Norma Legal Oficial del día 14 de julio del año 2011 (14/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, jueves 14 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

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Que, estando por vencer el plazo de vigencia de la prorroga del Estado de Emergencia aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2011-PCM y en tanto las condiciones de emergencia se mantengan vigentes, corresponde prorrogar el periodo de declaracion de Estado de Emergencia, con el fin de que se continue con las acciones necesarias; y, De conformidad con el inciso 1º del articulo 137º de la Constitucion Politica del Peru, que establece que la prorroga del estado de emergencia requiere de MORDAZA decreto, asi como con el articulo 69º del Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29664, Ley del Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres, que establece que el Gobierno Regional presenta al INDECI la solicitud de prorroga del Estado de emergencia, con el sustento correspondientes; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros y con cargo de dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1º.- Prorroga del estado de emergencia Prorrogar por el termino de sesenta (60) dias calendario, contados a partir del 16 de MORDAZA de 2011, el estado de emergencia en los balnearios de Las Delicias, Buenos Aires y Huanchaco, ubicados en los distritos de Moche, MORDAZA Larco MORDAZA y Huanchaco, respectivamente, de la provincia de MORDAZA, en el departamento de La MORDAZA, declarado mediante Decreto Supremo Nº 022-2011-PCM. Articulo 2°.- Acciones a ejecutar El Gobierno Regional de La MORDAZA, los Gobiernos Locales provinciales y distritales involucrados, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, el Ministerio de Agricultura, el Ministerio de Salud, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, el Ministerio de Economia y Finanzas y demas instituciones y Organismos del Estado, dentro de su competencia, continuaran ejecutando las acciones inmediatas destinadas a la atencion de la emergencia y rehabilitacion de las zonas afectadas. Estas acciones comprenden, entre otras, la construccion del sistema de bypass y del dragado del puerto para que se inserte el sedimento en el sistema de transporte del litoral; acciones que pueden ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecucion, sustentadas en los estudios tecnicos de las entidades competentes. Articulo 3°.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por la Presidenta del Consejo de Ministros, el Ministro de Agricultura, el Ministro de Salud, el Ministro de Transportes y Comunicaciones, Ministro de Vivienda Construccion y Saneamiento y el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los trece dias del mes de MORDAZA del ano dos mil once. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia MORDAZA VILLASANTE MORDAZA Ministro de Agricultura MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 665301-7

Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Comision Nacional para el Desarrollo y MORDAZA sin Drogas DEVIDA
DECRETO SUPREMO Nº 063-2011-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado modificada por la Ley Nº 27899, establece que las normas de organizacion y funciones de los Organismos Publicos, seran aprobadas por Decreto Supremo, con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; Que, mediante Decreto Supremo Nº 032-2002-PCM y modificatorias, se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Comision Nacional para el Desarrollo y MORDAZA sin Drogas - DEVIDA; Que, a traves del Decreto Supremo Nº 034-2008-PCM, se aprueba la calificacion de la Comision Nacional para el Desarrollo y MORDAZA sin Drogas - DEVIDA, como Organismo Publico Ejecutor, atendiendo a lo dispuesto por el Titulo IV de la Ley Nº 29158; Que, resulta necesario aprobar el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Comision Nacional para el Desarrollo y MORDAZA sin Drogas, con la finalidad que se obtengan los mas altos niveles de eficiencia en el cumplimiento de sus funciones; Que, se cuenta con la opinion tecnica favorable de la Secretaria de Gestion Publica de la Presidencia del Consejo de Ministros, sobre el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Comision Nacional para el Desarrollo y MORDAZA sin Drogas, objeto del presente Decreto Supremo; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo N° 824 y sus modificatorias las Leyes Nºs 27629 y 28003, que determinan la Naturaleza Juridica de DEVIDA, la Ley Nº 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado y modificatorias y el Decreto Supremo Nº 043-2006PCM que aprueba los Lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Reglamento de Organizacion y Funciones - ROF por parte de las entidades de la Administracion Publica; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Aprobacion del Reglamento de Organizacion y Funciones Apruebese el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Comision Nacional para el Desarrollo y MORDAZA sin Drogas - DEVIDA, el mismo que consta de tres (3) titulos, siete (7) capitulos, treinta y tres (33) articulos y dos (2) Disposiciones Complementarias, y cuyo texto en anexo forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- Publicacion El presente Decreto Supremo sera publicado en el Diario Oficial El Peruano. El Reglamento de Organizacion y Funciones - ROF aprobado por el articulo 1° del presente Decreto Supremo debera ser publicado en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el MORDAZA Institucional de la Comision Nacional para el Desarrollo y MORDAZA sin Drogas - DEVIDA (www.devida.gob.pe), el mismo dia de la publicacion del presente Decreto Supremo en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 3º.- Vigencia El Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por el presente Decreto Supremo entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en los portales institucionales senalados en el articulo 2°. Articulo 4º.- Financiamiento El gasto que genere la implementacion de la presente MORDAZA se realizara con cargo al presupuesto institucional

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