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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE FEBRERO DEL AÑO 2011 (18/02/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 17

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 18 de febrero de 2011 436433 para el año fi scal 2011, autoriza al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES a que, en el marco del Programa Piloto de Asistencia Solidaria: “Gratitud” y para el presente año fi scal, efectúe transferencias directas monetarias, a favor de los adultos mayores en condición de extrema pobreza a partir de los setenta y cinco (75) años de edad, de acuerdo a la información registrada en el Sistema de Focalización de Hogares – SISFOH; Que, mediante el Decreto Supremo ʋ 001-2011- MIMDES se establecieron los lineamientos y mecanismos para las transferencias directas monetarias a otorgarse durante el año fi scal 2011, a favor de los adultos mayores de setenta y cinco (75) o más años de edad en condición de extrema pobreza, en el marco del Programa Piloto de Asistencia Solidaria: “Gratitud”, según lo previsto en la Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley ʋ 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2011; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del precitado Decreto Supremo señala que el Programa Piloto de Asistencia Solidaria: “Gratitud” tendrá como ámbito de intervención los departamentos de Apurímac, Ayacucho y Huancavelica, así como Lima Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao; siendo que a partir del segundo trimestre del presente año se incorporarán progresivamente los departamentos donde interviene el Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres – JUNTOS; Que, mediante Resolución Ministerial ʋ 061- 2011-MIMDES se aprobó la creación de la Ofi cina Desconcentrada I del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, la cual tendrá a su cargo, exclusivamente, la administración y ejecución del Programa Piloto de Asistencia Solidaria: “Gratitud” durante el año fi scal 2011, además de las funciones establecidas en los literales o), p), q), s) y t) del artículo 90 del Reglamento de Organización y Funciones del MIMDES; Que, por Resolución Ministerial ʋ 098-2010-MIMDES se aprobó la creación de los Comités de Coordinación Regional, los cuales tienen a su cargo la coordinación y articulación de las actividades que realizan los Programas Nacionales y Organismos Públicos Ejecutores del Sector Mujer y Desarrollo Social, en un ámbito regional; además, su instalación es en forma progresiva en cada región a nivel nacional, con excepción de Lima y Callao, y, están conformados, entre otros, por un representante de la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social, quien es designado como Coordinador Regional mediante Resolución Ministerial; Que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 3 de la precitada Resolución Ministerial, los Comités de Coordinación Regional tienen, entre otras responsabilidades, la de organizar, implementar y ejecutar en la región las disposiciones y acciones establecidas por el Despacho Ministerial, así como aquellas que se le asignen con los instrumentos legales correspondientes; Que, con Memorando ʋ 93-2011-MIMDES/OGPP del 15 de febrero de 2011, la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto ha hecho suyo el Informe ʋ 009-2011- MIMDES/OGPP-OOM de la Ofi cina de Organización y Métodos, a través del cual se emite opinión favorable respecto de la propuesta efectuada por el Gabinete de Asesores para la modifi cación de la Directiva General ʋ 001-2011-MIMDES que regula los “Procedimientos y Mecanismos para la Ejecución del Programa Piloto de Asistencia Solidaria: “Gratitud” para el año fi scal 2011”, así como de la Resolución Ministerial ʋ 046-2011-MIMDES que la aprueba; Que, en este contexto, es conveniente dejar sin efecto tanto la Resolución Ministerial ʋ 046-2011-MIMDES como la Directiva General ʋ 001-2011-MIMDES y aprobar las nuevas disposiciones operativas que permitan la implementación del Programa Piloto de Asistencia Solidaria: “Gratitud”, así como la Directiva General que establezca los procedimientos y mecanismos para la ejecución del citado Programa Piloto para el año fi scal 2011 y demás disposiciones necesarias para su otorgamiento; Con las visaciones de la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto, la Ofi cina General de Administración y la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley ʋ 29626 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2011, la Ley ʋ 29597 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, aprobado por Decreto Supremo ʋ 011- 2004-MIMDES y la Resolución Ministerial ʋ 098-2010- MIMDES; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial ʋ 046-2011-MIMDES y la Directiva General ʋ 001-2011- MIMDES. Artículo 2°.- Aprobar la Directiva General ʋ 002- 2011-MIMDES que contiene los “Procedimientos y Mecanismos para la Ejecución del Programa Piloto de Asistencia Solidaria: “Gratitud” para el año fi scal 2011”, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3°.- Los Comités de Coordinación Regional creados por Resolución Ministerial ʋ 098-2010-MIMDES tendrán a su cargo el proceso de verifi cación de los potenciales benefi ciarios del Programa Piloto de Asistencia Solidaria: “Gratitud”, conforme a lo previsto en la Directiva General aprobada por la presente Resolución. Artículo 4°.- Designar a los Jefes de los Equipos Zonales de Ayacucho, Huancavelica y Apurímac del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria – PRONAA como Coordinadores Regionales encargados de presidir y dirigir los Comités de Coordinación Regional en dichos departamentos. Artículo 5°.- Disponer la publicación de la Directiva aprobada por la presente Resolución, en el Portal Institucional del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social (www.mimdes.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. VIRGINIA BORRA TOLEDO Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 604346-1 Conceden licencia a Presidente del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Pública de Chota RESOLUCIÓN MINISTERIAL ʋ 066-2011-MIMDES Lima, 17 de febrero de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial ʋ 539-2010- MIMDES, se designó al señor GILBERTO BURGA CASTRO como Presidente del Directorio de la Sociedad de Benefi cencia Pública de Chota; Que, a través del Ofi cio ʋ 011-BPCH-CH, presentado el 09 de febrero de 2011, el citado funcionario indica que participará como candidato al Congreso de la República en las Elecciones Generales del año 2011, razón por la que solicita licencia durante sesenta (60) días; Que, el artículo 114 de la Ley ʋ 26859, Ley Orgánica de Elecciones, establece que están impedidos de ser candidatos, entre otros, los trabajadores y funcionarios de los Poderes Públicos y de los organismos y empresas del Estado, si no solicitan licencia sin goce de haber, la cual debe serles concedida 60 (sesenta) días antes de la fecha de las elecciones; Que, el numeral 17.1 del artículo 17 de la Ley ʋ 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que la autoridad puede disponer en el mismo acto que éste tenga efi cacia anticipada a su emisión; Que, en concordancia con los fundamentos mencionados en los párrafos precedentes, resulta pertinente conceder la licencia solicitada por el señor GILBERTO BURGA CASTRO durante sesenta (60) días calendario, sin goce de haber y con efi cacia a partir del 09 de febrero de 2011; De conformidad con lo dispuesto en la Ley ʋ 26859 – Ley Orgánica de Elecciones, la Ley ʋ 26918 – Ley de Creación del Sistema Nacional para la Población en Riesgo, la Ley ʋ 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, la Ley ʋ 27594 – Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, la Ley ʋ 29597 – Ley de Organización