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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE ENERO DEL AÑO 2011 (31/01/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 35

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 31 de enero de 2011 435375 DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 28 de febrero de 2011, el vencimiento de pago de la primera cuota de los Arbitrios Municipales correspondiente al mes de enero del ejercicio fi scal 2011. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, a la Gerencia de Comunicaciones y Participación Vecinal y Gerencia de Rentas, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto en lo que fuera de su competencia. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JUAN CARLOS ZUREK P.F. Alcalde 596407-3 MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO Convocan a la realización de Matrimonio Civil Comunitario DECRETO DE ALCALDÍA Nº 001-2011/MVMT Villa María del Triunfo, 25 de enero del 2011 LA ALCALDESA DEL DISTRITO DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO VISTOS: el Informe Nº 009-2011-SGRCC-GSCGA/ MVMT, de la Sub Gerencia de Registros Civiles y Cementerio y el Memorándum Nº 011-2011-GSCGA- MVMT, de la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental, respecto a la programación de matrimonios civiles comunitarios durante el año 2011; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 009-2010-SGRCC- GSCGA/MVMT, la Subgerencia de Registros Civiles y Cementerio, ante la demanda de los pobladores para la realización de ceremonia de matrimonio civil comunitario, en vista de que no cuentan con recursos económicos necesarios para cumplir con la regularización de su estado civil, propone la programación de matrimonios civil comunitarios durante el año 2011; Que, estando a las consideraciones vertidas en el Informe de la referencia, es necesario emitir la aprobación respectiva; En uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del Artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- CONVOCAR a la realización del MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO, de acuerdo al siguiente cronograma: - PRIMER TRIMESTRE Motivo : DÍA DE LA AMISTAD Día : Sábado 12 de febrero de 2011 Lugar : Glorieta frente Av. Salvador Allende y Av. Villa María - SEGUNDO TRIMESTRE Motivo : DÍA DE LA MADRE Día : Sábado 07 de mayo de 2011 Lugar : Plaza Mayor “Cercado de Villa María del Triunfo” - TERCER TRIMESTRE Motivo : DÍA DE SANTA ROSA DE LIMA Día : Sábado 27 de agosto del 2011 Lugar : Plaza de José Carlos Mariategui. - CUARTO TRIMESTRE Motivo : 50 ANIVESARIO DE LA CREACIÓN DEL DISTRITO DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO “BODAS DE ORO” Día : Sábado 17 de diciembre del 2011 Lugar : Plaza Mayor “Cercado de Villa María del Triunfo”. Artículo Segundo.- DISPENSAR de la publicación de los Edictos Matrimoniales a los vecinos del distrito que participen en la realización del matrimonio comunitario convocado mediante el presente Decreto, debiendo cumplir con la presentación de los siguientes requisitos: I. REQUISITOS: 01. PERSONAS SOLTERAS • Solicitar el matrimonio mediante formato solicitud (trámite documentario). • Partida de nacimiento de los contrayentes (partidas con antigüedad no mayor de 1 año). • Certifi cado médico de ambos contrayentes. • Declaración Jurada de soltería. • DNI vigente de ambos contrayentes. • Dos testigos no familiares con DNI. 02. PERSONAS VIUDAS • Además de requisitos establecidos para solteros • Partida de defunción del cónyuge fallecido. • DNI con el REGISTRO de estado civil de VIUDO (A). • Declaración Jurada de administrar bienes e hijos menores a su cargo. 03. PERSONAS DIVORCIADAS • Además de requisitos establecidos para solteros • Copia fedateada de Resolución de Disolución de Vínculo matrimonial. • DNI con el REGISTRO de estado civil DIVORCIADO (A). 04. PERSONAS EXTRANJERAS • Además de requisitos establecidos para solteros • Partida de nacimiento y certifi cado de soltería con el sello de visado en el Consulado de Perú del país de residencia y legalizado en MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES EN LIMA-PERU. 05. REQUISITOS PARA MENORES DE EDAD • Además de requisitos establecidos para solteros • Autorización de los padres con fi rmas legalizadas ante notario público o autorización judicial (juzgado de familia). Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia Municipal y Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental, a través de la Subgerencia de Registros Civiles y Cementerio. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. SILVIA BARRERA VÁSQUEZ Alcaldesa 596447-1