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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 29 de enero de 2011 435254 Establecen disposiciones relativas a contratos de fideicomiso que las AFOCAT hayan celebrado con COFIDE S.A. CIRCULAR Nº AFOCAT-5-2011 Lima, 26 de enero de 2011 ------------------------------------------------ Ref.: Contrato de Fideicomiso suscrito con COFIDE ------------------------------------------------ Señor Presidente del Consejo Directivo Sírvase tomar nota que en uso de las atribuciones otorgadas por el literal a) del numeral 1 del artículo 4° del Reglamento de Supervisión de las Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de Tránsito y de Funcionamiento de la Central de Riesgos de Siniestralidad derivada de Accidentes de Tránsito aprobado por Decreto Supremo N° 040-2006-MTC y sus modifi catorias, en adelante Reglamento, esta Superintendencia ha establecido lo siguiente, disponiéndose su publicación en virtud de lo señalado en el Decreto Supremo N° 001-2010-JUS: a) Los contratos de fi deicomiso que las AFOCAT hayan celebrado con la Corporación Financiera de Desarrollo S.A. - COFIDE S.A., en aplicación de lo dispuesto por la Resolución Ministerial N° 372-2007 MTC/01, deberán ser prorrogados hasta el 31 de enero de 2013, en el marco de lo establecido por el artículo 26° del Reglamento. b) Las AFOCAT deberán remitir a esta Superintendencia, copia de los respectivos contratos de fi deicomiso que acrediten la suscripción de la renovación, en el plazo máximo de quince (15) días calendario de suscritos. c) Las AFOCAT que hasta la fecha no hayan suscrito las prórrogas de los respectivos contratos de fi deicomiso ni las adendas referidas a la acreditación de la Cesión de la posición contractual del Ministerio de Transportes y Comunicaciones a esta Superintendencia, tal como fuera dispuesto mediante Circular AFOCAT N° 001-2009, deberán regularizar tal situación en un plazo que no debe exceder del 15 de marzo de 2011. Se reitera que el incumplimiento a lo antes señalado, supondrá la aplicación de lo dispuesto en el literal j) del artículo 17° del Reglamento. d) Por otro lado, a efectos de procurar una mejor administración del Fondo que tiene a su cargo COFIDE, se ha considerado conveniente modifi car parcialmente el contrato de fi deicomiso en lo que respecta a la administración del Fondo. Dicha modifi cación se sustenta en los términos de la cláusula decimosétima del contrato de fi deicomiso. Atentamente, FELIPE TAM FOX Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 596282-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO Establecen el Programa de Incentivos Tributarios “Cumple más y paga menos 2011” CONCEJO PROVINCIAL DEL CALLAO ORDENANZA MUNICIPAL Nº 004 Callao, 25 de enero de 2011 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: El CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO, en sesión de fecha 25 de enero de 2011, aprobó la siguiente Ordenanza Municipal: CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en el artículo 74 y artículo 195 inciso 4 otorga potestad tributaria a los Gobiernos Locales, señalando que pueden crear modifi car, suprimir o exonerar arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los límites establecidos por ley, en concordancia con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, en el artículo 9 inciso 9 y artículo 40 que señalan que corresponde al Concejo Municipal, mediante Ordenanza Municipal, ejercer tal atribución; Que, el Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004- EF, en el artículo 3 establece que las Municipalidades perciben ingresos tributarios por impuestos municipales, contribuciones y tasas y el Decreto Supremo Nº 135- 99-EF que aprueba el Texto Único Ordenado del Código Tributario, en la Norma IV del Título Preliminar, señala que los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza, pueden crear, modifi car y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 000066-2010, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 24 de diciembre de 2010, se establece el Régimen Tributario de los arbitrios Municipales para el ejercicio 2011 en el Cercado del Callao, estableciéndose mediante dicha norma legal, aprobar para el presente ejercicio del 2011, la vigencia de las tasas de los arbitrios Municipales del año 2010, aprobadas mediante Ordenanza Municipal Nº 000070- 2009, reajustadas con el Índice de Precios al Consumidor (IPC) acumulado del ejercicio 2010; Que, el Informe Nº 005-2011-MPC/GGATR de la Gerencia General de Administración Tributaria y Rentas remite para la aprobación del Concejo Municipal el proyecto de la presente Ordenanza, el Memorando Nº 039-2011-MPC-GGAJC de la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación opina que resulta procedente la aprobación por parte del Concejo Municipal de la presente Ordenanza. Asimismo, el Dictamen Nº 001-2011-MPC/SR-CAM de la Comisión de Administración recomienda al Concejo Municipal la aprobación de la presente Ordenanza Municipal; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Provincial del Callao, con el voto unánime del Cuerpo de Regidores, ha dado la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE ESTABLECE EL PROGRAMA DE INCENTIVOS TRIBUTARIOS “CUMPLE MAS Y PAGA MENOS 2011” Artículo 1. OBJETIVOS 1. Incentivar la regularización de las obligaciones tributarias por concepto de Impuesto Predial y/o Arbitrios Municipales que se encuentren pendientes de pago a la fecha. 2. Promover y estimular el cumplimiento oportuno y voluntario de las obligaciones tributarias por concepto de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales generadas en el ejercicio 2011. Artículo 2. FECHAS DE VENCIMIENTO DE ARBITRIOS A efectos del pago de las obligaciones tributarias de los Arbitrios Municipales del ejercicio 2011, se deberá tener en cuenta el siguiente cronograma: MES FECHA DE VENCIMIENTO ENERO 28/02/11 FEBRERO 28/02/11 MARZO 31/03/11 ABRIL 30/04/11 MAYO 31/05/11 JUNIO 30/06/11 JULIO 30/07/11 AGOSTO 31/08/11 SETIEMBRE 30/09/11 OCTUBRE 31/10/11 NOVIEMBRE 30/11/11 DICIEMBRE 31/12/11