Norma Legal Oficial del día 23 de febrero del año 2011 (23/02/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, miercoles 23 de febrero de 2011

NORMAS LEGALES

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13.3. De la Inspectoria General de la Policia Nacional del Peru. La Inspectoria General velara por el cumplimiento de las disposiciones contenidas en el presente reglamento de acuerdo con su normatividad. 13.4. De la Direccion de Logistica de la Policia Nacional del Peru. Formular y aprobar el Plan de Mantenimiento de las Comisarias para el Ano Fiscal 2011. 13.5. De las Unidades Ejecutoras de la Policia Nacional del Peru. a) Asignar los recursos presupuestarios a los Comisarios de su jurisdiccion bajo la modalidad de Encargos y Fondo Fijo Rotarios, dentro del MORDAZA de las directivas que para dicho efecto formulara la Direccion de Planeamiento Estrategico y Presupuesto del Estado Mayor General de la Policia Nacional del Peru. b) Efectuar el registro de sus operaciones de gasto en el Sistema Integrado de Administracion Financiera del Sector Publico de los recursos presupuestarios asignados a las Comisarias. c) Formular el informe en base a la informacion remitida por las comisarias, remitiendose a la Division de Presupuesto de la Direccion de Planeamiento Estrategico y Presupuesto del Estado Mayor General de la Policia Nacional del Peru a mas tardar el 30 de MORDAZA del Ano Fiscal 2011. d) Capacitar y orientar a los Comisarios en los aspectos presupuestales y logisticos para el mantenimiento de las comisarias, en lo referido a infraestructura, mobiliario y equipos de computo. e) Verificar la rendicion de cuentas documentada, las mismas que de presentar indicios de adulteracion parcial o total debera ser comunicada a las inspectorias descentralizadas o Inspectoria General de la Policia Nacional del Peru, a fin de establecer responsabilidades. f) El Titular de la Unidad Ejecutora y de ser el caso el Comisario, son responsables del cumplimiento de la informacion establecida en el presente Reglamento, en los plazos y fechas senaladas. 13.6. De las Direcciones Territoriales Policiales (DIRTEPOLES) - Dar conformidad a las rendiciones de cuenta documentadas sobre la ejecucion del gasto formuladas por los Comisarios respecto a los fondos asignados bajo la modalidad de Encargos y Fondo Fijo Rotatorio. - Efectuar el seguimiento y monitoreo de las acciones de mantenimiento a cargo de los comisarios; para cuyo efecto realizara visitas inopinadas, formulando los informes correspondientes, remitiendo a las respectivas Unidades Ejecutoras. 13.7. Del Comisario a) Recibir de la Unidad Ejecutora bajo la modalidad de Encargo y Fondo Fijo Rotatorio la suma correspondiente para realizar el mantenimiento de la Comisaria a su cargo. b) Rendir cuenta ante la Unidad Ejecutora encargante, del gasto ejecutado con la documentacion sustentatoria correspondiente con su respectiva visacion, en medio impreso y/o electronico. c) La documentacion presentada por el Comisario responsable del mantenimiento de la comisaria tiene caracter de Declaracion Jurada, invalidandose cualquier variacion posterior bajo responsabilidad. d) Llenar adecuadamente la "Ficha Censal de Evaluacion de la Infraestructura de Comisarias correspondiente al ano 2011" y remitirla a su respectiva Direccion Territorial de Policia (DIRTEPOL) para su consolidacion por la Unidad Ejecutora. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- La Direccion General de la Policia Nacional del Peru aprobara MORDAZA del 28 de febrero de 2011 la Directiva de ejecucion presupuestaria bajo la modalidad de Encargo al Comisario y la Directiva para el manejo del Fondo Fijo Rotatorio necesarias para la ejecucion del mantenimiento de las Comisarias.

Segunda.- La Direccion de Logistica de la Policia Nacional del Peru, aprobara el Plan de Mantenimiento de Comisarias dentro de los cinco (5) dias habiles de publicado el presente Reglamento. Tercera.- Para el mantenimiento preventivo y correctivo de las Comisarias se asignaran recursos a cada Comisaria bajo la modalidad de Encargos al Comisario, hasta un MORDAZA de 10 Unidades Impositivas Tributarias (UIT). Cuarta.- La ejecucion de los recursos asignados para el mantenimiento de las Comisarias, se realizara en un plazo de sesenta (60) dias contados a partir del dia siguiente de aprobada la Directiva de ejecucion bajo la modalidad de Encargo al Comisario. El fondo fijo rotatorio se ejecutara a partir del dia siguiente de aprobada la Directiva de la materia hasta el mes de diciembre del AF2011. Quinta.- El Ministerio del Interior mediante Resolucion Ministerial podra incorporar y excluir comisarias no consideradas en la relacion contenida en el anexo Nº 2: "Cuadro resumen y relacion de Comisarias con asignacion del fondo fijo rotatorio". Sexta.- Autoricese al Ministerio del Interior a dictar las medidas y disposiciones complementarias para la mejor aplicacion del presente Reglamento. Setima.- La Contraloria General de la Republica a traves de los Organos de Control Institucional del Ministerio del Interior y de la Policia Nacional del Peru, velara por el estricto cumplimiento de lo dispuesto en la presente norma. 606177-2

JUSTICIA
Designan Procuradora Publica Adjunta de la Oficina Nacional de Procesos Electorales
RESOLUCION SUPREMA N° 037-2011-JUS MORDAZA, 22 de febrero de 2011 VISTO, el Oficio N° 355-2010-JUS/CDJE-ST del Secretario Tecnico del Consejo de Defensa Juridica del Estado; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1068 se crea el Sistema de Defensa Juridica del Estado con la finalidad de fortalecer, unificar y modernizar la defensa juridica del Estado en el ambito local, regional, nacional, supranacional e internacional, en sede judicial, militar, arbitral, Tribunal Constitucional, organos administrativos e instancias de similar naturaleza, arbitrajes y conciliaciones; Que, el numeral 10.2 del articulo 10° del Decreto Legislativo N° 1068 establece que los titulares del Poder Legislativo, Poder Judicial y de los Organismos Constitucionalmente Autonomos proponen una terna que sera evaluada por el Consejo de Defensa Juridica del Estado de acuerdo al reglamento, luego de la cual se eleva la propuesta al Presidente de la Republica para su designacion; Que, el numeral 13.1 del articulo 13° de la citada MORDAZA dispone que los Procuradores Publicos Adjuntos estan facultados para ejercer la defensa juridica del Estado, coadyuvando la defensa que ejerce el Procurador Publico, contando con las mismas atribuciones y prerrogativas que este; Que, mediante Oficio N° 013-2011-J/ONPE, la Jefa de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, propone una terna para que sea evaluada por el Consejo de Defensa Juridica del Estado, con la finalidad de proponer al profesional que desempene el cargo de Procurador Publico Adjunto de la Oficina Nacional de Procesos Electorales; Que, conforme al oficio de visto, el Secretario Tecnico del Consejo de Defensa Juridica del Estado informa que dicho Consejo, en sesion extraordinaria de fecha 28 de enero de 2011, luego de evaluar la mencionada terna,

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