Norma Legal Oficial del día 12 de julio del año 2011 (12/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, martes 12 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

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Que, mediante Decreto Supremo Nº 036-2007-PCM, se aprobo el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del ano 2007, el cual dispuso que el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social inicie la transferencia de las Sociedades de Beneficencia Publica y Juntas de Participacion Social y de los Hogares a cargo del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF, a los Gobiernos Locales Provinciales; Que, por Resolucion de Secretaria de Descentralizacion Nº 048-2008-PCM/SD, que deroga a la Resolucion de Secretaria de Descentralizacion Nº 053-2007-PCM/SD, se aprobo la Directiva Nº 004-2008-PCM/SD, "Normas especificas para la Transferencia de las Sociedades de Beneficencia Publica y Juntas de Participacion Social del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES", incluidas en el Decreto Supremo Nº 0362007-PCM; Que, en el MORDAZA de lo establecido en la indicada Directiva Nº 004-2008-PCM/SD, se emitieron las Resoluciones de Secretaria de Descentralizacion Nº 008-2009-PCM/SD; 048-2009-PCM/SD; 237-2010-PCM/ SD; 004-2011-PCM/SD; 039-2011-PCM/SD, 054-2011PCM, 155-2011-PCM/SD, 238-2011-PCM/SD, 3502011-PCM/SD, 398-2011-PCM/SD, que declaran aptas a veintisiete (27), doce (12), ocho (08) uno (01), cinco (05), tres (03), once (11), seis (06) nueve (09), once (11), Municipalidades Provinciales, respectivamente, para acceder a la transferencia de funciones y competencias que el MIMDES desarrolla respecto de las Sociedades de Beneficencia Publica y Juntas de Participacion Social; Que, mediante Decreto Supremo Nº 010-2010MIMDES, se establecen las funciones y competencias correspondientes a cada uno de los niveles de Gobierno, respecto de las Sociedades de Beneficencia Publica y Junta de Participacion Social, en el MORDAZA del MORDAZA de Descentralizacion, las cuales son detalladas en la Matriz Especifica de Distribucion de Funciones por Niveles de Gobierno respecto de las Sociedades de Beneficencia Publica y Juntas de Participacion Social, que en anexo forma parte integrante del citado Decreto Supremo; Que, mediante Resolucion de Secretaria de Descentralizacion N° 001-2011-PCM/SD, se dispuso la incorporacion de cuarenta y tres (43) Sociedades de Beneficencia Publica a las consideradas en el Anexo de la Directiva Nº 004-2008-PCM/SD, a fin de continuar con el MORDAZA de transferencia de funciones y competencias que el MIMDES desarrolla respecto a las Sociedades de Beneficencia Publica y Juntas de Participacion Social; Que, con el informe de visto, la Oficina de Transferencias, Monitoreo y Evaluacion de Competencias, verifica que las Municipalidades Provinciales del MORDAZA, Huamalies, Paita, Ayabaca, Mariscal MORDAZA, han cumplido con los Mecanismos de Verificacion requeridos en la indicada Directiva, y por tanto se encuentran Aptas para acceder a la transferencia de las Sociedades de Beneficencia Publica de Chimbote, Llata, Paita, Ayabaca y Juanjui, tal y conforme se detalla en el Anexo de la presente Resolucion Secretarial; Que, mediante Decreto Supremo N° 044-2011-PCM se establecen medidas para culminar las transferencias de funciones, fondos, programas, proyectos, empresas, activos y otros organismos a los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que se encuentren pendientes de transferir, en un plazo que no excedera los cuarenta y cinco dias (45) calendario; De conformidad con lo dispuesto por las Leyes N°s. 27783, 27972, de los Decretos Supremos Nºs. 047-2009PCM/SD, 044-2011-PCM/SD; y en uso de las atribuciones contenidas en el Decreto Supremo N° 063-2007-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declaracion de las Municipalidades Provinciales como Aptas para acceder a la transferencia de las Sociedades de Beneficencia Publica a cargo del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES. Declarar a las Municipalidades Provinciales de MORDAZA, Huamalies, Paita, Ayabaca, Mariscal MORDAZA como aptas para acceder a la transferencia de Sociedades de Beneficencia Publica, a cargo del INABIF del -MIMDES,

conforme se detalla en el Anexo que forma parte de la presente Resolucion Secretarial. Articulo 2º.- Publicacion Disponer la publicacion de la presente Resolucion de Secretaria de Descentralizacion y de su Anexo en el Diario Oficial El Peruano y en el sitio web de la Secretaria de Descentralizacion de la Presidencia del Consejo de Ministros: www.pcm.gob.pe/sd Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario de Descentralizacion Presidencia del Consejo de Ministros ANEXO
N° 1 2 3 4 5 DEPARTAMENTO MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA SAN MORDAZA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL MORDAZA HUAMALIES PAITA AYABACA SOCIEDAD DE BENEFICENCIA PUBLICA CHIMBOTE LLATA PAITA AYABACA

M A R I S C A L JUANJUI MORDAZA

664117-3

AMBIENTE
Designan vocales del Tribunal de Fiscalizacion Ambiental del Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental - OEFA
RESOLUCION SUPREMA Nº 004-2011-MINAM MORDAZA, 11 de MORDAZA de 2011 CONSIDERANDO: Que, la MORDAZA Disposicion Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013, Ley de Creacion del Ministerio del Ambiente, dispuso la creacion del Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental - OEFA, como organismo publico tecnico especializado, con personeria juridica de derecho publico interno, constituyendose en pliego presupuestal, adscrito al Ministerio del Ambiente y encargado de la fiscalizacion, la supervision, control y sancion en materia ambiental que corresponde; Que, mediante Decreto Supremo N° 022-2009MINAM, se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental - OEFA; Que, a traves de la Ley Nº 29325 - Ley del Sistema Nacional de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental, se otorga al OEFA la calidad de Ente Rector del citado Sistema, el cual tiene por finalidad asegurar el cumplimiento de la legislacion ambiental por parte de todas las personas naturales o juridicas, asi como supervisar y garantizar que las funciones de evaluacion, supervision, fiscalizacion, control y potestad sancionadora en materia ambiental, a cargo de las diversas entidades del Estado, se realicen de forma independiente, imparcial, agil y eficiente; Que, el inciso 1 del articulo 10º de la Ley N° 29325, establece que el Tribunal de Fiscalizacion Ambiental ejerce funciones como MORDAZA instancia administrativa y esta conformado por cinco (05) vocales designados mediante Resolucion Suprema, de los cuales, uno de ellos, el Presidente, sera designado a propuesta del Ministerio del Ambiente y tendra MORDAZA dirimente; mientras que los cuatro (04) restantes seran designados previo concurso publico efectuado conforme a lo establecido en el Reglamento de Organizacion y Funciones del OEFA; asimismo se establece que la designacion en el cargo tendra un plazo de duracion de cuatro (4) anos;

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