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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 29 de enero de 2011 435242 CONSIDERANDO Primero: Que, este Órgano de Gobierno mediante Resolución Administrativa N° 099-2007-CE-PJ aprobó el Plan Nacional de Descarga Procesal, cuya tercera etapa dispone la realización de la descarga procesal que se inició con la Resolución Administrativa N° 029-2008-CE-¬PJ, por la cual se dispuso la creación de órganos jurisdiccionales dentro del marco del Plan Nacional de Descarga Procesal, la creación de la Comisión Nacional de Descarga Procesal y sus respectivas Comisiones Distritales en las Cortes Superiores de Justicia del país; Segundo: Que, por Resolución Administrativa N° 006- 2011-CE-PJ, se dispuso prorrogar el funcionamiento de los órganos jurisdiccionales transitorios de descarga procesal hasta el 31 de enero del presente año; Tercero: Que, en tanto se concluya con la realización del estudio integral de la situación de las Salas y Juzgados transitorios, a fi n de determinar su prórroga, conversión o reubicación a otras sedes judiciales, resulta pertinente disponer la continuidad del funcionamiento de los mismos hasta que la Comisión Nacional de Descarga Procesal eleve el informe respectivo, el cual servirá para adoptar las políticas efectivas de descarga procesal; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 82°, inciso 26, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesión ordinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Prorrogar hasta el 31 de marzo de 2011 el funcionamiento de los órganos jurisdiccionales transitorios de descarga procesal a que se refi eren las Resoluciones Administrativas Nros. 236, 272 y 335-2010- CE-PJ expedidas por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, respectivamente. Artículo Segundo: Encargar a la Comisión Nacional de Descarga Procesal para que en un plazo no mayor al 28 de febrero del año en curso, presente un informe integral y defi nitivo sobre la situación de los referidos órganos jurisdiccionales, con la fi nalidad de optimizar su funcionamiento. Artículo Tercero: Transcríbase la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura, Comisión Nacional de Descarga Procesal, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia, Jefes de las Ofi cinas Desconcentradas de Control de la Magistratura; así como a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. SS. CÉSAR SAN MARTÍN CASTRO ROBINSON O. GONZALES CAMPOS JORGE ALFREDO SOLÍS ESPINOZA FLAMINIO VIGO SALDAÑA DARÍO PALACIOS DEXTRE AYAR CHAPARRO GUERRA 596987-3 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Designan fedatario del Consejo Ejecutivo Distrital, de su Secretaría General y de la Secretaría General de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA Consejo Ejecutivo Distrital RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 03-2011-CED-CSJLI/PJ Lima, 13 de Enero de 2011 VISTOS La Resolución Administrativa Nº 18-2010-CED-CSJLI/ PJ, de fecha doce de mayo de dos mil diez; y, CONSIDERANDO: Que el Consejo Ejecutivo Distrital es uno de los Órganos de Dirección a nivel de este Distrito Judicial que tiene a su cargo, entre otras funciones y atribuciones, la prevista en el numeral 10) y 19) del artículo 96 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, los que le facultan a adoptar las medidas que requiera el régimen interior del Distrito Judicial, los acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias del Poder Judicial correspondientes, funcionen con efi ciencia y oportunidad. Que el artículo 127 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, prescribe que cada entidad designa fedatarios institucionales adscritos a sus unidades de recepción documental, en número proporcional a sus necesidades de atención, quienes, sin exclusión de sus labores ordinarias, brindan gratuitamente sus servicios a los administrados. Que, en ese orden de ideas y siendo que resulta necesario designar un fedatario que se encargue específi camente de las labores de certifi cación de documentación de este Consejo Ejecutivo Distrital, de su Secretaría General y de la Secretaría General de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, con la fi nalidad de mantener una oportuna atención de los requerimientos que se efectúen. Que tal designación debe recaer en un personal de esta Corte Superior de Justicia que reúna el perfi l requerido y previsto en el Manual Normativo del Fedatario de este Distrito Judicial, aprobado por la resolución administrativa de vistos. Por tales fundamentos, en uso de las facultades previstas en el artículo 96 inciso 10) y 19) del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte Superior de Justicia en sesión de la fecha: RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR al abogado JULIO CÉSAR RAMOS ÁVILA como FEDATARIO del Consejo Ejecutivo Distrital, de la Secretaría General del referido Órgano Colegiado así como de la Ofi cina de Secretaría General de la Corte Superior de Justicia de Lima, ejerciendo dicho cargo a partir de la fecha de publicación de la presente resolución administrativa. Artículo Segundo.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Ofi cina de Control de la Magistratura, de la Gerencia General, de la Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Lima, de la Ofi cina de Administración Distrital de la Corte Superior de Justicia de Lima, Ofi cina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima y de la persona en mención para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. HECTOR ENRIQUE LAMA MORE Presidente RICARDO LUIS CALLE TAGUCHE WILLIAM CIRO CONTRERAS CHÁVEZ 596397-1 Designan Presidente de la Comisión del Grupo Itinerante de Apoyo a los Órganos Jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Lima CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA Consejo Ejecutivo Distrital RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 004-2011-CED-CSJLI/PJ Lima, 20 de enero de 2011