Norma Legal Oficial del día 07 de julio del año 2011 (07/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 7 de MORDAZA de 2011

PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Prorrogan Estado de Emergencia declarado en distritos y provincias de los departamentos de MORDAZA, San MORDAZA y Ucayali
DECRETO SUPREMO Nº 061-2011-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 039-2011PCM del 27 de MORDAZA de 2011, se prorrogo por sesenta (60) dias a partir del 09 de MORDAZA de 2011, el Estado de Emergencia en el distrito de Cholon de la provincia de Maranon; en el distrito de MORDAZA de la provincia de Huamalies, y en la provincia de MORDAZA MORDAZA, circunscripciones ubicadas en el departamento de Huanuco; en la provincia de Tocache del departamento de San Martin; y en la provincia del Padre MORDAZA del departamento de Ucayali; Que, estando por vencer el plazo vigente del Estado de Emergencia referido en el considerando precedente, aun subsisten las condiciones que determinaron la declaracion del Estado de Emergencia en dichas circunscripciones, resultando necesario aprobar la prorroga de su vigencia; Que, el articulo 137° de la Constitucion Politica del Peru, establece en el numeral 1) que la prorroga del Estado de Emergencia requiere MORDAZA decreto; De conformidad con lo establecido en los numerales 4) y 14) del articulo 118, el numeral 1) del articulo 137 de la Constitucion Politica del Peru y los literales b) y d) del numeral 2) del articulo 4 de la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros, y con cargo a dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1.- Prorroga del Estado de Emergencia Prorrogar por el termino de sesenta (60) dias, a partir del 08 de MORDAZA de 2011, el Estado de Emergencia declarado en el distrito de Cholon de la provincia de Maranon, en el distrito de MORDAZA de la provincia de Huamalies, y en la provincia de MORDAZA MORDAZA, circunscripciones ubicadas en el departamento de Huanuco; en la provincia de Tocache del departamento de San Martin; y en la provincia del Padre MORDAZA del departamento de Ucayali. La Policia Nacional del Peru mantendra el control del orden interno con el apoyo de las Fuerzas Armadas. Articulo 2.- Suspension del ejercicio de Derechos Constitucionales Durante la prorroga del Estado de Emergencia a que se refiere el articulo anterior y en las circunscripciones senaladas en el mismo, quedan suspendidos los derechos constitucionales relativos a la MORDAZA y seguridad personales, la inviolabilidad de domicilio y la MORDAZA de reunion y de MORDAZA en el territorio, comprendidos en los incisos 9), 11), 12) y 24) apartado f) del articulo 2 de la Constitucion Politica del Peru. Articulo 3.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por la Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa, el Ministro del Interior y la Ministra de Justicia. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los seis dias del mes de MORDAZA del ano dos mil once.

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia MORDAZA THORNE MORDAZA Ministro de Defensa MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 662276-1

Certifican que la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA ha sido declarada apta para la transferencia de funciones sectoriales en materia de salud
RESOLUCION DE SECRETARIA DE DESCENTRALIZACION Nº 402-2011-PCM/SD MORDAZA, 30 de junio de 2011 VISTOS: El Informe de Concordancia Nº 008-2011-PCM/SDOTME, elaborado segun lo dispuesto en la Directiva Nº 0072007-PCM/SD, y el Informe Nº 021-2011-PCM/SD-AVC, y; CONSIDERANDO: Que, segun lo dispuesto por el articulo 33° de la Ley N° 27783, Ley de Bases de Descentralizacion; el articulo 65° de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y el articulo 151° de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades, respecto al Regimen Especial de MORDAZA Metropolitana, en el ambito de la provincia de MORDAZA las competencias y funciones reconocidas al gobierno regional son transferidas a la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, mediante Resolucion Presidencial N° 006-CND-P2006, se constituyo la Comision Bipartita de Transferencia para el Regimen Especial de MORDAZA Metropolitana de acuerdo a lo establecido en la Ley Organica de Gobiernos Regionales; Que, la Comision Bipartita de Transferencia se instalo el 31 de MORDAZA de 2007, al MORDAZA de lo dispuesto en el articulo 69° de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, de la Resolucion Ministerial N° 138-2007-PCM y de la Resolucion de Alcaldia Nº 760 de 2007 derogada con la Resolucion de Alcaldia N° 045-2009; con el objeto de realizar las transferencias de funciones sectoriales a la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, la Directiva Nº 007-007-PCM/SD "Normas para la Ejecucion de la Transferencia del ano 2007 al Regimen Especial de MORDAZA Metropolitana, de las Funciones Sectoriales incluidas en los Planes Anuales de Transferencia", aprobada con la Resolucion de Secretaria de Descentralizacion Nº 032-2007-PCM/SD y modificada mediante la Resolucion de Secretaria de Descentralizacion N° 399-2011-PCM/SD, establece que la transferencia de funciones se ejecutara de acuerdo al Plan de Accion que cada sector debera formular en coordinacion con la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA (MML) y que sera aprobado por la Comision Bipartita de Transferencia; Que, mediante la Resolucion de Secretaria de Descentralizacion N° 239-2011-PCM/SD se modifica el Plan de Accion para la Transferencia de Funciones Sectoriales a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, aprobado con la Resolucion Secretaria de Descentralizacion N° 022-2008PCM/SD y modificado con la Resolucion Secretaria de Descentralizacion N° 052-2009-PCM/SD, considerandose en el cuadro N° 02, Programacion de Grupos para la transferencia de funciones, del numeral 1.3, la adicion al Grupo II de transferencia, de las funciones especificas de la materia Salud; Que, en sesion ordinaria de la Comision Bipartita, realizada el dia veintiseis de MORDAZA del dos mil once, se aprobo el plan de accion sectorial de la materia Salud y se dispuso su publicacion por la Secretaria de Descentralizacion;

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