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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE JULIO DEL AÑO 2011 (07/07/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 12

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 7 de julio de 2011 445920 Artículo 2º.- Disponer que la Ofi cina de Administración y Finanzas publique la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de su aprobación. Artículo 3º.- El responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia de PROMPERU, el mismo día de publicada la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, deberá hacer la publicación correspondiente en el Portal Institucional, Portal de Transparencia de la Entidad y Portal de Servicio al Ciudadano y Empresas. Regístrese, comuníquese y publíquese. PILAR PAJARES SAYAN Secretaria General 662011-2 Servicio Nombre Lugar Fecha Modalidad Precio de Venta S/. (Inc. IGV) Precio de Venta (%UIT) Participación en Misión Comercial con Ruedas de Negocios de Exportación Chile – Sector Servicios Santiago de Chile 24 – 27 de Octubre de 2011 No Aplica 1,920.00 53.33 Participación en Misión Comercial con Ruedas de Negocios de Exportación Hong Kong – Sector Pesca Hong Kong – Hong Kong 06 – 08 de Septiembre de 2011 No Aplica 3,240.00 90.00 CULTURA Designan representante del Ministerio ante Comisión Multisectorial creada por R.S. Nº 162-2011-PCM RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 225-2011-MC Lima, 5 de julio de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 162-2011-PCM se crea la Comisión Multisectorial de naturaleza temporal con el objeto de estudiar y proponer acciones pertinentes respecto a las concesiones mineras otorgadas en la provincia de Melgar, departamento de Puno, la misma que se encontrará adscrita al Ministerio de Energía y Minas; Que, la citada Comisión Multisectorial se encontrará integrada, entre otros, por un representante del Ministerio de Cultura, cuya designación deberá realizarse por Resolución Ministerial; Que, en tal sentido, corresponde designar al representante del Ministerio de Cultura ante la referida Comisión; De conformidad con las Leyes Nos. 29158 y 29565, el Decreto Supremo Nº 001-2011-PCM y la Resolución Suprema Nº 162-2011-PCM. SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al Viceministro de Interculturalidad como representante del Ministerio de Cultura ante la Comisión Multisectorial creada por Resolución Suprema Nº 162-2011-PCM. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN OSSIO ACUÑA Ministro de Cultura 662133-2 ECONOMIA Y FINANZAS Aprueban Operación de Endeudamiento Externo con el BIRF DECRETO SUPREMO Nº 133-2011-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el numeral 4.1 del Artículo 4° de la Ley Nº 29627, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2011, se autoriza al Gobierno Nacional a acordar operaciones de endeudamiento externo hasta por un monto equivalente a US$ 2 436 450 000,00 (DOS MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y SEIS MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS); Que, en el marco de la citada autorización, la República del Perú acordará una operación de endeudamiento externo con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento - BIRF, hasta por la suma de US$ 54 500 000,00 (CINCUENTA Y CUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), destinada a fi nanciar parcialmente el Programa “Optimización de los Sistemas de Agua Potable y Alcantarillado en el Área de Infl uencia Huachipa y Áreas del Drenaje de los Colectores Comas y Chillón-Fortalecimiento de Capacidades de Gestión en Lima Metropolitana”; Que, tal operación de endeudamiento se efectuará con cargo al Sub-Programa “Sectores Económicos y Sociales” referido en el literal a) del numeral 4.1 del Artículo 4° de la Ley N° 29627; Que, la referida operación de endeudamiento contemplará la opción de Conversión de Moneda, la cual faculta a la República del Perú a solicitar la conversión de todo o parte del monto del préstamo, desembolsado o por desembolsar, de Dólares a Nuevos Soles, con la correspondiente modifi cación de las condiciones fi nancieras de la operación; Que, en adición, la citada operación de endeudamiento externo también contemplará la opción de Conversión de la base de la Tasa de Interés, el cual permite cambiar una parte o la totalidad del monto del préstamo desembolsado y pendiente de pago, de una Tasa Variable a una Tasa Fija de Interés, o viceversa, con la correspondiente modifi cación de las condiciones fi nancieras de la operación; Que, asimismo, la aludida operación de endeudamiento externo también contemplará la opción de Establecimiento de Límites a la Tasa Variable, el cual permite fi jar, a una parte o a la totalidad del monto del préstamo desembolsado y pendiente de pago, un tope (cap) o una banda (collar) a la tasa de interés variable, con la correspondiente modifi cación de las condiciones fi nancieras de la operación; Que, la operación de endeudamiento externo ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley N° 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento y sus modifi catorias; y la Ley N° 29627; Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público y la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, en lo que respecta a disponibilidad presupuestaria de la Contrapartida Nacional requerida por esta operación de endeudamiento externo, se cuenta con la opinión favorable de la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima – SEDAPAL; Que, asimismo la Contraloría General de la República ha informado previamente sobre la citada operación de endeudamiento externo, en aplicación del literal l) del