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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 26 de febrero de 2011 437664 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Suspender las actividades extractivas del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus) realizadas con embarcaciones pesqueras artesanales con redes de cerco, a partir de las 00:00 horas del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial, en todo el litoral peruano, por un periodo de diez (10) días calendario, a efectos de proteger a la población juvenil y garantizar el reclutamiento del mencionado recurso. Los establecimientos industriales pesqueros con licencia de procesamiento pesquero para desarrollar actividades productivas de consumo humano directo, podrán recibir y procesar el recurso anchoveta proveniente de la fl ota artesanal, dentro de las 24 horas posteriores al inicio de la suspensión de actividades extractivas establecidas en el párrafo precedente. Artículo 2º.- El IMARPE, culminada la suspensión establecida en el artículo 1° de la presente Resolución Ministerial, deberá informar a la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Producción, los resultados del seguimiento de la actividad extractiva referida a las capturas diarias, capturas incidentales, esfuerzo de pesca desplegado, incidencia de ejemplares juveniles, entre otros indicadores; recomendando con la prontitud del caso, las medidas de conservación que sean necesarias adoptar para garantizar la sostenibilidad de los recursos hidrobiológicos. Articulo 3°.- El incumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial, será sancionado conforme al Reglamento de Inspecciones y Sanciones Pesqueras y Acuícolas (RISPAC) aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2007-PRODUCE y demás normas concordantes, complementarias y/o ampliatorias. Artículo 4º.- Las Direcciones Generales de Extracción y Procesamiento Pesquero, de Seguimiento, Control y Vigilancia y de Asuntos Ambientales en Pesquería del Ministerio de la Producción, así como las dependencias con competencia pesquera de los Gobiernos Regionales, y la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, dentro del ámbito de sus respectivas competencias y jurisdicciones, realizarán las acciones de difusión que correspondan y velarán por el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE ELISBAN VILLASANTE ARANÍBAR Ministro de la Producción 607661-2 RELACIONES EXTERIORES Amplían la permanencia de funcionario diplomático en la República de Guyana a fin de participar en la Reunión de Consejo de Desarrollo Social de la UNASUR RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0161/RE-2011 Lima, 24 de febrero de 2011 VISTA: La Resolución Ministerial Nº 0127-2011-RE, de 08 de febrero de 2011, que autorizó el viaje, en comisión de servicios, del Ministro en el Servicio Diplomático de la República Luis Benjamín Chimoy Arteaga, Director de UNASUR y Mecanismos de Coordinación Sudamericanos de la Dirección General de América, a la ciudad de Georgetown, República de Guyana, del 30 al 31 de marzo de 2011, para participar en la XXIX Reunión del Consejo de Delegadas y Delegados de la UNASUR; CONSIDERANDO: Que, por necesidad del Servicio el citado funcionario diplomático, deberá permanecer en la ciudad de Georgetown, República de Guyana del 28 al 31 de marzo de 2011, para participar en la Reunión de Consejo de Desarrollo Social de la UNASUR y la XXIX Reunión del Consejo de Delegadas y Delegados de la UNASUR; Teniendo en cuenta los Memoranda (DGA) Nº DGA0101/2011, de la Dirección General de América; y (OPR) Nº OPR0439/2011 de la Ofi cina de Programación y Presupuesto, de 16 de febrero de 2011, que otorga disponibilidad presupuestal a la presente ampliación de permanencia; De conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28091; los artículos 185º inciso f) y 190º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE y su modifi catoria; en concordancia con el artículo 83º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; la Ley Nº 29357; la Ley Nº 27619, su modifi catoria y Reglamento, y su modifi catoria; y la Ley Nº 29626-2010-PCM en su artículo 10.1 inciso d); SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ampliar la permanencia, en comisión de servicios, del Ministro en el Servicio Diplomático de la República Luis Benjamín Chimoy Arteaga, Director de UNASUR y Mecanismos de Coordinación Sudamericanos de la Dirección General de América, en la ciudad de Georgetown, República de Guyana, del 28 al 29 de marzo de 2011, a fi n de que participe en la Reunión de Consejo de Desarrollo Social de la UNASUR. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de viáticos internacionales, cargo y diferencia de tarifa por cambio de fecha que irrogue la presente Resolución serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 01281: Promoción, Ejecución y Evaluación de las Acciones de Política Exterior, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días siguientes al término de la referida comisión, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y Apellidos Pasajes US$ Viáticos por día US$ Número de días Total Viáticos US$ Luis Benjamín Chimoy Arteaga Cargo por cambio de fecha 75.00 200 2 400.00 Diferencia de tarifa 330.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término de la referida comisión, el referido funcionario diplomático deberá presentar ante el Ministro de Relaciones Exteriores, un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 607646-1 Autorizan viaje de funcionarios para participar en la IV Reunión del Grupo Binacional Ad Hoc de Gestión de la ALT que se llevará a cabo en Bolivia RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0162/RE-2011 Lima, 24 de febrero de 2011 CONSIDERANDO: Que, en la III Reunión del Grupo Binacional Ad Hoc de Gestión de la Autoridad Binacional Autónoma del Sistema Hídrico del Lago Titicaca, Río Desaguadero, Lago Poopó y Salar de Coipasa (ALT), celebrada en la ciudad de La Paz, Estado Plurinacional de Bolivia, el 17 de enero de 2011, se acordó sostener la cuarta reunión de dicho