Norma Legal Oficial del día 29 de enero del año 2011 (29/01/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 29 de enero de 2011

h) Ensenanza de normas tributarias sobre el uso de la guia de remision del transportista. i) Uso de tecnologia aplicable al transporte de mercancias. L ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES "SAN JOSE" EIRL esta obligada a actualizar permanentemente la informacion propia de sus operaciones, a informar sobre sus actividades y aplicar el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, asi como las normas legales pertinentes. Articulo Segundo.-. La Escuela autorizada impartira los cursos con la siguiente plana docente:
Cargo de Instruccion Directora Instructor Teorico de MORDAZA Instructor Practico de Manejo Instructor Teorico Mecanica ­ Practico Docente a cargo · Merly Medaly MORDAZA MORDAZA · Adonias MORDAZA MORDAZA · MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de · Diomer Isael Larreategui MORDAZA

VIVIENDA
Delegan facultades al Director Ejecutivo de la Unidad Ejecutora 004 - Programa Agua para Todos, la facultad de suscribir los convenios necesarios para la transferencia de recursos a favor de los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento, que se efectuen para la ejecucion de Proyectos de Inversion Publica
RESOLUCION MINISTERIAL N° 018-2011-VIVIENDA
MORDAZA, 27 de enero del 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, se define las funciones generales y la estructura organica de los Ministerios, precisando en el ultimo parrafo de su articulo 25, que los Ministros de Estado pueden delegar en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no MORDAZA privativas a su funcion, siempre que la normatividad lo autorice; Que, a traves de la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011, se establecen las normas para el MORDAZA presupuestario que deben observar los organismos del Sector Publico durante el Ejercicio Fiscal 2011; y de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 15.1 del articulo 15 de la mencionada Ley, las transferencias de recursos del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento para la ejecucion de Proyectos de Inversion en los gobiernos regionales o los gobiernos locales, o a ejecutarse por empresas publicas, se realizan mediante Decreto Supremo refrendado por el ministro del sector correspondiente y el Ministro de Economia y Finanzas, previa suscripcion de convenio; Que, el literal k) del articulo 12 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, en adelante ROF, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo Nº 045-2006-VIVIENDA, establece que es funcion del Ministro delegar en los Viceministros y en otros funcionarios del Sector, las atribuciones y facultades que no MORDAZA privativas de su funcion de Ministro de Estado; Que, por Decreto Supremo Nº 006-2007-VIVIENDA, se crea el Programa Agua Para Todos en el Viceministerio de Construccion y Saneamiento, como la Unidad Ejecutora 004 del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, que realiza sus funciones de conformidad con su Manual de Operaciones aprobado por Resolucion Ministerial N° 0872009-VIVIENDA, modificado por la Resolucion Ministerial N° 134-2010-VIVIENDA; Que, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento viene efectuando transferencias de recursos, a traves del Programa Agua Para Todos, a favor de los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento, para la ejecucion de Proyectos de Inversion Publica en materia de saneamiento; Que, de acuerdo a la estructura organica del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, establecida en el ROF, resulta conveniente delegar en el Director Ejecutivo del Programa Agua Para Todos, la suscripcion de los Convenios necesarios para la realizacion de las transferencias de recursos para la ejecucion de Proyectos de Inversion Publica en materia de saneamiento; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, en la Ley Nº 29626, en la Ley Nº 27792 y en el Decreto Supremo Nº 002-2002- VIVIENDA; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Delegar en el Director Ejecutivo de la Unidad Ejecutora 004 ­ Programa Agua Para Todos del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento,

Instructor Teorico Practico en Primeros · MORDAZA MORDAZA MORDAZA Auxilios Psicologo · MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Articulo Tercero.- La Escuela autorizada debera colocar en un lugar visible dentro de su local una MORDAZA de la presente Resolucion Directoral, debiendo iniciar el servicio dentro de los sesenta (60) dias calendario, computados a partir del dia siguiente de la fecha de publicacion de la presente Resolucion Directoral en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Cuarto.- La Escuela autorizada debera presentar: a) En plazo no mayor de sesenta (60) dias calendario de obtenida la autorizacion como Escuela de Conductores, su reglamento interno. b) En un plazo no mayor de treinta (30) dias calendario de obtenida la autorizacion como Escuela de Conductores, presentara el original de la Carta Fianza Bancaria, conforme lo senala el numeral 43.6 del articulo 43º del Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, bajo sancion de declararse la nulidad de la Resolucion Directoral de autorizacion. c) En un plazo no mayor de noventa (90) dias calendario de publicada la Resolucion Directoral que establece las caracteristicas especiales del circuito donde se realizaran las practicas de manejo, presentara MORDAZA de la Poliza de Seguros de Responsabilidad Civil extracontractual a favor de terceros, conforme lo senala el literal e) numeral 43.4 del articulo 43º del Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, bajo sancion de declararse la nulidad de la Resolucion Directoral de autorizacion. Articulo Quinto.- Disponer que ante el incumplimiento de las obligaciones administrativas por parte de la Escuela, del Representante Legal, y/o de cualquier miembro de su plana docente, se aplicaran las sanciones administrativas establecidas en el Cuadro de Tipificacion, Calificacion de Infracciones e Imposicion de Sanciones correspondientes, con la subsiguiente declaracion de suspension o cancelacion de la autorizacion, asi como la ejecucion de la Carta Fianza Bancaria emitida a favor de esta administracion; sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales que les pudiera corresponder. Articulo Sexto.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancias SUTRAN, MORDAZA de la presente Resolucion Directoral para las acciones de control conforme a su competencia; y encargar a la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, la ejecucion de la presente Resolucion Directoral. Articulo Setimo.- La presente Resolucion Directoral surtira efectos a partir del dia siguiente de su publicacion, siendo de cargo de la Escuela autorizada los gastos que origine su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA G. MEDRI MORDAZA Director General Direccion General de Transporte Terrestre

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