Norma Legal Oficial del día 18 de febrero del año 2011 (18/02/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, viernes 18 de febrero de 2011 Cod. Exp. Descripcion de la Servidumbre 11213810 Punto P9 P10 P11 P12 P13 P14 P15 P16 P17 P18 P19 P20 P21 P22 P23 P24 P25 P26 P27 P28 P29 P30 Area de Servidumbre Norte 8 797 762,81 8 797 718,71 8 797 680,55 8 797 640,79 8 797 567,91 8 797 539,27 8 797 507,72 8 797 473,20 8 797 478,84 8 797 530,82 8 797 632,79 8 797 659,78 8 797 684,42 8 797 714,62 8 797 800,21 8 797 845,82 8 797 873,94 8 797 910,79 8 797 935,04 8 797 954,95 8 797 985,26 8 797 998,77

NORMAS LEGALES
Propietario Este 298 159,78 298 180,93 298 214,71 298 254,11 298 315,25 298 344,05 298 375,95 298 400,00 298 404,36 298 453,34 298 371,75 298 328,22 298 284,15 298 258,53 298 212,21 298 174,05 298 133,66 298 095,90 298 038,99 297 999,77 297 962,27 297 911,57

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Articulo 3º.- Los propietarios de los predios sirvientes no podran construir obras de cualquier naturaleza ni podran realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de las servidumbres constituidas. Articulo 4º.- Empresa de Generacion Electrica Cheves S.A. debera adoptar las medidas necesarias a fin de que las areas de servidumbres no sufran dano ni perjuicio por causa de la imposicion, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Articulo 5º.- Empresa de Generacion Electrica Cheves S.A. debera velar permanentemente para evitar que en las areas afectadas por las servidumbres o sobre ellas se ejecute cualquier MORDAZA de construccion que restrinja su ejercicio. Articulo 6º.- La presente Resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 600028-1

modalidad de cohecho pasivo impropio, generica a un (01) ano de Pena Privativa de la MORDAZA efectiva, sentencia que quedo consentida y ejecutoriada. Que, el articulo 161º del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 00590-PCM establece en su articulo 161º que "La condena penal consentida y ejecutoriada privativa de la MORDAZA, por delito doloso, acarrea destitucion automatica. En el caso de condena condicional, la Comision de Procesos Administrativos Disciplinarios evalua si el servidor puede seguir prestando servicios, siempre y cuando el delito no este relacionado con las funciones asignadas ni afecte a la Administracion Publica"; Que los miembros de la Comision analizan lo establecido en el articulo 161º y lo que establece el inciso 243.2.del articulo 243º de la Ley Nº 27444 ­ Ley General del Procedimiento Administrativo, que a la letra dice "Los procedimientos para la exigencia de la responsabilidad penal o civil no afectan la potestad de las entidades para instruir y decidir sobre la responsabilidad administrativa, salvo disposicion judicial expresa en contrario"; resultando pertinente precisar que en el presente MORDAZA no existe disposicion judicial expresa en contrario; Que, para los miembros de la Comision Permanente el delito cometido por la servidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA guarda relacion con las funciones asignadas, dado que fue cometido encontrandose en el ejercicio de sus funciones, cuando se desempenaba como inspectora en la oficina de pasaportes de Migraciones - MORDAZA, por lo que los miembros del colegiado estiman que en aplicacion de lo dispuesto en el articulo 161º del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, la mencionada servidora debe ser destituida; Estando a lo recomendado y con lo opinado por la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio del Interior; y, De conformidad a la Ley Nº 29334 de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior, al Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico y los articulos 150º, 153º, 155º inciso d), 159º, 161º y 170º del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; SE RESUELVE:

INTERIOR
Sancionan con destitucion a servidora de la Direccion General de Migraciones y Naturalizacion
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0168-2011-IN/1300 MORDAZA, 17 de febrero de 2011 VISTO, el Acta de Sesion Nº 09-2011-1300COPERPROADMI, del 11 de enero de 2011, de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de los Organos No Policiales del Ministerio del Interior, designada por Resolucion Ministerial Nº 11592010-IN de fecha 21 de diciembre de 2010, relacionado a la conclusion del MORDAZA Administrativo Disciplinario instaurado a la servidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, servidora de la Direccion General de Migraciones y Naturalizacion del Ministerio del Interior. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 03382010-IN-1300, de fecha 14 de MORDAZA de 2010 se resuelve Instaurar MORDAZA Administrativo Disciplinario a la servidora MORDAZA MORDAZA AGUlLAR MORDAZA, Inspector de Migracion I, Nivel SPD de la Direccion de Migraciones y Naturalizacion del Ministerio del Interior, en aplicacion del articulo 161º del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-90PCM, dado que la mencionada servidora fue condenada por el Delito doloso de corrupcion de funcionario, en la

Articulo 1º.- Sancionar con DESTITUCION a la servidora MORDAZA Emperatriz. MORDAZA FARlAS servidora de la Direccion General de Migraciones y Naturalizacion del Ministerio del Interior, conforme a lo recomendado por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de los Organos No Policiales del Ministerio del Interior, designada por Resolucion Ministerial Nº 1159-2010IN del 21 de diciembre de 2010, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Ministerial a la Presidencia del Consejo de Ministros para su inscripcion en el Registro Nacional de Sanciones de Destitucion y Despido. Articulo 3º.- Notificar la presente Resolucion a la referida servidora de conformidad con las normas legales vigentes. Articulo 4º.- Disponer que la Oficina de Personal del Ministerio del Interior inserte MORDAZA de la presente Resolucion en el legajo personal de la servidora sancionada. Registrese, comuniquese y publiquese. E. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 604351-1

Designan integrantes de la Comision de Venta de Insumos Quimicos y Productos Fiscalizados (IQPF) y otros puestos a disposicion de la OFECOD
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0169-2011-IN/1101 MORDAZA, 17 de febrero de 2011

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