Norma Legal Oficial del día 12 de julio del año 2011 (12/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES
ANEXO I

El Peruano MORDAZA, martes 12 de MORDAZA de 2011

RENOVACIONES DE AUTORIZACIONES - RADIO "A" FRECUENCIA MODULADA S.A.C.
N° AUTORIZACION RESOLUCION Nº 1 2 3 4 RVM -561-2001-MTC/15.03 RVM -557-2001-MTC/15.03 RVM -162-99-MTC/15.03 RVM -221-2000-MTC/15.03 FECHA VENCIMIENTO 17-2-2007 18-1-2007 16-1-2007 22-12-2006 SOLICITUD DE RENOVACION N° FECHA 17-2-2017 18-1-2017 16-1-2017 22-12-2016 CERRO DE PASCO CHACHAPOYAS HUANCAVELICA - MORDAZA MORDAZA PASCO AMAZONAS HUANCAVELICA MORDAZA FM FM FM FM SONORA SONORA SONORA SONORA COMERCIAL COMERCIAL COMERCIAL COMERCIAL FECHA DE VENCIMIENTO RENOVACION LOCALIDAD DEPARTAMENTO BANDA MODALIDAD FINALIDAD

2006-032194 12-12-2006 2006-032196 12-12-2006 2006-032197 12-12-2006 2006-029248 10-11-2006

661233-1

RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 611-2011-MTC/03 MORDAZA, 27 de junio de 2011 VISTA, la solicitud de registro P/D Nº 052423, presentada por la empresa MORDAZA DE RADIODIFUSION S.A.C., sobre renovacion de autorizacion para continuar operando una estacion del servicio de radiodifusion comercial por television en VHF, en la localidad de Pucallpa, departamento de Ucayali; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Viceministerial Nº 264-2007MTC/03, del 02 de MORDAZA de 2007, se otorgo a la empresa MORDAZA DE RADIODIFUSION S.A.C., autorizacion por el plazo de diez (10) anos, por periodos sucesivos, para prestar el servicio de radiodifusion comercial por television en VHF, en el distrito de Calleria, provincia de MORDAZA Portillo, departamento de Ucayali. El plazo otorgado vencio el 10 de MORDAZA de 2010; Que, conforme al articulo 15º de la Ley de Radio y Television, Ley Nº 28278, concordado con los articulos 21º y 67º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, el plazo MORDAZA de vigencia de una autorizacion es de diez (10) anos, renovable por periodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos; Que, los articulos 69º, 70º y 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Television establecen las condiciones y requisitos aplicables a los procedimientos de solicitud de renovacion de autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusion; Que, el articulo 68º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 003-2010-MTC, precisa que la solicitud de renovacion puede presentarse hasta el dia de vencimiento del plazo de vigencia de la respectiva autorizacion. En caso este sea inhabil, la solicitud debera presentarse el primer dia habil siguiente. Asimismo, se entendera por solicitud presentada al hecho que los titulares de autorizaciones para prestar servicios de radiodifusion, a la fecha del termino de su vigencia, se encuentren operando y ademas que esten al dia en sus pagos o cuenten con solicitud o fraccionamiento vigente; Que, la Ley de Silencio Administrativo, Ley Nº 29060, de fecha 28 de junio de 2007, modificada con Decreto Legislativo Nº 1029, dispone que los procedimientos administrativos, sujetos al silencio administrativo positivo, se consideran automaticamente aprobados, si vencido el plazo establecido o MORDAZA, no se hubiere emitido pronunciamiento expreso; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 644-2007MTC/01, publicado en el diario oficial El Peruano el 28 de octubre de 2007, se recalifico el procedimiento de renovacion de autorizacion de evaluacion previa sujeto a silencio administrativo negativo a silencio administrativo positivo; Que, mediante escrito de visto de fecha 13 de MORDAZA de 2010, la empresa MORDAZA DE RADIODIFUSION S.A.C. solicito la renovacion de la autorizacion que le fue otorgada por Resolucion Viceministerial Nº 264-2007-MTC/03;

Que, habiendo transcurrido el plazo MORDAZA para la atencion de la solicitud de renovacion de autorizacion presentada por la empresa MORDAZA DE RADIODIFUSION S.A.C., esta ha quedado aprobada el 05 de diciembre de 2010, en virtud de haberse configurado el silencio administrativo positivo; Que, se ha verificado que a la fecha de la aprobacion ficta de la solicitud de renovacion de autorizacion, la empresa MORDAZA DE RADIODIFUSION S.A.C. cumple con las condiciones establecidas en el articulo 69º del Reglamento de la Ley de Radio y Television; y presento los requisitos establecidos en el articulo 71º del mismo cuerpo legal, los mismos que se encuentran previstos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA de este Ministerio, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, con sus modificatorias; Que, de acuerdo al Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencia para el servicio de radiodifusion por television en VHF, para las localidades correspondientes al departamento de Ucayali, aprobado con Resolucion Viceministerial Nº 362-2005-MTC/03, modificado con Resolucion Viceministerial Nº 885-2007-MTC/03 y Resolucion Viceministerial Nº 175-2008-MTC/03, y ratificado con Resolucion Viceministerial Nº 746-2008MTC/03, se advierte que dentro de la localidad denominada Pucallpa, se incluye al distrito de Calleria, provincia y departamento de Ucayali, ubicacion consignada en la Resolucion Directoral Nº 1781-2008-MTC/28; Que, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 1993-2011MTC/28, MORDAZA con Informe Nº 2420-2011-MTC/28, considera que corresponde declarar aprobada la renovacion de la autorizacion otorgada por Resolucion viceministerial Nº 264-2007-MTC/03, a la empresa MORDAZA DE RADIODIFUSION S.A.C., toda vez que cumple las condiciones y requisitos establecidos para la renovacion de la autorizacion; De conformidad con la Ley de Radio y Television, Ley Nº 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y Television aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC con sus modificatorias, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA de este Ministerio, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC con sus modificatorias, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar aprobada al 05 de diciembre de 2010, en virtud del silencio administrativo positivo, la renovacion de la autorizacion otorgada a la empresa MORDAZA DE RADIODIFUSION S.A.C., mediante Resolucion Viceministerial Nº 264-2007-MTC/03, para que continue prestando el servicio de radiodifusion comercial por television en VHF, en la localidad de Pucallpa, departamento de Ucayali. Articulo 2º.- La renovacion de la autorizacion a que se refiere el articulo precedente, se otorga por el plazo de diez (10) anos, contados a partir del vencimiento del plazo de vigencia de la Resolucion Viceministerial Nº 2642007-MTC/03, en consecuencia, vencera el 10 de MORDAZA de 2020.

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