Norma Legal Oficial del día 18 de febrero del año 2011 (18/02/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano MORDAZA, viernes 18 de febrero de 2011

NORMAS LEGALES

436419

PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Aprueban Lineamientos que establecen el contenido minimo de los Planes Estrategicos de Gobierno Electronico
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 61-2011-PCM MORDAZA, 17 de febrero de 2011 Vistos, el Informe Num. 01-2010-PCM/ONGEIMCF de la Oficina Nacional de Gobierno Electronico e Informatica, y el Informe Num. 005-2011-PCM-SGP/LYL de la Secretaria de Gestion Publica; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Num. 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, se declara al Estado Peruano en MORDAZA de modernizacion en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestion publica y contribuir en el fortalecimiento de un Estado moderno, descentralizado y con mayor participacion del ciudadano; Que, la Ley Num. 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, recoge entre sus principios el del servicio al ciudadano, asegurando que sus actividades se realizaran con eficacia, eficiencia, simplicidad de la gestion, inclusion y equidad, asi como la participacion y transparencia de manera que los ciudadanos tengan acceso a la informacion; Que, la Oficina Nacional de Gobierno Electronico e Informatica - ONGEI es el organo especializado que depende jerarquicamente del Presidente del Consejo de Ministros, encargado de dirigir como ente rector el Sistema Nacional de Informatica y de implementar la Politica Nacional de Gobierno Electronico; Que, mediante Resolucion Ministerial Num. 2742006-PCM se aprobo la Estrategia Nacional de Gobierno Electronico, la cual establece en su articulo 2° que la Oficina Nacional de Gobierno Electronico e Informatica ONGEI debera coordinar y supervisar la implementacion de la Estrategia Nacional de Gobierno Electronico. Para tal efecto, las entidades de la Administracion Publica, integrantes del Sistema Nacional de Informatica, deberan proporcionarle cualquier informacion que, al respecto, les sea requerida y adoptaran las acciones necesarias para el cumplimiento y ejecucion de lo establecido en la Estrategia Nacional de Gobierno Electronico; Que, el Estado Peruano ha logrado avances significativos para el desarrollo del gobierno electronico, los que deberan ser articulados al interior de los diferentes sectores y poderes del Estado, gobiernos regionales, gobiernos locales y organismos autonomos, para efectos de maximizar los resultados de las distintas instancias comprometidas en dicho esfuerzo; mejorar su gestion, aumentar la eficiencia, productividad, oportunidad, transparencia de la gestion publica y optimizar la atencion al ciudadano; Que, las Tecnologias de la Informacion y la Comunicacion (TIC), y especialmente el Internet, viene transformando las relaciones entre las personas y las organizaciones publicas y privadas, habiendose convertido en el instrumento que mayormente facilita el acceso a la informacion y a los servicios del Estado, integrando las instituciones de la Administracion Publica, dotando de transparencia a la gestion del Estado, permitiendo el intercambio fluido de informacion entre el Estado y el sector privado, sociedad civil y la ciudadania; Que, es necesario definir las estrategias de Gobierno Electronico en los distintos niveles del Estado: Poderes, Ministerios, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales, Organismos Autonomos, que faciliten un seguimiento de aquellas, acortando los tiempos de

su implementacion en beneficio de los ciudadanos y empresas; Que, mediante Decreto Supremo Num. 048-2008PCM, se aprobo la Reestructuracion de la Comision Multisectorial para el Seguimiento y Evaluacion del "Plan de Desarrollo de la Sociedad de la Informacion en el Peru - la Agenda Digital Peruana", del cual es parte el Grupo de Trabajo de Gobierno Electronico, coordinado por la Oficina Nacional de Gobierno Electronico e Informatica ONGEI, siendo una de las funciones de la citada Comision efectuar las acciones para implementar el indicado Plan, asi como alcanzar los objetivos estrategicos establecidos en el mismo; Que, en este MORDAZA, resulta necesario implementar la Estrategia de Gobierno Electronico en los tres Poderes del Estado, Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y Organismos Autonomos, todos integrantes del Sistema Nacional de Informatica, promoviendo el empleo eficiente y coordinado de los recursos de las Tecnologias de la Informacion y la Comunicacion (TIC) para la creacion de nuevos y mejores vinculos entre el Estado y los ciudadanos, asi como para una mejor gestion de la informacion en el Sector Publico; Que, para hacer uso eficiente y eficaz de las Tecnologias de la Informacion y la Comunicacion (TIC), a fin de potenciar la gestion del Estado, se requiere una accion coordinada que involucre a todas las Entidades para implementar las Estrategias de Gobierno Electronico de los Poderes del Estado, Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y Organismos Autonomos, alineados a la Estrategia Nacional de Gobierno Electronico, de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 50.2 del articulo 50° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Num. 063-2007-PCM, y sus modificatorias; De conformidad con el inciso 8 del articulo 118° de la Constitucion Politica del Peru, la Ley Num. 27658 - Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, la Ley Num. 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo, y el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Num. 063-2007-PCM, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobacion de los Lineamientos Aprobar los Lineamientos que establecen el contenido minimo del Plan Estrategico de Gobierno Electronico de cada Entidad que conforma el Sistema Nacional de Informatica, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2°.- Alcances de los Lineamientos Los Lineamientos que se aprueban son de obligatorio cumplimiento para todas aquellas entidades que conforman el Sistema Nacional de Informatica. Articulo 3°.- Plazo Las Entidades que conforman el Sistema Nacional de Informatica deberan remitir sus Planes Estrategicos de Gobierno Electronico, debidamente aprobados, dentro de los ciento veinte (120) dias habiles siguientes a la entrada en vigencia de la presente Resolucion. Articulo 4°.- Publicacion La presente Resolucion se publicara en el Diario Oficial El Peruano. Los Lineamientos seran publicados en el MORDAZA de Estado Peruano (www.peru.gob.pe), en el MORDAZA de la Oficina Nacional de Gobierno Electronico e Informatica ONGEI de la Presidencia del Consejo de Ministros (www. ongei.gob.pe), asi como en el MORDAZA Institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.pcm.gob.pe) el mismo dia de la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 5°.- Asesoramiento La Oficina Nacional de Gobierno Electronico e Informatica - ONGEI brindara asesoramiento metodologico a las entidades comprendidas en el alcance de los Lineamientos que se aprueban mediante la presente Resolucion. El asesoramiento debera ser solicitado al correo electronico ongei@pcm.gob.pe o mcamara@pcm. gob.pe.

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