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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE JULIO DEL AÑO 2011 (12/07/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 7

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 12 de julio de 2011 446275 del año 2007 y las Municipalidades que se incorporen en el año 2008, aprobadas mediante Resolución Ministerial emitida por el Ministerio de Educación; Que, por Resolución Ministerial N° 0379-2008-ED, se dispuso la incorporación de los Gobiernos Locales que solicitaron por Acuerdo de Concejo, participar en el Plan Piloto de Municipalización de la Gestión Educativa en el año 2008; Que, mediante Directiva N° 003-2009-PCM/ SD, aprobada con Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 050-2009-PCM y modifi cada con la Resolución de Secretaría de Descentralización N° 355-2011-PCM/SD, se han establecido los lineamientos y procedimientos para la transferencia, durante sus etapas de declaratoria de viabilidad técnica y funcional, certifi cación, acreditación y efectivización, a los gobiernos locales comprendidos en el Plan de Municipalización de la Gestión Educativa, de las competencias y funciones contenidas en el artículo 82º de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades en materia de gestión educativa; Que, mediante las Resoluciones Vice Ministeriales Nº 0018-2010-ED y Nº 0014-2011-ED se declaró la viabilidad técnica funcional de treintiséis (36) y de diez (10) municipalidades distritales, respectivamente; Que al haberse elaborado el Informe de Concordancia Nº 010-2011-PCM/SD-OTME, de conformidad con lo dispuesto en el punto 8.3. de la Directiva N°003-2009- PCM/SD, modifi cada con la Resolución Secretarial N° 355-2011-PCM/SD, la Secretaría de Descentralización debe proceder a acreditar a las Municipalidades Distritales de Honoria y Tournavista (Puerto Inca, Huánuco), La Perla (Callao, Lima), Caspizapa y Buenos Aires (Picota, San Martín), Yurua (Atalaya, Ucayali), y a la Municipalidad Provincial de Mariscal Ramón Castilla (Ramón Castilla, Loreto), incluidas en el Plan de Municipalización de la Gestión Educativa, al haber sido declaradas APTAS para ejercer funciones en materia de gestión educativa, comprendidas en el Plan Anual de Transferencia 2007 y 2008; Que, mediante Decreto Supremo N° 044-2011-PCM se establecen medidas para culminar las transferencias de funciones, fondos, programas, proyectos, empresas, activos y otros organismos a los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que se encuentren pendientes de transferir, en un plazo que no excederá los cuarenta y cinco días (45) calendario; De conformidad con las disposiciones establecidas en las Leyes Nº 27783, 27972, 28273; los Decretos Supremos Nº 078-2006-PCM, Nº 036-2007-PCM, 049- 2008-PCM, 083-2008-PCM, 044-2011-PCM/SD; y en uso de las atribuciones contenidas en el Decreto Supremo N° 063-2007-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Acreditación de funciones en gestión educativa Acredítese a las Municipalidades Distritales de Honoria, Tournavista, La Perla Caspizapa, Buenos Aires, Yurua, y a la Municipalidad Provincial de Mariscal Ramón Castilla, implicadas en el Plan de Municipalización de la Gestión Educativa y que se detallan en el Anexo 1, que forma parte de la presente Resolución, para los efectos de la continuación del proceso de transferencias de las competencias y funciones en materia de gestión educativa previstas en el numeral 7.1.3. de la Directiva N° 003-2009- PCM/SD aprobada por la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 050-2009-PCM/SD, modificada con la Resolución de Secretaría de Descentralización N° 355-2011-PCM/SD. Artículo 2.- Disposiciones para consolidar la acreditación Corresponde a los Gobiernos Regionales respectivos, proceder a la suscripción de los Convenios de Gestión con las Municipalidades Distritales de Honoria, Tournavista, La Perla Caspizapa, Buenos Aires, Yurua y con la Municipalidad Provincial de Mariscal Ramón Castilla; con el propósito de optimizar la gestión educativa local. En estos convenios se deben defi nir los objetivos, metas específi cas susceptibles de ser medidas a través de los indicadores de monitoreo y evaluación que correspondan, con el objeto de garantizar una gestión por resultados, efi ciente y efi caz en materia de gestión de gestión educativa. Las municipalidades acreditadas en la presente Resolución realizarán las gestiones administrativas correspondientes para implementar los requisitos generales dispuestos en el artículo 8° de la Ley N° 28273, Ley del Sistema de Acreditación de los Gobiernos Regionales y Locales, sobre la base de la certifi cación que se ha proporcionado; con la fi nalidad de garantizar la transferencia de competencias y la calidad de los servicios públicos. El Ministerio de Educación coordinará con los gobiernos locales acreditados y sus correspondientes gobiernos regionales, los mecanismos de articulación pertinentes para la elaboración del esquema de gestión descentralizada, sobre el cual se basará el ejercicio compartido de la gestión educativa (precisándose procesos, roles y funciones por nivel de gobierno) y servirá de marco de orientación para la implementación del ejercicio de las competencias transferidas. Artículo 3.- Notifi cación de la Acreditación La Secretaria de Descentralización notifi ca la presente Resolución al Ministerio de Educación, así como a los gobiernos regionales correspondientes y a los gobiernos locales de Honoria, Tournavista, La Perla, Caspizapa, Buenos Aires, Yurua y Mariscal Ramón Castilla, para que procedan al cumplimiento de las disposiciones contenidas en la presente Resolución hacia la etapa de efectivización del proceso de transferencia de competencias y funciones, conforme a la Directiva N° 003-2009-PCM/SD modifi cada con la Resolución de Secretaría de Descentralización N° 355-2011-PCM/SD, y hacia la asignación de los correspondientes recursos presupuestales asociados a dichas funciones, de acuerdo al procedimiento establecido en el Decreto Supremo Nº 083-2008-PCM. Artículo 4.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Secretarial en el Diario Ofi cial “El Peruano” y en la página web de la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros: www.pcm.gob.pe/sd Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALBERTO MATOS ZÚÑIGA Secretario de Descentralización Presidencia del Consejo de Ministros ANEXO 1 Nº DEPARTA- MENTO PROVINCIA MUNICIPALIDAD DISTRITAL 01 Huánuco Puerto Inca Honoria 02 Huánuco Puerto Inca Tournavista 03 Lima Callao La Perla 04 Loreto Picota Caspizapa 05 Loreto Picota Buenos Aires 06 Ucayali Atalaya Yurua 07 San Martín Mariscal Ramón Castilla Distrito de Ramón Castilla 664117-1 Acreditan a la Municipalidad Metropoiltana de Lima para la transferencia de funciones sectoriales en materia de Ordenamiento Territorial RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº 406-2011-PCM/SD Lima, 30 de junio de 2011 VISTOS: El Informe de Concordancia Nº 011-2011-PCM/SD- OTME, elaborado según lo dispuesto en la Directiva