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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 12 de julio de 2011 446287 General de Gestión de Recursos Humanos, del Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y de la Viceministra de Salud; De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios; en la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2011; en el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y en el artículo 27º del Reglamento de concurso para el cargo de directores de Institutos Especializados y Hospitales del Sector Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2002-SA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia presentada por el médico cirujano Jorge Enrique Medina Rubio, en el cargo de Director General, Nivel F-5, del Instituto Nacional de Ciencias Neurológicas, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Encargar a la médico cirujano Yrma Soledad Quispe Zapana, las funciones de Director General, Nivel F-5, del Instituto Nacional de Ciencias Neurológicas del Ministerio de Salud, en adición a sus funciones de Subdirectora General, en tanto se convoque a concurso para dicho cargo. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR RAUL UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 664069-1 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Aprueban el Plan Sectorial de Desarrollo de Capacidades 2011 - 2015 del Sector Trabajo y Promoción del Empleo RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 192-2011-TR Lima, 8 de julio de 2011 VISTOS: El Ofi cio Nº 586-2011-PCM/SD de la Secretaria de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros – PCM que aprueba el documento Plan Sectorial de Desarrollo de Capacidades del Sector Trabajo y Promoción del Empleo; el Ofi cio Nº 104-2011- MTPE/4/9.4 del Jefe (e) de la Ofi cina de Descentralización; el Ofi cio Nº 611-2011-MTPE/4/9, del Jefe de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y el Informe Técnico Nº 006-2011-MTPE/4/9.4 de la Ofi cina de Descentralización de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 188º de la Constitución Política del Perú, dispone que la descentralización es una forma de organización, democrática y constituye una política permanente del Estado de carácter obligatorio, que tiene como objetivo lograr el desarrollo integral del país y, que el proceso de descentralización se realiza por etapas, en forma progresiva y ordenada conforme a criterios que permitan una adecuada asignación de competencias y transferencia de recursos del gobierno nacional hacia los gobiernos regionales y locales; Que, la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, establece en su artículo 5º, literal c), que el proceso de modernización de la gestión del Estado se sustenta en la descentralización, a través del fortalecimiento de los Gobiernos Locales y Regionales; Que, mediante Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM, se defi nieron y establecieron las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional: dentro de las cuales se encuentra, la Política Nacional 1 “En materia de Descentralización”, cuyo numeral 1.3 establece capacitar sectorialmente a los Gobiernos Regionales y Locales, a fi n de generar y consolidar una conveniente capacidad de gestión; Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-2008-PCM, se crea la Comisión Multisectorial para el Desarrollo de Capacidades en Gestión Pública de los Gobiernos Regionales y Locales, teniendo por objetivo fortalecer y desarrollar las capacidades para la gestión pública del Buen Gobierno Regional y Local en el marco del proceso de descentralización del país y de los Sistemas Administrativos, y contribuir al proceso de reforma y modernización del Estado a efectos de dar sostenibilidad al proceso de descentralización; Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2009-PCM, se aprueba el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2009” y otras disposiciones para el desarrollo del proceso de descentralización, el mismo que establece un nuevo enfoque del proceso de descentralización, orientado al desarrollo de la Gestión Descentralizada, como una estrategia para el fortalecimiento del ejercicio de las funciones transferidas y un paso progresivo de un enfoque sectorial a un enfoque territorial de servicio al ciudadano; Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2010- PCM, se aprueba “El Plan Nacional de Desarrollo de Capacidades para la Gestión Pública y Buen Gobierno de los Gobiernos Regionales y Locales”; Que, el artículo 3º del precitado Decreto Supremo establece que las actividades orientadas al fortalecimiento de capacidades en los gobiernos regionales y locales, en el marco de la gestión pública descentralizada, deberán desarrollarse en el marco del citado Plan y sujetarse a los lineamientos que emita la Secretaría de Descentralización, sin perjuicio de la aplicación de los lineamientos generales emitidos por la Autoridad Nacional de Servicio Civil y los entes rectores de los sistemas administrativos y funcionales, en cuanto corresponda; Que, asimismo, mediante Decreto Supremo Nº 115- 2010-PCM, se aprueba el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2010”, el mismo que establece en el numeral 7.1 de su artículo 7º, que los Ministerios que cuenten con Planes Sectoriales de Desarrollo de Capacidades para eI ejercicio de las competencias y funciones transferidas pendientes de aprobación, se formalizaran mediante Resolución Ministerial, conforme a las disposiciones contenidas en el artículo 8º del Decreto Supremo Nº 047-2009-PCM y conforme al procedimiento y plazos aprobados por la Secretarla de Descentralización; Que, en ese sentido, mediante Resolución de Secretaria de Descentralización Nº 154-2011-PCM/SD, se aprueba la Directiva Nº 001-2011-PCM/SD, “Directiva General para la Formulación, Aprobación, Implementación, Monitoreo y Evaluación de los Planes de Desarrollo de Capacidades”, la misma que tiene por objetivo establecer los lineamientos y procedimientos para la formulación, aprobación, implementación, monitoreo y evaluación de los planes de desarrollo de capacidades, regionales y locales previstos en la normativa legal vigente; Que, el artículo 20º de la Directiva en mención, relacionado con el procedimiento para la aprobación de planes, dispone que la entidad del Gobierno Nacional correspondiente deberá presentar a la Secretaria de Descentralización, un informe fi nal que contenga el proyecto del Plan Sectorial de Desarrollo de Capacidades – PSDC a ser aprobado, para verifi car su concordancia con el Plan Nacional de Desarrollo de Capacidades, estableciendo además que las entidades del Gobierno Nacional aprobarán su Plan Sectorial de Desarrollo de Capacidades - PSDC mediante Resolución Ministerial en un plazo que no excederá de diez (10) días calendario contados a partir de la notifi cación de la comunicación favorable del proyecto del PSDC efectuada por la Secretaría de Descentralización; Que, en sesión ordinaria de la Comisión Intergubernamental del Sector Trabajo y Promoción del Empleo, realizada en la ciudad de Piura el 03 y 04 de marzo de 2011, desarrollada en el evento denominado “Cumbre de Descentralización”, se aprobó por consenso el Plan Sectorial de Desarrollo de Capacidades 2011-