Norma Legal Oficial del día 29 de enero del año 2011 (29/01/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES
g) SUNAT h) Solicitud acogimiento

El Peruano MORDAZA, sabado 29 de enero de 2011

Que la MORDAZA Disposicion Transitoria de la Ley N° 29504, Ley que promueve la transformacion y participacion de los clubes deportivos de futbol profesional en sociedades anonimas abiertas, establece con caracter excepcional, transitorio y por unica vez, el Regimen Especial de Fraccionamiento Tributario para el pago de las deudas tributarias de dichos clubes, recaudadas y/o administradas por la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria (SUNAT) y que MORDAZA exigibles al 31 de MORDAZA de 2009, cualquiera fuera el estado en que se encuentren, incluidos los tributos retenidos o percibidos excepto los que tengan sentencia judicial; Que de acuerdo al numeral 7 de la citada Disposicion para acogerse al fraccionamiento referido en el considerando anterior, los clubes deportivos deudores deben presentar una solicitud de acogimiento en la forma y condiciones que establezca la SUNAT; Que mediante el Decreto Supremo N° 168-2010EF se dicto el Reglamento del Regimen Especial de Fraccionamiento Tributario establecido por la Ley N° 29504, el cual en su articulo 9° faculta a la SUNAT para establecer las condiciones y el lugar para realizar el pago de la cuota inicial y de las cuotas mensuales; Que asimismo, la Tercera Disposicion Complementaria Final del citado Reglamento faculta a la SUNAT para emitir las normas que resulten necesarias para su mejor aplicacion; Que, por otro lado, mediante la Resolucion de Superintendencia N° 125-2003/SUNAT y normas modificatorias se aprobo, entre otros, el procedimiento para el pago de tributos, multas, aplazamientos y/ o fraccionamientos de caracter particular o general mediante el Sistema Pago Facil, y se dispuso que una vez concluida la transaccion la SUNAT o la entidad bancaria, segun corresponda, debe entregar al deudor tributario el Formulario N° 1662 - Boleta de Pago como MORDAZA del pago efectuado; Que teniendo en cuenta las normas citadas en los considerandos precedentes, resulta necesario aprobar las disposiciones que regulen la MORDAZA de la solicitud de acogimiento asi como el pago de la cuota inicial y de las cuotas mensuales; En uso de las facultades conferidas por el numeral 7 de la MORDAZA Disposicion Transitoria de la Ley N° 29504, Ley que promueve la transformacion y participacion de los clubes deportivos de futbol profesional en sociedades anonimas abiertas, el articulo 9° y la Tercera Disposicion Complementaria Final del Decreto Supremo N° 168-2010EF que dicto la MORDAZA reglamentaria del Regimen Especial de Fraccionamiento Tributario establecido por la Ley N° 29504, el articulo 11° del Decreto Legislativo N° 501 y el inciso q) del articulo 19° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por el Decreto Supremo N° 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Definiciones Para efecto de la presente Resolucion, debera entenderse por:
a) Ley : A la Ley N° 29504, Ley que promueve la transformacion y participacion de los clubes deportivos de futbol profesional en sociedades anonimas abiertas. : Al Decreto Supremo N° 168-2010-EF que dicto la MORDAZA reglamentaria del Regimen Especial de Fraccionamiento Tributario establecido por la Ley N° 29504. : A los clubes deportivos de futbol profesional comprendidos en el articulo 4° del Reglamento. : Al Regimen Especial de Fraccionamiento Tributario regulado por la MORDAZA Disposicion Transitoria de la Ley. : Al Seguro Social de Salud. : A la Oficina de Normalizacion Previsional.

: A la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria. de : Al Formato "Solicitud de acogimiento al Regimen Especial de Fraccionamiento Tributario para los Clubes deportivos de futbol profesional a que se refiere la Ley N° 29504" y su anexo "Detalle de deudas" aprobados por el articulo 2° de la presente resolucion. : Al Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado por el Decreto Supremo N° 135-99-EF y normas modificatorias.

i) Codigo Tributario

j) Sistema Pago Facil : Al aprobado por la Resolucion de Superintendencia N° 125-2003/SUNAT y normas modificatorias, a traves del cual los deudores tributarios declaran y/o MORDAZA sus obligaciones tributarias, prescindiendo del uso de los formularios preimpresos para ello.

Cuando se haga referencia a un articulo sin mencionar la MORDAZA a la que pertenece, se entendera referido a la presente resolucion. Asimismo, cuando se haga mencion a un numeral sin senalar el articulo al que corresponde, se entendera referido al articulo en el que se encuentre. Articulo 2°.- Aprobacion de la Solicitud de Acogimiento Apruebase el Formato "Solicitud de acogimiento al Regimen Especial de Fraccionamiento Tributario para los Clubes deportivos de futbol profesional a que se refiere la Ley N° 29504" y su anexo "Detalle de deudas", los mismos que figuran como Anexo de la presente resolucion. El Anexo de la presente resolucion, de acuerdo a lo establecido en el articulo 9° del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicacion de proyectos normativos y difusion de normas legales de caracter general, aprobado por el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS y MORDAZA modificatoria sera publicado en el MORDAZA de la SUNAT en la Internet cuya direccion es http:// www.sunat.gob.pe, en la misma fecha en que se publique la presente resolucion. La Solicitud de acogimiento sera proporcionada por la SUNAT respecto de cada MORDAZA de deuda, segun se trate de aportes al EsSalud, ONP u otros tributos recaudados y/o administrados por la SUNAT y debera ser utilizada por los Clubes deportivos para acogerse al Regimen. Articulo 3°.- De la MORDAZA de la Solicitud de acogimiento 3.1 Para efecto de acogerse al Regimen, el Club deportivo debera presentar, en el plazo a que se refiere el articulo 5° del Reglamento, una Solicitud de acogimiento por cada MORDAZA de deuda, segun se trate de aportes al EsSalud, a la ONP y otros tributos recaudados y/o administrados por la SUNAT. 3.2 La Solicitud de acogimiento estara a disposicion de los Clubes deportivos a partir del 3 de febrero de 2011, en los siguientes lugares: a) Tratandose de Principales Contribuyentes Nacionales: En la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales. b) Tratandose de los contribuyentes que por su domicilio fiscal correspondan a la Intendencia Regional Lima: b.1) Si son Principales Contribuyentes: En las dependencias encargadas de recibir sus declaraciones pago o en los Centros de Servicios al Contribuyente habilitados por la SUNAT en la provincia de MORDAZA o en la provincia constitucional del Callao. b.2) Si son Medianos y Pequenos Contribuyentes: En los Centros de Servicios al Contribuyente habilitados por la SUNAT en la provincia de MORDAZA o en la provincia constitucional del Callao. c) Tratandose de contribuyentes que por su domicilio fiscal correspondan a otras Intendencias Regionales u Oficinas Zonales: En las dependencias de la SUNAT de su jurisdiccion o en los Centros de Servicios al Contribuyente habilitados por dichas dependencias. 3.3 El Club deportivo llenara la informacion que se solicite en la Solicitud de acogimiento, la cual, debidamente firmada por el representante legal del Club deportivo, sera

b) Reglamento

c) Clubes deportivos d) Regimen

e) EsSalud f) ONP

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