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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 12 de julio de 2011 446290 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 611-2011-MTC/03 Lima, 27 de junio de 2011 VISTA, la solicitud de registro P/D Nº 052423, presentada por la empresa ANDINA DE RADIODIFUSIÓN S.A.C., sobre renovación de autorización para continuar operando una estación del servicio de radiodifusión comercial por televisión en VHF, en la localidad de Pucallpa, departamento de Ucayali; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Viceministerial Nº 264-2007- MTC/03, del 02 de julio de 2007, se otorgó a la empresa ANDINA DE RADIODIFUSIÓN S.A.C., autorización por el plazo de diez (10) años, por períodos sucesivos, para prestar el servicio de radiodifusión comercial por televisión en VHF, en el distrito de Callería, provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali. El plazo otorgado venció el 10 de julio de 2010; Que, conforme al artículo 15º de la Ley de Radio y Televisión, Ley Nº 28278, concordado con los artículos 21º y 67º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, el plazo máximo de vigencia de una autorización es de diez (10) años, renovable por períodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos; Que, los artículos 69º, 70º y 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión establecen las condiciones y requisitos aplicables a los procedimientos de solicitud de renovación de autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusión; Que, el artículo 68º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, modifi cado por Decreto Supremo Nº 003-2010-MTC, precisa que la solicitud de renovación puede presentarse hasta el día de vencimiento del plazo de vigencia de la respectiva autorización. En caso éste sea inhábil, la solicitud deberá presentarse el primer día hábil siguiente. Asimismo, se entenderá por solicitud presentada al hecho que los titulares de autorizaciones para prestar servicios de radiodifusión, a la fecha del término de su vigencia, se encuentren operando y además que estén al día en sus pagos o cuenten con solicitud o fraccionamiento vigente; Que, la Ley de Silencio Administrativo, Ley Nº 29060, de fecha 28 de junio de 2007, modifi cada con Decreto Legislativo Nº 1029, dispone que los procedimientos administrativos, sujetos al silencio administrativo positivo, se consideran automáticamente aprobados, si vencido el plazo establecido o máximo, no se hubiere emitido pronunciamiento expreso; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 644-2007- MTC/01, publicado en el diario ofi cial El Peruano el 28 de octubre de 2007, se recalifi có el procedimiento de renovación de autorización de evaluación previa sujeto a silencio administrativo negativo a silencio administrativo positivo; Que, mediante escrito de visto de fecha 13 de abril de 2010, la empresa ANDINA DE RADIODIFUSIÓN S.A.C. solicitó la renovación de la autorización que le fue otorgada por Resolución Viceministerial Nº 264-2007-MTC/03; Que, habiendo transcurrido el plazo máximo para la atención de la solicitud de renovación de autorización presentada por la empresa ANDINA DE RADIODIFUSIÓN S.A.C., ésta ha quedado aprobada el 05 de diciembre de 2010, en virtud de haberse confi gurado el silencio administrativo positivo; Que, se ha verifi cado que a la fecha de la aprobación fi cta de la solicitud de renovación de autorización, la empresa ANDINA DE RADIODIFUSIÓN S.A.C. cumple con las condiciones establecidas en el artículo 69º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión; y presentó los requisitos establecidos en el artículo 71º del mismo cuerpo legal, los mismos que se encuentran previstos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de este Ministerio, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, con sus modifi catorias; Que, de acuerdo al Plan de Canalización y Asignación de Frecuencia para el servicio de radiodifusión por televisión en VHF, para las localidades correspondientes al departamento de Ucayali, aprobado con Resolución Viceministerial Nº 362-2005-MTC/03, modifi cado con Resolución Viceministerial Nº 885-2007-MTC/03 y Resolución Viceministerial Nº 175-2008-MTC/03, y ratifi cado con Resolución Viceministerial Nº 746-2008- MTC/03, se advierte que dentro de la localidad denominada Pucallpa, se incluye al distrito de Callería, provincia y departamento de Ucayali, ubicación consignada en la Resolución Directoral Nº 1781-2008-MTC/28; Que, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 1993-2011- MTC/28, ampliado con Informe Nº 2420-2011-MTC/28, considera que corresponde declarar aprobada la renovación de la autorización otorgada por Resolución viceministerial Nº 264-2007-MTC/03, a la empresa ANDINA DE RADIODIFUSIÓN S.A.C., toda vez que cumple las condiciones y requisitos establecidos para la renovación de la autorización; De conformidad con la Ley de Radio y Televisión, Ley Nº 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC con sus modifi catorias, el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de este Ministerio, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC con sus modifi catorias, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; y, Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar aprobada al 05 de diciembre de 2010, en virtud del silencio administrativo positivo, la renovación de la autorización otorgada a la empresa ANDINA DE RADIODIFUSIÓN S.A.C., mediante Resolución Viceministerial Nº 264-2007-MTC/03, para que continúe prestando el servicio de radiodifusión comercial por televisión en VHF, en la localidad de Pucallpa, departamento de Ucayali. Artículo 2º.- La renovación de la autorización a que se refi ere el artículo precedente, se otorga por el plazo de diez (10) años, contados a partir del vencimiento del plazo de vigencia de la Resolución Viceministerial Nº 264- 2007-MTC/03, en consecuencia, vencerá el 10 de julio de 2020. 661233-1 ANEXO I RENOVACIONES DE AUTORIZACIONES - RADIO “A” FRECUENCIA MODULADA S.A.C. N° AUTORIZACION SOLICITUD DE RENOVACION FECHA DE VENCIMIENTO RENOVACION LOCALIDAD DEPARTAMENTO BANDA MODALIDAD FINALIDAD RESOLUCION Nº FECHA VENCIMIENTO N° FECHA 1 RVM -561-2001-MTC/15.03 17-2-2007 2006-032194 12-12-2006 17-2-2017 CERRO DE PASCO PASCO FM SONORA COMERCIAL 2 RVM -557-2001-MTC/15.03 18-1-2007 2006-032196 12-12-2006 18-1-2017 CHACHAPOYAS AMAZONAS FM SONORA COMERCIAL 3 RVM -162-99-MTC/15.03 16-1-2007 2006-032197 12-12-2006 16-1-2017 HUANCAVELICA - ASCENSION HUANCAVELICA FM SONORA COMERCIAL 4 RVM -221-2000-MTC/15.03 22-12-2006 2006-029248 10-11-2006 22-12-2016 HUARAZ ANCASH FM SONORA COMERCIAL