Norma Legal Oficial del día 31 de enero del año 2011 (31/01/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA, lunes 31 de enero de 2011

NORMAS LEGALES

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1.2 Los pliegos habilitados en el numeral 1.1 del presente articulo y los montos a ser transferidos por cada pliego, se detallan en el anexo: "Transferencia de Partidas ­ Numero de Plazas Docentes y Montos por Pliego Habilitado", que forma parte del presente Decreto Supremo, el cual se publica en el MORDAZA institucional del Ministerio de Economia y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de publicacion de la presente MORDAZA en el Diario Oficial El Peruano. 1.3 La lista nominada de plazas docentes a los que se refiere el numeral 1.1 del presente articulo, se publica en el MORDAZA institucional del Ministerio de Educacion (www. minedu.gob.pe), en la misma fecha de publicacion de la presente MORDAZA en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2º.- De la verificacion de los procedimientos de contratacion de docentes y del seguimiento por productos y resultados del gasto 2.1 El ingreso de docentes que se efectue en las Unidades de Gestion Educativa Local y de los Gobiernos Locales, en el MORDAZA de lo dispuesto en la presente MORDAZA, se realizara en estricta observancia de lo establecido en las Normas y Procedimientos para la Contratacion de Docentes en Instituciones Educativas Publicas de Educacion Basica y Tecnico Productiva en el periodo lectivo 2011, aprobados mediante Decreto Supremo Nº 001-2011-ED y la Resolucion Jefatural Nº 3332-2010-ED. 2.2 La contratacion de docentes financiada con la presente MORDAZA, se efectua previo registro de las plazas en el Aplicativo Informatico para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Publico. 2.3 El Ministerio de Educacion, a traves de la Secretaria de Planificacion Estrategica, remite al Ministerio de Economia y Finanzas las bases de datos con la nomina de docentes contratados autorizada en el presente decreto supremo, MORDAZA del 31 de marzo del 2011. Las bases de datos nominadas deben consignar todas las variables necesarias para identificar a los docentes contratados, como numero de Documento Nacional de Identidad (DNI), apellidos y nombres, codigo modular de la institucion educativa, grado y seccion donde ensena y nominado de alumnos a cargo de estos docentes en el ano escolar 2011, identificados con Documento Nacional de Identidad (DNI), apellidos y nombres. Asimismo, remite al Ministerio de Economia y Finanzas y a cada Gobierno Regional, MORDAZA del 1 de marzo del 2011, la lista nominada y base de datos de las plazas docentes financiadas en el MORDAZA de la Vigesima Setima Disposicion Final de la Ley N° 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007, la Septuagesima Disposicion Final de la Ley N° 29289 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009 y el literal g) del numeral 1.4 del articulo 1º de la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011; y la publica en el MORDAZA institucional del Ministerio de Educacion (www. minedu.gob.pe), en la misma fecha de publicacion de la presente MORDAZA en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 3º.- Procedimiento para la aprobacion institucional 3.1 Los Titulares de los Pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el numeral 1.1 de la presente MORDAZA, a nivel funcional programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 3.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitara a la Direccion General del Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. 3.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruiran a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.

Articulo 4°.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el numeral 1.1. del presente dispositivo no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Articulo 5°.- Del refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Educacion y el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los treintiun dias del mes de enero del ano dos mil once. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educacion MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Economia y Finanzas 597577-1

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011 a favor de los Gobiernos Regionales para financiar las finalidades de acompanamiento pedagogico y distribucion de material educativo en el MORDAZA del Programa Presupuestal Estrategico Logros de Aprendizaje al finalizar el III Ciclo de la Educacion Basica Regular
DECRETO SUPREMO N° 015-2011-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011, se aprueba entre otros el Presupuesto del Pliego 010 Ministerio de Educacion; Que, el inciso d) del numeral 1.4 del articulo 1° de la Ley N° 29626 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011, establece que los creditos presupuestarios aprobados por dicha Ley en el Presupuesto Institucional del Ministerio de Educacion comprenden recursos hasta por la suma de DIECIOCHO MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL SETECIENTOS OCHENTA Y UNO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 18 236 781,00), destinados al financiamiento de las finalidades de acompanamiento pedagogico y distribucion de material educativo comprendidos en el Programa Presupuestal Estrategico Logros de Aprendizaje al finalizar el III ciclo de la Educacion Basica Regular, a cargo de los Gobiernos Regionales, disponiendo ademas que mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Educacion y por el Ministro de Economia y Finanzas, se transfieren hasta el 31 de enero del ano fiscal 2011, los citados recursos a los Gobiernos Regionales; Que, la Secretaria General del Ministerio de Educacion, mediante el Oficio N° 84-2011-ME/SG, ha determinado la distribucion de los recursos senalados en el considerando precedente, sobre la base de la informacion remitida por las Unidades Ejecutoras de acuerdo con los requerimientos de bienes y servicios para las finalidades de acompanamiento pedagogico y distribucion de material educativo, en el MORDAZA del Programa Presupuestal Estrategico Logros de Aprendizaje al finalizar el III ciclo de la Educacion Basica Regular; Que, en el inciso d) del numeral 1.4 del articulo 1° de la Ley N° 29626 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011, se establece que la transferencia de los recursos MORDAZA mencionados se efectua con sujecion a las modificaciones presupuestarias correspondientes, en el nivel funcional programatico,

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