Norma Legal Oficial del día 12 de julio del año 2011 (12/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 12 de MORDAZA de 2011

1.3 El Canon de Cotahuasi y su MORDAZA de influencia corresponden a todo el ambito geografico de la Reserva Paisajistica Subcuenca de Cotahuasi. Articulo 2º.- Contenido de El Plan. 2.1 El Plan debe guardar concordancia con el Plan Maestro de la Reserva Paisajistica Subcuenca de Cotahuasi, aprobado conforme al articulo 20º de la Ley Nº 26834 ­ Ley de Areas Naturales Protegidas, los planes regionales y locales de turismo, asi como con las normas vigentes en materia de patrimonio cultural y natural y debe articular las acciones y actividades previstas en el Decreto Supremo Nº 027-2005-AG que establece la Reserva Paisajistica Subcuenca de Cotahuasi. El Plan debe ser considerado como el Plan de Uso Turistico del Area Natural Protegida. 2.2. El Plan necesariamente debe: 2.2.1 Establecer los lineamientos, objetivos, estrategias, programas y proyectos para el desarrollo turistico sostenible del Canon de Cotahuasi y de su MORDAZA de Influencia, asi como para la proteccion y conservacion de los bienes integrantes del patrimonio cultural y natural de la MORDAZA, en concordancia con el Plan Maestro de la Reserva Paisajistica Subcuenca de Cotahuasi. 2.2.2 Desarrollar como minimo los siguientes aspectos: a. Objetivos y metas, b. Diagnostico, c. Estrategias, programas y actividades, d. Gestion Turistica, e. Financiamiento e Implementacion, f. Cronograma de Financiamiento e Implementacion, y g. Resultados esperados. 2.3 Para efectos de la elaboracion de El Plan, se entendera como: 2.3.1 Patrimonio cultural: Todos los bienes materiales e inmateriales que, por su valor historico, arqueologico, artistico, arquitectonico, paleontologico, etnologico, documental, bibliografico, cientifico o tecnico, intelectual, social, militar, antropologico, tradicional, religioso, tienen una importancia relevante para la identidad y permanencia de la nacion a traves del tiempo, y MORDAZA expresamente declarados como tales o sobre los que exista la presuncion de serlo. 2.3.2. Patrimonio natural: Formaciones fisicas, biologicas y geologicas excepcionales, habitat de especies animales y vegetales amenazadas y zonas que tengan un valor cientifico, de conservacion o estetico. 2.3.3 Reserva Paisajistica: Categoria de area natural protegida de nivel nacional donde se protege ambientes cuya integridad geografica muestra una armoniosa relacion entre el hombre y la naturaleza, albergando importantes valores naturales, esteticos y culturales. CAPITULO II DE LA FORMALIZACION Y EJECUCION DE EL PLAN Articulo 3º.- Aprobacion de El Plan

de La Union y las Municipalidades Distritales de la Provincia de La Union. 4.2 El Gobierno Regional de MORDAZA, debera comunicar por lo menos una vez al ano, a las entidades representadas en la Comision Multisectorial a la que hace referencia la Unica Disposicion Complementaria Transitoria de la presente MORDAZA, el grado de cumplimiento de El Plan. Dichas entidades podran formular las recomendaciones y observaciones que consideren pertinentes para el logro de los objetivos y fines de El Plan. Articulo 5º.- Administracion de los recursos. Los recursos destinados a la ejecucion de El Plan provenientes de las MORDAZA establecidas en el mismo, seran administrados por el Gobierno Regional de MORDAZA en coordinacion con la Municipalidad Provincial de La Union. DISPOSICION COMPLEMENTARIA TRANSITORIA Unica.- Creacion de la Comision Tecnica Multisectorial En un plazo que no excedera de los quince (15) dias habiles contado a partir de la entrada en vigencia de la presente MORDAZA, mediante Resolucion Suprema se creara la Comision Tecnica Multisectorial de caracter temporal encargada de elaborar El Plan. La Comision Tecnica Multisectorial cumplira el encargo que se le encomienda en el plazo de dieciocho (18) meses y estara integrada por representantes del MINCETUR y del Ministerio de Cultura, del Gobierno Regional de MORDAZA, de la Municipalidad Provincial de La Union y del SERNANP. Las funciones de la Comision Tecnica Multisectorial seran las siguientes: a. Elaborar El Plan, b. Aprobar el metodo de planificacion a aplicar para la formulacion de El Plan, c. Someter el proyecto de El Plan a los mecanismos respectivos de participacion y consulta conforme a la legislacion y convenios vigentes. d. Elaborar, socializar y presentar El Plan para su aprobacion. e. Proponer las normas para la implementacion de El Plan en caso de resultar necesario. f. Examinar y determinar las alternativas de financiamiento del presupuesto requerido para la implementacion de El Plan. g. Aprobar su Reglamento Interno, y, h. Otras propias de la naturaleza del encargo que se le encomienda. 664124-3

Designan representante del Ministerio ante la Comision Ejecutiva Multisectorial contra el MORDAZA de Activos y el Financiamiento del Terrorismo
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 197 -2011-MINCETUR/DM MORDAZA, 8 de MORDAZA de 2011

3.1. La aprobacion de El Plan sera formalizada mediante Resolucion Suprema refrendada por los Ministros de Comercio Exterior y Turismo, del Ambiente y de Cultura, con opinion previa vinculante del SERNANP, del Ministerio de Cultura y del Comite de Gestion de la Reserva Paisajistica Subcuenca de Cotahuasi. 3.2. Las actualizaciones de El Plan seran aprobadas mediante Resolucion Presidencial del SERNANP, en coordinacion con las entidades a que se refiere el numeral 1.1. del articulo 1º del presente dispositivo. Articulo 4º.- Ejecucion de El Plan 4.1 La ejecucion de El Plan, una vez aprobado, estara a cargo del Gobierno Regional de MORDAZA, pudiendo suscribir al efecto, convenios de cooperacion con el SERNANP y el Ministerio de Cultura; asimismo, coordinaran la ejecucion con la Municipalidad Provincial

CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 057-2011-PCM, se crea la Comision Ejecutiva Multisectorial contra el MORDAZA de Activos y el Financiamiento del Terrorismo, cuyo objeto es coadyuvar en la coordinacion y planificacion de las acciones a cargo de las entidades publicas y privada dirigidas a prevenir y combatir los delitos del MORDAZA de activos y financiamiento del terrorismo; Que, dicha Comision esta integrada, entre otros miembros, por un representante del Ministro de Comercio Exterior y Turismo; Que, es necesario designar a dicho representante; De conformidad con la Ley N° 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo, la Ley N° 27790 Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y el Decreto Supremo N° 057-2011-PCM;

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