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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 7 de julio de 2011 446019 POR LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO MEDIANTE MEMORANDO Nº 1446-2010-MPC/GGPPR, según detalle: • En la columna DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO, Incluir en la Base Legal el Artículo 57° al Decreto Supremo N° 024-2008-VIV, a los Procedimientos Administrativos N°s. 51 – 52 – 53 – 54 – 55 – 56 - 57 – 58 y 62. • En la columna correspondiente a DERECHO DE TRAMITACION, anular la Verifi cación Técnica, reemplazando con Autoliquidación 1.2% del Valor de Obra (V.O.), a los Procedimientos Administrativos N°s. 51 – 52 – 53 – 54 – 55 – 56 y 57. • En la columna correspondiente a DERECHO DE TRAMITACION, incorporar Autoliquidación 0.5% del Valor de Obra (V.O.) y Multa 10% del Valor de Obra (V.O.), en el Procedimiento Administrativo N° 58. • En la columna correspondiente a DERECHO DE TRAMITACION, anular la Verifi cación Técnica, reemplazando por Autoliquidación de existir aumento de área techada 0.5% del Valor de Obra (V.O.), en el Procedimiento Administrativo N° 62. • En los Procedimientos Administrativos N°s. 72 y 73, en la columna DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO anular el.D.S. 026-2008-VIV. Art. 1° al 14° y, en la columna DERECHO DE TRAMITACION anular la Verifi cación Técnica. • En la columna DERECHO DE TRAMITACION, anular la Verifi cación Técnica a los Procedimientos Administrativos N°s. 64 – 65 – 66 – 67 y 68. • En la columna DERECHO DE TRAMITACION, de los Procedimientos Administrativos N°s. 64 – 65 y 66 ampliar los Costos de Mano de Obra, por incluir Supervisores de Obra – mínimo 4 verifi caciones técnicas realizadas por Ingeniero o Arquitecto Colegiados, siendo el costo del Colegio de Ingenieros por cada verifi cación técnica de S/. 72.00. • En la columna DERECHO DE TRAMITACION, de los Procedimientos Administrativos N°s. 67 y 68 ampliar los Costos de Mano de Obra, por incluir Supervisor de Obra – mínimo 1 verifi cación técnica, realizada por Ingeniero o Arquitecto Colegiados, siendo el costo del Colegio de Ingenieros por cada verifi cación técnica de S/. 72.00. • Excluir el Procedimiento Administrativo N° 78 – Autorización Temporal Uso del Jardín de Aislamiento (Anual), dado que la Ordenanza N° 026-2007-MDLP del 13/01/2008, no ha sido ratifi cada por la Municipalidad Provincial del Callao. Artículo Segundo.- APROBAR LA SUBSANACION DE LAS OBSERVACIONES A LA ESTRUCTURA DE COSTOS DETERMINADAS POR LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO MEDIANTE MEMORANDO Nº 1446-2010-MPC/GGPPR, según detalle: 1. La Municipalidad Distrital de La Perla, para el cálculo de los costos de los procedimientos administrativos, ha utilizado los procedimientos indicados en la normas legales vigentes: Resolución Jefatural N° 087-95-INAP/ DTSA que aprueba la Directiva N° 001-95-INAP/DTSA- “Pautas metodológicas para la fi jación de costos de los procedimientos administrativos”, el Art. 7° del Decreto Supremo N° 079-2007-PCM y la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N° 064- 2010-PCM del 05.06.2010 . 2. Subsanando las observaciones presentadas en el numeral 2. de las Observaciones a las Estructuras de Costos del Memorando Nº 1446-MPC/GGPPR, relacionada al Anexo Nº 03 –CUADRO PARA CALCULAR LOS GASTOS OPERACIONALES DEL PROCEDIMIENTO: Sobre la Depreciación Anual de Equipos de Cómputo y Muebles y Enseres, se ha procedido a corregir lo observado, considerando una depreciación anual de 25% para los equipos de cómputo (depreciación en 4 años) y de 10% para los muebles y enseres (depreciación en 10 años), de acuerdo a las directivas vigentes, quedando modifi cada la Estructura de Costos de acuerdo al Cuadro Nº 01, que se detalla: CUADRO Nº 01 ESTRUCTURA DE COSTOS N° PROC. COSTO TOTAL OBSERVADO SUBSANADO 50 20.83 24.68 51 100.77 126.74 52 100.77 126.74 53 100.77 126.74 54 100.77 126.74 55 100.77 126.74 56 100.77 126.74 57 100.77 126.74 58 100.77 126.74 59 14.64 16.68 60 20.83 24.68 61 a. 20.83 24.68 61 b. 24.68 62 a. 20.83 24.68 62 b. 24.68 63 20.83 24.68 64 100.77 414.12 65 100.77 414.12 66 100.77 414.12 67 100.77 193.14 68 100.77 193.14 69 100.77 126.74 70 100.77 126.74 71 100.77 126.74 72 100.77 126.74 73 100.77 126.74 74 20.83 24.68 75 20.83 24.68 76 50.58 63.83 77 20.83 24.68 78 20.83 ANULADO 78 a. 12.60 ANULADO 78 b.1 36.00 ANULADO 78 b.2 18.00 ANULADO 78 c. 18.00 ANULADO 78 d. 36.00 ANULADO 79 20.83 24.68 80 15.35 17.63 81 15.35 17.63 82 15.35 17.63 83 15.35 17.63 84 15.35 17.63 85 15.35 17.63 86 15.35 17.63 87 15.35 17.63 88 15.35 17.63