TEXTO PAGINA: 11
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 18 de febrero de 2011 436427 SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobación de Directiva para la aplicación de lo dispuesto por la Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29626 Disponer la aplicación de la Directiva N° 004-2010- EF/68.01, Directiva que establece disposiciones para la elaboración del Inventario de Proyectos de Inversión Pública culminados y no culminados, aprobada por Resolución Directoral N° 005-2010-EF/68.01, para dar cumplimiento a lo establecido en la Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011. Artículo 2°.- Modifi cación de la Directiva N° 004- 2010-EF/68.01 Modifíquense el artículo 3°, el numeral 4.4 del artículo 4°, el artículo 6° y el numeral 7.3 del artículo 7° de la Directiva N° 004-2010-EF/68.01, con los textos siguientes: “Artículo 3°.- Ámbito de Aplicación La presente Directiva es de aplicación a las Entidades y Empresas del Sector Público no fi nanciero sujetas al Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP), que independientemente de su denominación, nivel de autonomía u oportunidad de creación, iniciaron la ejecución de Proyectos de Inversión Pública (PIP) con por lo menos un componente de infraestructura, declarados viables en el marco del SNIP, culminados o no, y que al 01 de enero de 2011 se encuentran pendientes de liquidación. En el caso de los PIP cuya ejecución física se inició pero no ha sido culminada, deberá considerarse solamente aquellos PIP que tienen periodos de suspensión de dicha ejecución mayores a un (1) año. Artículo 4°.-Defi niciones (…) 4.4 Proyectos de Inversión Pública no culminados.- Son aquellos PIP cuya ejecución física se encuentra suspendida por periodos mayores a un (1) año y que al 01 de enero de 2011 se encuentren pendientes de liquidación. Artículo 6°.- Disposiciones para el inventario de Proyectos de Inversión Pública culminados, a cargo de la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público (DGPM) Para la elaboración del inventario de Proyectos de Inversión Pública culminados y no culminados, las Ofi cinas de Programación e Inversiones Institucionales deberán remitir por medio de su correo electrónico ofi cial para fi nes del SNIP, al correo electrónico: inventario.proyectos@mef. gob.pe, el Formato SNIP 17, durante la última semana de cada trimestre, con la información siguiente: (….). Artículo 7°.-Disposiciones para la liquidación de Proyectos de Inversión Pública (...) 7.3 La liquidación de los Proyectos de Inversión Pública se regirá por lo establecido en la normatividad de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, de la Contraloría General de la República y demás normatividad vigente que resulte aplicable, y complementariamente, por las disposiciones internas de cada Entidad. Asimismo, son de aplicación las disposiciones que la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público del Ministerio de Economía y Finanzas emita de acuerdo a lo dispuesto en la Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29626”. Artículo 3°.- Disposiciones Finales 3.1 Autorizar a la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público del Ministerio de Economía y Finanzas a publicar la versión actualizada de la Directiva N° 004-2010-EF/68.01, en su portal electrónico: http:// www.mef.gob.pe/DGPM/normatividad.php 3.2 La información almacenada en el inventario de Proyectos de Inversión Pública culminados y no culminados, será puesta en conocimiento de la Contraloría General de la República. Asimismo, dicho inventario será publicado en el portal electrónico del Ministerio de Economía y Finanzas mencionado en el numeral precedente. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS GIESECKE SARA-LAFOSSE Director General Dirección General de Programación Multianual del Sector Público 604213-1 EDUCACION Oficializan el IV Congreso de Jefes de Asesoría Jurídica del Sector Educación, a realizarse en la ciudad de Trujillo RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0069-2011-ED Lima, 11 de febrero de 2011 CONSIDERANDO: Que, el inciso a) del artículo 80º de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación establece, como una de las funciones del Ministerio de Educación la de “Defi nir, dirigir, regular y evaluar, en coordinación con las regiones, la política educativa y pedagógica nacional y establecer políticas específi cas de equidad”; Que, el artículo 68º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2006-ED, establece que la Ofi cina de Asesoría Jurídica, órgano dependiente de la Secretaría General, es responsable de brindar asesoramiento en asuntos jurídicos a la Alta Dirección, y demás órganos del Sector Educación; le corresponde sistematizar y concordar las normas legales referidas a Educación, y promover la actualización jurídica de los asesores jurídicos de las diferentes Instancias de Gestión Educativa Descentralizada, a través de congresos y seminarios nacionales; Que, para el presente año 2011, según el Plan Operativo Anual de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, se ha programado realizar el “IV CONGRESO DE JEFES DE ASESORIA JURIDICA DEL SECTOR EDUCACION: “Análisis sobre la aplicación de las normas legales en la Gestión Educativa”, en la ciudad de Trujillo, los días 31 de marzo, 01 y 02 abril del 2011, por lo que resulta necesario su ofi cialización mediante la Resolución Ministerial; Que, asimismo se requiere suscribir un Convenio de Cooperación entre el Ministerio de Educación y el Gobierno Regional de la Libertad, a fi n que ambas entidades se constituyan en coorganizadores de dicho evento y asuman las respectivas obligaciones para su mejor realización; Que, el artículo 25º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que el Ministro podrá delegar en los funcionarios de su cartera ministerial, facultades y atribuciones que no sean privativas a su función; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, modifi cado por la Ley Nº 26510; y, el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- OFICIALIZAR el IV CONGRESO DE JEFES DE ASESORIA JURIDICA DEL SECTOR EDUCACION: “Análisis sobre la aplicación de las normas legales en la Gestión Educativa” a realizarse los días 31 de marzo, 01 y 02 abril del 2011 en la ciudad de Trujillo- La Libertad, organizado por la Ofi cina de Asesoría Jurídica del Ministerio de Educación. Artículo 2º.- Aprobar el Convenio de Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio de Educación y el Gobierno Regional de la Libertad, el mismo que forma parte de la presente Resolución. Artículo 3º.- Delegar al Secretario General para que en nombre y representación del Ministerio de Educación, suscriba el Convenio referido en el artículo precedente. Artículo 4º.- Las Instancias de Gestión Educativa Descentralizada, brindarán las facilidades para que