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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE ENERO DEL AÑO 2011 (31/01/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 30

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 31 de enero de 2011 435370 pronunciamiento favorable de la Asamblea Nacional de Rectores para la creación de Escuelas de Posgrado; Que, mediante ofi cio de vistos, el Secretario General de la Universidad Católica Sedes Sapientiae, remite la documentación correspondiente al proyecto de creación de la Escuela de Posgrado en su universidad con las siguientes unidades de posgrado: • Facultad de Ciencias de la Educación, con la sección de Maestría en “Literatura Infantil – Juvenil y Animación a la Lectura”; y • Facultad de Ciencias Económicas y Comerciales, con la sección de Maestría en “Administración Pública” Que, el Consejo Regional Interuniversitario, mediante Resolución Nº 001-2010-P-CRI-Lima, de fecha 23 de julio de 2010, conformó la Comisión Especial encargada de verifi car in situ los requisitos contenidos en el proyecto de creación de la Escuela de Posgrado de la Universidad Católica Sedes Sapientiae, en el marco de lo dispuesto por la Resolución Nº 394-2004-ANR, “Requisitos Mínimos para la Organización y Funcionamiento de una Escuela de Posgrado o Sección de Posgrado”; Que, en sesión del Consejo Regional Interuniversitario de Lima, de fecha 09 de diciembre de 2010, se aprobó el Informe de la Comisión Especial precitada, el mismo que concluye que el Proyecto de la Escuela de Posgrado de la Universidad Católica Sedes Sapientiae ha sido desarrollado en armonía con lo establecido por la normatividad vigente y que la mencionada universidad está en condiciones de iniciar de manera inmediata las actividades correspondientes a su Escuela de Posgrado; Que, mediante Informe Nº 182-2010-DGDAC, de fecha 09 de diciembre de 2010, la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación de la Asamblea Nacional de Rectores, expresa su conformidad con el proyecto de creación de la Escuela de Posgrado en la Universidad Católica Sedes Sapientiae, quedando expedito para el visto del Pleno de Rectores; Estando al acuerdo de Pleno de Rectores en su sesión ordinaria llevada a cabo el día viernes 13 de diciembre de 2010; y, De conformidad con la Ley Universitaria, Ley Nº 23733 y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud del Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la creación y funcionamiento de la Escuela de Posgrado en la Universidad Católica Sedes Sapientiae, con sede en la ciudad de Lima, con los siguientes Programas de Maestría: • Maestría en Literatura Infantil – Juvenil y Animación a la Lectura. • Maestría en Administración Pública. Artículo 2º.- Precisar que la Universidad Católica Sedes Sapientiae deberá coordinar previamente con la Asamblea Nacional de Rectores la creación y funcionamiento de nuevos programas de posgrado en la Escuela de Posgrado que se aprueba mediante la presente Resolución. Artículo 3º.- Publicar la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página Web de la Institución. Regístrese y comuníquese. ELIO IVÁN RODRÍGUEZ CHÁVEZ Rector de la Universidad Ricardo Palma y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 596469-1 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES CON O SIN ANEXOS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, lo que deben tener en cuenta para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos: 1.- Junto a toda disposición, con o sin anexos, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete o cd rom con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. 2.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 3.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justifi car, si incluyen gráfi cos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 4.- Las tablas o cuadros deberán ser elaborados a 24 cm. de alto x 15 cm. de ancho, en caso se trate de una página apaisada a 15 cm. de alto x 24 cm. de ancho. Asimismo, la tipografía mínima a utilizar deberá ser de Helvetica-Narrow 7 puntos. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del disquete o cd rom o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL