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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE JULIO DEL AÑO 2011 (14/07/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 9

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 14 de julio de 2011 446433 necesidad pública la ejecución de las obras de irrigación del Proyecto Especial de Irrigación e Hidroenergético Olmos, declarándose además la intangibilidad de los terrenos que conforman el área física del referido Proyecto Especial a que se refi ere el Decreto Supremo Nº 017-99-AG y sus normas modifi catorias y complementarias; Que, con la fi nalidad de proteger la intangibilidad de los terrenos que conforman el Proyecto Especial de Irrigación e Hidroenergético Olmos, mediante el citado Decreto de Urgencia se establecieron disposiciones procesales para lograr la inmediata desocupación de los invasores identifi cados que ocupan de manera ilegítima dichos terrenos, para cuyo efecto se estableció un plazo de vigencia para su implementación ante el órgano jurisdiccional; plazo que ha sido prorrogado hasta el 31 de Diciembre de 2011, en virtud del Decreto de Urgencia N° 089-2010; Que, con fecha 20 de Noviembre de 2010, el Proyecto Especial y la Comunidad Campesina Santo Domingo de Olmos, suscribieron un contrato de permuta, mediante el cual parte del polígono de propiedad del Proyecto Especial (titulado en virtud del Decreto Supremo N° 017-99-AG, elevado a rango legal por la Ley N° 27172), es objeto de permuta con terrenos de propiedad de dicha comunidad campesina; Que, habiéndose modificado, en virtud del contrato de permuta antes descrito, parte del área física de los terrenos que conforman el Proyecto Especial de Irrigación e Hidroenergético Olmos, resulta necesario modificar el segundo párrafo del artículo 1 del Decreto de Urgencia N° 049-2009, con la finalidad que los alcances de esta norma legal, también salvaguarden la intangibilidad de los nuevos terrenos que conforman el área del Proyecto Especial de Irrigación e Hidroenergético Olmos; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 19) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú y la Ley Nº 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo de dar cuenta al Congreso de la República; DECRETA: Artículo 1º.- Modifi cación Modifíquese el artículo 1 del Decreto de Urgencia N° 049-2009 con el texto siguiente: “Artículo 1º.- Declaración de necesidad pública Declárese de necesidad pública la ejecución de las obras de irrigación del Proyecto Especial de Irrigación e Hidroenergético Olmos. Asimismo, declárese la intangibilidad de los terrenos que conforman el área física del Proyecto Especial de Irrigación e Hidroenergético Olmos, que se encuentran determinada por la poligonal identifi cada dentro de las siguientes coordinadas UTM-PSAD 56: ” Artículo 2º.- Refrendo. El presente Decreto de Urgencia será refrendado por la Presidenta del Consejo de Ministros, el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Agricultura. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los trece días del mes de julio del año dos mil once. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia ISMAEL BENAVIDES FERREYROS Ministro de Economía y Finanzas JORGE VILLASANTE ARANIBAR Ministro de Agricultura 665301-5 DECRETO DE URGENCIA Nº 036-2011 AUTORIZAN TRANSFERENCIA DE PARTIDAS DE LA COMISIÓN DE PROMOCIÓN DEL PERÚ PARA LA EXPORTACIÓN Y EL TURISMO – PROMPERU A FAVOR DEL INSTITUTO PERUANO DEL DEPORTE - IPD PARA LA REALIZACIÓN DEL RALLY DAKAR 2012 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 167-2011-PCM se declaró de interés nacional la realización del evento deportivo “Rally Dakar 2012”, el mismo que al realizarse en el Perú benefi ciará con actividades turísticas y comerciales, generando divisas al país y oportunidades de trabajo; Que, el Rally Dakar 2012 se desarrollará del 1 al 15 de enero del próximo año, en los países de Argentina, Chile y Perú, convirtiéndose las ciudades de Tacna, Moquegua, Arequipa, Nazca, Pisco y Lima en puntos del recorrido por los últimos 5 días; Que, la realización del Rally Dakar 2012 en el Perú implica importantes benefi cios relacionados al ámbito turístico y a la imagen país, debido a que la especialidad, expectativa, tradición y conocimiento mundial del evento, generaría un importante tráfi co de turistas internos y regionales, alcanzando en el marco de su realización una amplia cobertura mediática; Que, a su vez, supone un costo de participación además de la inversión en actividades de promoción turística que realizaría PROMPERU, estimada en US$ 900 mil, y otras en las que deben incurrir las distintas entidades relacionadas con esta actividad como el Instituto Peruano del Deporte - IPD, el Ministerio de Educación, el Ministerio de Defensa, entre otras; inversiones que estarían ampliamente justifi cadas por el retorno económico y publicitario que recibiría el país, siendo recomendable que se brinde el apoyo técnico y fi nanciero a todas las entidades involucradas, con el objetivo de asegurar la realización del Rally Dakar 2012 en el Perú; Que, en consecuencia resulta necesario solventar parcialmente el costo de participación del Perú en el Rally Dakar 2012, para lo cual deben dictarse medidas extraordinarias de carácter económico fi nanciero que permitan realizar la transferencia de partidas a favor del Instituto Peruano del Deporte – IPD, con la fi nalidad de solventar dicho costo; En ejercicio de las facultades conferidas por el numeral 19) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo de dar cuenta al Congreso de la República; DECRETA: Artículo 1º.- Autorización de Trasferencia de Partidas Autorícese una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011,