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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE ENERO DEL AÑO 2011 (29/01/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 78

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 29 de enero de 2011 435238 Artículo Segundo.- Transcribir la presente resolución a los miembros integrantes del Consejo Directivo del OSIPTEL, en cumplimiento de lo establecido en la parte fi nal del literal h) del artículo 86° del Reglamento General del OSIPTEL. Regístrese, comuníquese y publíquese. GUILLERMO THORNBERRY VILLARÁN Presidente del Consejo Directivo 596336-1 Nombran Gerente General del OSIPTEL RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 007-2011-PD/OSIPTEL Lima, 27 de enero de 2011 MATERIA NOMBRA GERENTE GENERAL DEL OSIPTEL CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Gerente General del Organismo Supervisor en Inversión Privada en Telecomunicaciones – OSIPTEL; Que, es necesario cubrir dicha vacante a fi n de garantizar su adecuado funcionamiento; Que, conforme al literal h) del artículo 86° del Reglamento General del OSIPTEL, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2001-PCM, modifi cado por el Decreto Supremo N° 046-2007-PCM, corresponde al Presidente del OSIPTEL nombrar y remover al Gerente General; De conformidad con las normas legales vigentes; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Nombrar, a partir del 31 de enero de 2011, al señor Mario Sigifredo Gallo Gallo como Gerente General del Organismo Supervisor en Inversión Privada en Telecomunicaciones – OSIPTEL. Artículo Segundo.- Transcribir la presente resolución a los miembros integrantes del Consejo Directivo del OSIPTEL, en cumplimiento de lo establecido en la parte fi nal del literal h) del artículo 86° del Reglamento General del OSIPTEL. Regístrese, comuníquese y publíquese. GUILLERMO THORNBERRY VILLARÁN Presidente del Consejo Directivo 596336-2 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Aprueban Normas Técnicas Peruanas sobre pieles de cabra, alimentos irradiados, sistemas de tuberías plásticas y otros RESOLUCIÓN COMISIÓN DE NORMALIZACIÓN Y DE FISCALIZACIÓN DE BARRERAS COMERCIALES NO ARANCELARIAS Nº 41-2010/CNB-INDECOPI Lima, 29 de diciembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Artículo 28º de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada mediante el Decreto Legislativo 1033, en los Artículos 4º al 11º de la Ley de los Sistemas Nacionales de Normalización y Acreditación, aprobada mediante el Decreto Legislativo 1030, y en el Reglamento de esta última Ley, aprobado mediante el Decreto Supremo 081-2008-PCM, corresponde a la Comisión de Normalización y de Fiscalización de Barreras Comerciales No Arancelarias, en su calidad de Organismo Nacional de Normalización, aprobar las Normas Técnicas recomendables para todos los sectores y administrar y supervisar el correcto funcionamiento de los Comité Técnicos de Normalización; Que, las actividades de Normalización deben realizarse sobre la base del Código de Buena Conducta para la Adopción, Elaboración y Aprobación de Normas que fi gura como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la OMC, que fuera incorporado a la legislación nacional mediante Resolución Legislativa 26407. Dicho Código viene siendo implementado por la Comisión a través del Sistema Peruano de Normalización, del cual forman parte el Reglamento de Elaboración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas y el Reglamento de Comités Técnicos de Normalización, aprobados mediante Resolución 048-2008/CNB-INDECOPI; Que, toda vez que las actividades de elaboración y actualización de Normas Técnicas Peruanas deben realizarse con la participación de representantes de todos los sectores involucrados: producción, consumo y técnico, constituidos en Comités Técnicos de Normalización, la Comisión conformó los siguientes Comités Técnicos de Normalización: a) Cuero, calzado y derivados, b) Alimentos irradiados, c) Responsabilidad social – ISO 26000, d) Evaluación de la conformidad, e) Tubos, válvulas y accesorios de material plástico para el transporte de fl uidos de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Comités Técnicos de Normalización antes señalado; Que, los Comités Técnicos de Normalización citados, presentaron Proyectos de Normas Técnicas Peruanas (PNTP) en las fechas indicadas: a) Cuero, calzado y derivados, 1 PNTP, el 27 de octubre de 2010 b) Alimentos irradiados, 1 PNTP, el 09 de noviembre de 2010 c) Responsabilidad social – ISO 26000, 1 PNTP, el 17 de noviembre de 2010 d) Evaluación de la conformidad, 1 PNTP, el 24 de noviembre de 2010 e) Tubos, válvulas y accesorios de material plástico para el transporte de fl uidos, 5 PNTP, el 18 de noviembre de 2010 Los Proyectos de Normas Técnicas Peruanas fueron elaborados de acuerdo al Reglamento de Elaboración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas mediante el Sistema 1 y sometidos a Discusión Pública por un período de 30 días contados a partir del 28 de noviembre de 2010; Que, no habiéndose recibido observaciones a los Proyectos de Normas Técnicas Peruanas, y luego de la evaluación correspondiente, la Secretaría Técnica de la Comisión recomendó su aprobación como Normas Técnicas Peruanas; Estando a lo recomendado por la Secretaría Técnica, de conformidad con el Decreto Legislativo 1030, el Decreto Legislativo 1033, el Decreto Supremo 081-2008-PCM y la Resolución 048-2008/CNB-INDECOPI, la Comisión con el acuerdo unánime de sus miembros, reunidos en su sesión de fecha 29 de diciembre de 2010. RESUELVE Primero.- APROBAR como Normas Técnicas Peruanas, las siguientes: NTP- ISO 7482-1:2010 PIELES DE CABRA. Descripción de defectos. 1ª Edición NTP-CODEX STAN 231 Métodos generales del CODEX para la detección de alimentos irradiados. 1ª Edición NTP-ISO 26000:2010 GUÍA DE RESPONSABILIDAD SOCIAL. 1ª Edición