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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 18 de febrero de 2011 436424 Que, el literal a) del Artículo 14° de la Ley N° 29565 señala que corresponde al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, “Formular, coordinar, ejecutar y supervisar la política relacionada con el fomento de la cultura y la creación cultural en todos sus aspectos y ramas del patrimonio cultural, lo que incluye la declaración, administración, promoción, difusión y protección del Patrimonio Cultural de la Nación, de conformidad con la respectiva política nacional”; Estando a lo visado por el Director de Gestión, el Director de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico y la Directora de la Ofi cina de Asuntos Jurídicos; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; Decreto Supremo N° 001-2010-MC, que aprueba la fusión de entidades y órganos en el Ministerio de Cultura; el Decreto de Urgencia N° 066-2010, que establece que los documentos de gestión del Instituto Nacional de Cultura - INC mantienen vigencia y son de aplicación en el Ministerio de Cultura; la Ley Nº 27580, Ley que dispone medidas de protección que debe aplicar el Instituto Nacional de Cultura para la ejecución de obras en bienes culturales inmuebles; el Decreto Supremo Nº 011-2006-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; el Decreto Supremo Nº 011-2006- VIVIENDA, que aprueba el Reglamento Nacional de Edifi caciones, el Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura modifi cado mediante Decreto Supremo Nº 028-2006-ED. SE RESUELVE: Artículo 1º.- DECLARAR como bien integrante del patrimonio cultural de la Nación a la Zona Monumental de Lucre y su respectivo marco circundante de protección, ubicado en el distrito de Lucre, provincia de Quispicanchi y departamento de Cusco, de acuerdo a las poligonales señaladas en el Plano DZM-02, con código DZM-02- 2010-DPHCR-DREPH/MC, elaborado en base a la documentación gráfi ca remitida por la Dirección Regional de Cultura Cusco y de acuerdo a la parte considerativa de la presente Resolución; Artículo 2º.- Encargar a la Dirección Regional de Cultura Cusco la elaboración del Reglamento para la Zona Monumental de Lucre y su respectivo marco circundante de protección. Artículo 3º.- Hacer de conocimiento la presente Resolución a las autoridades locales y regionales sobre la condición patrimonial de la Zona Monumental y su marco circundante de protección mencionada en el Artículo 1° de la presente Resolución, así como la normatividad y leyes de protección del patrimonio cultural de la Nación. Artículo 4º.- Es obligación de los propietarios de los inmuebles ubicados en la Zona Monumental de Lucre y su marco circundante de protección, autoridades locales y regionales someter a la aprobación y supervisión del Ministerio de Cultura cualquier intervención a realizarse en el bien integrante del patrimonio cultural de la Nación referido. Regístrese, comuníquese y publíquese. BERNARDO ROCA-REY MIRO-QUESADA Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 603885-1 DEFENSA Designan representantes del Ministerio ante la Comisión Nacional de Estudio y Aplicación del Derecho Internacional Humanitario RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 132-2011-DE/SG Lima, 15 de febrero de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 234-2001- JUS del 01 de junio de 2001, se estableció la Comisión Nacional de Estudio y Aplicación del Derecho Internacional Humanitario — CONADIH como órgano consultivo de carácter multisectorial del Poder Ejecutivo; Que, por Resolución Ministerial N° 240-2001-JUS del 23 de julio de 2001, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional de Estudio y Aplicación del Derecho Internacional Humanitario — CONADIH; Que, el inciso c) del artículo 3° del referido Reglamento, en concordancia con el inciso c) del artículo 2° de la Resolución Suprema N° 234-2001-JUS, establece que la mencionada Comisión se encuentra integrada, entre otros, por un representante del Ministerio de Defensa; Que, el artículo 6° del citado Reglamento dispone que los Sectores e Instituciones que integran la Comisión Nacional de Estudio y Aplicación del Derecho Internacional Humanitario — CONADIH deberán designar sus representantes ante dicha Comisión; Que, por Resolución Ministerial N° 641-2010-DE/SG del 18 de junio de 2010, se designó como representantes del Ministerio de Defensa ante la CONADIH, al Coronel EP Julio Eduardo MACEDO CRIALES (Titular) y al Mayor EP Flavio Antonio PUELLES MORALES (Alterno); Que, habiendo sido cambiado de colocación, por razones de servicio, el Coronel EP Julio Eduardo MACEDO CRIALES, resulta necesario dar por concluida la designación del citado Ofi cial como representante titular del Ministerio de Defensa ante la CONADIH, así como ratifi car la designación del Mayor EP Flavio Antonio PUELLES MORALES como representante alterno; Que, a fi n de dar continuidad a la representación del Ministerio de Defensa ante la CONADIH para el presente año, es pertinente designar como representante titular de este Portafolio al Coronel FAP Julio VASSALLO OJEA; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158 — Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley N° 29605 — Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y el Decreto Supremo N° 001-2008-DE — Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dar por concluida la designación del señor Coronel EP Julio Eduardo MACEDO CRIALES como representante titular del Ministerio de Defensa ante la Comisión Nacional de Estudio y Aplicación del Derecho Internacional Humanitario - CONADIH, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2°.- Designar como representantes del Ministerio de Defensa ante la Comisión Nacional de Estudio y Aplicación del Derecho Internacional Humanitario - CONADIH, a los siguientes Ofi ciales Superiores: - Coronel FAP Julio VASSALLO OJEA (Titular) - Mayor EP Flavio Antonio PUELLES MORALES (Alterno) Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME THORNE LEÓN Ministro de Defensa 604214-1 Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de la República de Corea y de los Estados Unidos de América RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 136-2011-DE/SG Lima, 16 de febrero de 2011 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DGS) Nº 102 de fecha 14 de febrero de 2011, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita