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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE JULIO DEL AÑO 2011 (10/07/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 29

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 10 de julio de 2011 446229 SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR de acuerdo con el Plano signado con el Nº 034-2011-SGPUC-GDU/MDA, que forma parte de la presente Resolución, el Proyecto de Habilitación Urbana Nueva de Tipo Progresivo, denominada LOS CLAVELES DE LA ERA, para Uso Residencial de Densidad Media “RDM” del terreno con un área de 4,800.00 m2, conformado por la Unidad Catastral Nº 10787 del Sector La Era, Ex Fundo San Juan de Pariachi, ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- AUTORIZAR a Don MANUEL TEODOCIO CARHUALLANQUI PALIAN, en un plazo de 36 meses a partir del inicio del trámite, hasta el 22 de Enero de 2013 y bajo responsabilidad de la culminación de las obras faltantes de Habilitación Urbana en el terreno de 4,800.00 m2 teniendo en cuenta las características y especifi caciones técnicas de acuerdo a la siguiente descripción: CUADRO DE AREAS ÁREA BRUTA TOTAL: 4,800.00 m2 ÁREA UTIL TOTAL: 2,843.21 m2 VIVIENDA: 2,554.67 m2 SERPAR: 96.07 m2 MINISTERIO DE EDUCACION: 96.15 m2 OTROS FINES: 96.32 m2 ÁREA DE VÍAS: 1,956.79 m2 CUADRO DE APORTES REGLAMENTARIOS El área afecta a aportes es igual al Área Bruta de 4,800.00 m2 y de conformidad con la Ordenanza Nº 836- MML, para la zonifi cación “RDM” – Residencial Densidad Media, son los siguientes: APORTES ORDENANZA 836-MML PROYECTO DEFICIT (m2) % (m2) Recreación Publica 7 336.00 - 336.00 Parques zonales (SERPAR) 2 96.00 96.07 Lote 6 Mz. “A” - Renovación urbana (FOMUR) 1 48.00 - 48.00 Servicio Público Complementario Ministerio de Educación 2 96.00 96.15 Lote 6 Mz. “B” - Municipalidad Distrital de Ate (Otros fi nes) 2 96.00 96.32 Lote 7 Mz. “A” - - El Défi cit de Aportes de Recreación Pública y Renovación Urbana fueron redimidos en dinero ante esta Entidad Edilicia de acuerdo con lo señalado en el cuarto y quinto considerando respectivamente. AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO: Obras Sanitarias.- Serán ejecutadas de conformidad con el proyecto aprobado por SEDAPAL; debiendo elaborar sus proyectos de redes secundarias de agua potable y alcantarillado de acuerdo a los lineamientos generales establecidos por dicha empresa; comunicándole a SEDAPAL sobre la fecha de inicio y término de las obras. ENERGÍA ELÉCTRICA: Electricidad.- Los interesados deberán solicitar a LUZ DEL SUR la instalación defi nitiva de las obras parciales ejecutadas correspondientes a las redes primarias y secundarias de energía eléctrica pública y domiciliaria, los cuales serán ejecutados de acuerdo a los planes de expansión de dicha compañía. PAVIMENTACIÓN DE PISTAS Y VEREDAS: Sub Rasante.- Para conseguir un suelo estabilizado y teniendo listo el corte a nivel de Sub rasante, será necesario efectuar una evaluación de la superfi cie del terreno natural, eliminando el que contenga restos orgánicos, escarifi cando y mejorando su calidad en un espesor de 0.20 m, mediante la adición de material granular, mezclándose con riego sucesivos y cercanos al optimo contenido de humedad, hasta alcanzar como mínimo el 95% de la Densidad Proctor Modifi cado de Laboratorio para un índice C.B.R. mínimo de 20 Las partículas sólidas de esta capa tendrán un diámetro máximo de 2”. Base.- Posterior a la capa anterior debe colocarse una capa de base afi rmada de 0.20 m de espesor, compactado, provenientes de cantera seleccionada, que contenga proporciones adecuadas de material gruesos (con diámetros máximo de 1 ½”), fi nos y ligantes en proporciones adecuadas. La mezcla y compactación se efectuara con riegos sucesivos cercanos al óptimo contenido de humedad y hasta alcanzar como mínimo el 95% de la Densidad Proctor Modifi cado de Laboratorio para un índice de C.B.R. de 80. Se procurara una superfi cie lisa y uniforme con el conveniente bombeo del centro a los extremos, cuidando mantener el nivel de las tapas de buzones para la aplicación de una futura capa asfáltica de 2” de espesor. Superfi cie de Rodadura.- Suelo estabilizado. Aceras.- Será de concreto simple de 4” de espesor con una resistencia a la compresión axial de f´c=140 Kg./ cm2, construido sobre una base granular de 4” de espesor compactada al 100% de la densidad seca del proctor estándar. Sardineles.- Se construirá sardineles de 30cm. de profundidad con mezcla y acabados igual que las aceras. En caso que la acera este en medio de jardines se construirá en ambos lados. El vertido del concreto deberá realizarse de modo que requiera el menor manipuleo posible evitando a la vez la segregación de los agregados. Bermas laterales.- Las bermas laterales deberán construirse, con un pavimento de las mismas características de las calzadas adyacentes. Así también éstas quedarán en tierra nivelada compactada. Rampas Peatonales.- En los extremos de los abanicos de las aceras, se construirán rampas peatonales, que conectarán los niveles superiores de las aceras y las calzadas, de conformidad con las normas técnicas NTE U.190 adecuación urbanística para personas con discapacidad, aprobadas por R.M. Nº 069-2001-MTC/15.04 de fecha 7 de Febrero de 2001. Artículo Tercero.- DISPONER que el aporte reglamentario de Parques Zonales (SERPAR - LIMA) con un área de 96.07 m2 se encuentra ubicado en el Lote 6 de la Mz. “A”, el aporte de Ministerio de Educación con un área de 96.15 m2 se encuentra ubicado en el Lote 6 de la Mz. “B” y el aporte de Servicio Público Complementario – Otros Fines con un área de 96.32 m2 se encuentra ubicado en el Lote 7 de la Mz. “A”. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente Resolución de Sub Gerencia en el Diario Oficial El Peruano, en el plazo de 30 días calendarios de notificados, por cuenta de los interesados. Artículo Quinto.- TRANSCRIBIR la presente Resolución de Sub Gerencia a la Municipalidad Metropolitana de Lima para los fi nes correspondientes, a la Ofi cina de Registros de Lima y Callao para efectos de la inscripción de la Habilitación Urbana, al Ministerio de Educación, a Serpar-Lima, a EMILIMA y a los interesados para su conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MANUEL YAFAC VILLANUEVA Subgerente de Planificación Urbana y Catastro 662825-1