluye el período de instalación y prueba autorizado mediante Resolución Ministerial N° 146-98-MTC/15.19; De conformidad con el entonces Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión aprobado con Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC con sus modifi catorias, el Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias para el servicio de radiodifusión sonora en onda media (OM), para las localidades correspondientes al departamento de Lambayeque, aprobado con Resolución Viceministerial Nº 413-2005-MTC/03, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; y, Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Otorgar autorización a la empresa RADIO CALIFORNIA S.A., por el plazo de diez (10) años, por períodos sucesivos, para prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial en onda media (OM), en la localidad de Chiclayo-Ferreñafe-Lambayeque, departamento de Lambayeque. Artículo 2º.- El plazo de la autorización a que se refi ere el artículo precedente incluye el período de instalación y prueba de doce (12) meses, computándose a partir del día siguiente de publicación de la Resolución Ministerial N° 146-98-MTC/15.19, por tanto vencerá el 19 de marzo del año 2018. La Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones procederá a extender la correspondiente Licencia de Operación. Artículo 3º.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE LUIS CUBA HIDALGO Viceministro de Comunicaciones 594553-1 Modifican Plan de canalización y asignación de frecuencias del servicio de radiodifusión por televisión en UHF de la localidad de Chiclayo - Lambayeque RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 0051-2011-MTC/03 Lima, 12 de enero de 2011 CONSIDERANDO: Que, el artículo 11º de la Ley de Radio y Televisión, Ley Nº 28278, concordado con el artículo 6º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005- MTC, establece que es competencia del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la administración, atribución, asignación, control y en general cuanto concierne a la gestión del espectro radioeléctrico atribuido al servicio de radiodifusión; Que, el artículo 7º del precitado Reglamento, dispone que toda asignación de frecuencias para el servicio de radiodifusión se realiza en base al Plan Nacional de Asignación de Frecuencias, el cual comprende los Planes de Canalización y de Asignación de Frecuencias correspondientes a cada localidad y banda de frecuencias atribuidas al servicio de radiodifusión y determina las frecuencias técnicamente disponibles; asimismo, establece que los Planes de Asignación de Frecuencias son aprobados por Resolución Viceministerial; Que, artículo 82º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, señala que excepcionalmente el Ministerio podrá disponer la modifi cación de ofi cio de las características técnicas autorizadas en caso de cumplimiento de las Normas Técnicas del Servicio de radiodifusión y otras normas técnicas que emita el Ministerio; Que, con Resolución Viceministerial Nº 184-2004- MTC/03, se aprobaron los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión por Televisión en UHF, para distintas localidades del departamento de Lambayeque, los mismos que fueron ratifi cados mediante Resolución Viceministerial Nº 746- 2008-MTC/03; Que, conforme lo dispuesto por el artículo 4º de la Resolución Viceministerial Nº 184-2004-MTC/03 y ratifi cada mediante Resolución Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03, los Planes de Asignación de Frecuencias aprobados pueden modifi carse de ofi cio, a fi n de optimizar el uso del espectro radioeléctrico atribuido al servicio de radiodifusión; Que, mediante Resolución Suprema Nº 019-2009-MTC se adoptó el estándar ISDB-T (Integrated Services Digital Broadcasting Terrestrial) como el sistema de televisión digital terrestre para el Perú; Que, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 5399-2010- MTC/28, propone la modifi cación del plan de canalización y asignación de frecuencias del servicio de radiodifusión por televisión en UHF de la localidad de Chiclayo-Lambayeque, a fi n de precisar su denominación e incluir los canales